Cancelar la suscripción de Adobe es caro y difícil: la demanda que puede cambiar cómo pagas por Photoshop
El gobierno de los Estados Unidos ha demandado a Adobe por las dificultades en la cancelación de sus suscripciones.
18 junio, 2024 11:48Adobe, una de las compañías tecnológicas más conocidas, está pasando por momentos difíciles. La polémica sobre el uso de IA en productos como Photoshop y los nuevos términos de servicio de Adobe aún no ha terminado, pero la compañía se ha metido en otro escándalo; en esta ocasión por supuestas prácticas contra los consumidores.
En concreto, la parte de los términos de uso que ahora está bajo lupa se encuentra en el proceso de cancelación de la suscripción de Adobe; aunque ya había sido criticado por los usuarios, es ahora que se ha convertido en el centro de una demanda presentada por la Comisión Federal de Comercio de los EEUU (FTC por sus siglas en inglés).
La organización gubernamental acusa a Adobe de crear un sistema de cancelación que es difícil a propósito, con el objetivo de obligar a los usuarios a mantener el pago mensual o anual y así generar más ingresos. La FTC también recuerda que en el 2022 ya avisó a Adobe de que sus prácticas podrían ser ilegales en los Estados Unidos, pero que la compañía no realizó ningún cambio en el proceso.
Las críticas de la FTC se centran en dos aspectos: un “proceso enrevesado” para conseguir salir de la suscripción, y el cobro de una ‘penalización’ por cancelar la suscripción antes de tiempo. El engaño, según la FTC, empieza incluso antes de que el usuario contrate una suscripción a los productos de Adobe; en la misma página en la que el usuario puede iniciar un periodo de prueba gratuito de 7 días, la opción del contrato anual con pago mensual está preseleccionada, por lo que si el usuario simplemente pulsa en ‘Continuar’ se comprometerá a pagar 67,57 euros al mes durante 12 meses.
Uno de los detalles que la FTC ha destacado más se encuentra en el pago de una ‘tasa’ por la cancelación de la suscripción de Adobe. EL ESPAÑOL – El Androide Libre ha podido comprobar que las condiciones de suscripción de Adobe en España incluyen la obligación de pagar el 50% del importe restante si el usuario cancela después de 14 días; eso hace que los usuarios, ante la perspectiva de pagar cientos de euros y perder acceso inmediato a las apps, prefieran mantener la suscripción.
Si el usuario se olvida de cancelar la suscripción cuando termina el año del contrato, estará ‘atado’ otro año más. En el caso de que hayamos contratado la suscripción anual por prepago, la situación es incluso más perjudicial: según las condiciones, Adobe se quedará el 100% de la suscripción, 780,74 euros, si el usuario cancela pasados los 14 días de prueba. La FTC ha acusado a Adobe de ocultar estos pagos, ya que Adobe sólo explica que tiene una “tasa por cancelación” pasados 14 días si pasamos el ratón por encima de un icono; y aunque avisa que existe una “tasa” y que el periodo es anual, el diseño da más importancia al precio por mes que costaría esta suscripción anual (mucho más barata que la suscripción mensual más abajo).
La dificultad del proceso de cancelación también ha recibido críticas por las dificultades a las que se encuentran los usuarios, especialmente en los Estados Unidos. En España, cancelar la suscripción de Adobe es relativamente sencillo, con un botón dedicado en la gestión de nuestro plan que lleva a una pantalla en la que se pide al usuario que indique la razón de la cancelación y la confirme. Pero en los Estados Unidos, el proceso implica realizar una llamada a un sistema automatizado, que según algunos usuarios, se pone ‘en bucle’ para evitar procesar la petición de cancelación, según la FTC.
Adobe ha anunciado que refutará las acusaciones de la FTC en el juicio, afirmando que sus servicios de suscripción “son convenientes, flexibles y de coste efectivo para permitir a los usuarios que elijan el plan que mejor encaje con sus necesidades, planes y presupuesto”. También promerte que su prioridad es “asegurar que nuestros consumidores tengan una experiencia positiva”.