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Empresas HOY SE PUBLICA EN EL DIARIO OFICIAL

La Junta convoca un concurso para adjudicar diez salones de juego en la región

22 junio, 2018 09:46

La Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas ha convocado un concurso público para adjudicar 10 autorizaciones de instalación para establecimientos de juegos para el presente año 2018, según consta en la orden que publica este viernes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) y recoge Europa Press.

Las empresas que pretendan participar en el concurso no deberán encontrarse incursas en alguna de las prohibiciones recogidas en el artículo 17.1 de la Ley 2/2013, de 25 de abril, del Juego y las Apuestas de Castilla-La Mancha, así como cumplir con el requisito del apartado 2 de ese mismo artículo.

Entre las empresas solicitantes no puede haber vinculación alguna, entendiéndose esta en los términos previstos en el artículo 18 del Ley 27/2014, de 27 de noviembre, Ley del Impuesto sobre Sociedades. Además, deberán tener nacionalidad española o de un país miembro perteneciente a la Unión Europea o al Espacio Económico Europeo.

Las empresas deberán estar al corriente en el pago de sus obligaciones tributarias en materia de juego frente a la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, así como frente a la Seguridad Social y la Agencia Estatal de la Administración Tributaria; y el número de solicitudes por empresa no podrá ser superior a dos.

Las solicitudes deberán dirigirse al Consejero de Hacienda y Administraciones Públicas, y presentarse con arreglo al modelo normalizado que está disponible en la sede electrónica de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha (www.jccm.es).

El plazo de presentación de solicitudes será de 10 días naturales contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente orden en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha.

Si la solicitud aportada no reuniera todos los requisitos establecidos en la presente orden se requerirá al interesado para que, en el plazo de 10 días, subsane la falta o acompañe los documentos preceptivos, con la indicación de que, si así no lo hiciera, se le tendrá por desistido de su petición previa resolución dictada al efecto.