Personas migrantes e Ingreso Mínimo Vital: desmontando bulos
Durante varios años ya, se ha puesto sobre la mesa la necesidad de un ingreso o renta mínima que facilitase, de la forma más básica, el bienestar de las familias en España. No ha sido hasta este mes de junio de 2020, en el marco de una situación de urgencia social, cuando se ha decidido poner en marcha el tan esperado ingreso mínimo vital; de aquí en adelante IMV.
La noticia sobre este nuevo ingreso no tardó en difundirse a lo largo del territorio español, sin embargo, no fue de agrado para toda la población. Una vez más, se mostró la cara más xenófoba del país y se cayó de nuevo en los rumores más básicos.
En este momento nos encontramos en una situación de crisis social a consecuencia del estado de alarma decretado por la emergencia sanitaria del COVID-19. La sociedad española está sufriendo un claro descenso del bienestar debido a cuestiones básicas como la pérdida de empleo, la imposibilidad de hacer frente a pagos mensuales, etc. Por esta razón, una gran parte de la población en España tiende de forma acelerada a la extrema vulnerabilidad. Es en esta situación donde vuelven a tomar protagonismo bulos y rumores que perjudican directamente a unos colectivos determinados. En cuestiones relacionadas con empleo y servicios sociales, podríamos marcar como colectivo diana de estos rumores, a la población migrante.
Son muchos los comentarios que se pueden escuchar en relación a este sector de la población, tanto a pie de calle como en ámbitos formales. Existen varios rumores generalizados que carecen de argumento y que sin embargo, se difunden y se aceptan por gran parte de la sociedad española.
Con la reciente noticia de la aparición del IMV, una de las primeras ideas que han surgido en relación a estos rumores es, que la población migrante pretende vivir en España mediante este ingreso, sin necesidad de trabajar. Esta es una idea más, fundamentada únicamente en rumores y no contrastada. Para tratar de entender por qué esta idea no es válida, expongo lo siguiente:
Un requisito indispensable para solicitar el IMV es un año de residencia permanente y legal en España. Ningún extranjero en situación irregular puede acceder a esta ayuda. Ahora bien; ¿por qué decimos que un extranjero (se entiende que en situación regular) no puede permanecer recibiendo este ingreso y descartando la necesidad de encontrar un empleo?. Para tratar esta cuestión, primero tenemos que aclarar a qué nos referimos cuando hablamos de extranjero en situación regular. Una personas extranjera en situación regular ha pasado por un proceso de regularización, aportando toda la documentación necesaria y cumpliendo unas condiciones estrictas. Un requisito básico para poder renovar el permiso de residencia y trabajo es la cotización mínima anual por parte de la persona solicitante de dicha renovación en España.
Uno de los miles ejemplos de esta creencia de que la población migrante “va a vivir de las ayudas” se escuchaba el pasado 3 de junio por parte de Angela Mulas, diputada de Vox en Andalucía: “aceptamos una inmigración que viene a trabajar, a aportar. No podemos aceptar una inmigración que viene directamente a vivir de las ayudas sociales. No queremos una inmigración que venga masivamente a vivir sin trabajar a costa del esfuerzo de los españoles (…)”. Con esta afirmaciones presentes, y habiendo aclarado la falta de argumentos sobre ella, la pregunta sería: ¿A qué tipo de personas migrantes se refieren cuando se asegura aceptar personas extranjeras “que vienen a trabajar y aportar?¿No es el objetivo principal de la gran mayoría de la población migrante acceder a un permiso de trabajo y seguidamente, a un empleo?. Aplicando la lógica que exponía la Sra. Mulas en este caso, la solución desembocaría en la regularización de personas extranjeras, pudiendo así trabajar y aportar, como se exige. El hecho de negar ayudas sociales perpetuaría la imposibilidad de trabajar y cotizar para el bien del resto de ciudadanía.
Por todo esto vemos, que no solamente esta afirmación es falsa, sino que una persona extranjera, a pesar de estar en situación regular, lejos de tener facilidades para recibir esta ayuda, debe cumplir unos requisitos más exhaustivos.
Unida a la creencia anterior, nos encontramos con la preocupación del conocido “efecto llamada”. Este bulo se desmonta de la misma forma que el anterior, ya que la necesidad de, en primer lugar, conseguir residencia legal, y en segundo lugar, haberla mantenido durante al menos un año, no es compatible con el hecho de recibir el IMV al llegar una persona extranjera a España. Esto sucede de igual manera con el resto de ayudas correspondientes a Servicios Sociales, por lo que en ningún caso, una persona extranjera en situación irregular puede ser receptora de ayudas provenientes de la Seguridad Social.
Otro bulo difundido a raíz de la publicación del nuevo IMV ha sido que, esta ayuda está destinada a menores extranjeros no acompañados. Otro requisito para solicitar el IMV es tener entre 23 y 65 años, exceptuando los casos en los que haya menores a cargo, cuando se podrá solicitar desde los 18 años. De esta forma,esta afirmación queda descartada.
Bulos como estos aparecen constantemente en nuestra sociedad, y en muy pocas ocasiones son desmentidos, por lo que cada vez van siendo más difundidos y aceptados. Es por esto que iniciativas como StopRumores, llevada a cabo por Andalucia Acoge, son vitales para desmontar estos rumores y fomentar las conciencias críticas. Algunos de ellos, están demasiado arraigados, por lo que es preciso un trabajo en profundidad que tenga como objetivo principal desmontrarlos. Este trabajo debe ser objetivo, y tomando como referencia estadísticas que nos muestran el papel que la población migrante ejerce en la sociedad y las consecuencias positivas de cuestiones como la regularización, para poder así reivindicar cuestiones sociales desde nuestro punto de vista del Trabajo Social, que son vitales tanto para el camino hacia una justicia y bienestar social como para nuestra práctica profesional.
Celia Jiménez Mediano. Trabajadora Social