Imagen de archivo de un mecánico.

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Economía

Perdonan una deuda de 48.000 euros a un autónomo de Ciudad Real arruinado por el Covid

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Un autónomo de Ciudad Real ha conseguido cancelar la deuda de 48.000 euros que le quedó tras arruinarse a causa del Covid, algo que ha conseguido gracias a la Asociación de Ayuda al Edeudamiento, que ha logrado aplicarle la Ley de Segunda Oportunidad

La llegada de la pandemia supuso un antes y un después para este ciudadrealeño, que regentaba un taller de vehículos y abonaba de forma solvente las diferentes obligaciones de su día a día hasta que en 2020 todo se vino abajo. El Estado de Alarma, las restricciones y las consiguientes consecuencias generaron un gran perjuicio en su capacidad económica.

Como consecuencia de la crisis sanitaria, experimentó una disminución significativa en sus ingresos, lo que le incapacitó para cubrir las obligaciones económicas contraídas. A medida que sus ingresos se redujeron, comenzó a acumular deudas, las cuales no pudo satisfacer, lo que culminó en su actual situación de insolvencia.

"Aun con el negocio cerrado y limitado durante muchos meses, los bancos no me ofrecían ni cierta ayuda para poder regularizar todo. Cada vez era mayor la impotencia que sentía. Mi negocio de hace 10 años se apagaba poco a poco", detalla.

Fue entonces cuando decidió solicitar ayuda a profesionales y contactó con la Asociación de Ayuda al Endeudamiento, que, tras analizar la situación y las causas de la insolvencia, le aconsejaron acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad.

Ley de Segunda Oportunidad

"Con el inicio de la Ley de la Segunda Oportunidad iba obtener un beneficio inmediato: un respiro económico. Cualquier pago o proceso de embargo quedaba en suspenso hasta que se resolviese el asunto por el juez", ha explicado el letrado Jose Domínguez.

Fue en el Juzgado de lo Mercantil Nº 1 de Ciudad Real donde se llevó a cabo el concurso de acreedores del deudor, demostrando su incapacidad económica para poder afrontar la deuda. Por ello, se solicitó la exoneración definitiva de la misma acreditando que no existía ningún bien con el que pagar.

Para optar a la condonación de las deudas el deudor debe cumplir tres requisitos esenciales: no haber sido exonerado en los cinco últimos años, ser insolvente y carecer de delitos de orden socioeconómico.

El Juzgado conocedor de este procedimiento comprobó estos requerimientos y el pasado octubre fue dictada la sentencia concediendo el EPI (Exoneración del Pasivo Insatisfecho), que ha supuesto dejar al ciudadrealeño libre de pagar 47.745 euros.