A vueltas con la fórmula para prometer el cargo de concejal
En la sesión constitutiva de la nueva Corporación Municipal de Yeles (Toledo), emanada del resultado electoral del 26 de mayo de 2019, sufrí un hecho un tanto desagradable debido a la actuación del secretario del Ayuntamiento, ya que interrumpió la lectura de la fórmula que elegí para prometer el cargo, para aplicar de forma tergiversada una resolución de la Junta Electoral Central del 10 de junio de 2019.
Esta actuación, a mi modo de entender, consta de dos hechos muy graves: por un lado, supuestamente vulnera mi derecho constitucional a la libertad de expresión, al exigirme que retire una frase que sólo pretende expresar como me defino ideológicamente; y por otro lado, me dice que tengo que cumplir con lo dictado por la Junta Electoral, la cual indica que tengo que “prometer acatar incondicionalmente la Constitución”, pero al no dejarme leer esa parte, es el quien no me deja cumplir la doctrina, llegando incluso a amenazarme con no permitirme tomar posesión del cargo.
Si nos retrotraemos al 27 de noviembre de 2018, cuando tomé posesión por primera vez como concejal en el Ayuntamiento de Yeles, con el mismo secretario y las mismas leyes, la misma fórmula en ese momento sí valió. Entonces, ¿qué ha cambiado? Porque las leyes y sentencias del Tribunal Constitucional citados en la resolución del 10 de junio son anteriores a mi toma de posesión de noviembre.
La motivación del secretario para actuar así fue que en la Constitución española no se dice nada de República, eso es cierto, como también lo es que en la Constitución española no pone nada de que España sea un país católico y el representante de VOX, unos minutos antes y sin actuación alguna por parte del secretario, juró el cargo “por Dios”, cosa respetable, ya que cada uno es libre de profesar la religión que quiera (incluso tenemos el derecho a ser ateos, por eso no me parece concebible el uso que le está dando la extrema derecha a la Religión Católica, utilizándola como arma arrojadiza contra todo aquel que no piense como ella).
Pero también es respetable que yo tenga ideología y la quiera expresar, cosa que en esa situación esperpéntica se me estaba negando. La fórmula escogida venía a decir que soy un ciudadano partidario de un Estado Republicano, es decir, que me estaba definiendo ideológicamente.
En definitiva, ambas fórmulas han de ser completamente válidas, pero al secretario una le vale y la otra no y aquí es donde me surge la duda: ¿Su actuación se debía a motivos legales o ideológicos?
Dudas que aumentan con la otra argumentación del por qué se me exigía retirar la frase. Según el secretario (yo) “hablaba de república igual que lo hacen los independentistas”. Pero no, cuando hablo de república no digo lo mismo que los independentistas, hablo de un modelo sociopolítico federal y solidario, donde todos los pueblos del territorio español estén presentes, incluido el catalán. Hablo de un modelo donde la jefatura del Estado se elija mediante un proceso democrático y no por derecho de sangre. Hablo de un modelo donde la democracia se lleva al máximo extremo, incluso que los debates políticos se hagan desde el respeto y no desde el odio, ya que éste último sólo trae violencia.
Ernesto Moñino Chacón es concejal de Unidas Podemos-Izquierda Unida en Yeles (Toledo)