Paisaje, Patrimonio y Castilla-La Mancha
El pasado día 9 de octubre, el presidente del gobierno regional declaraba en el acto inaugural de la IV Jornada de Gestión Profesional de Patrimonio Histórico, que el Gobierno regional «va a incorporar el concepto del paisaje a la ley porque si queremos proteger nuestros monumentos no se puede obviar una cosa o la otra, hay que preservar su vista». Con ello afirmaba políticamente su compromiso con la protección y puesta en valor del patrimonio de una de las regiones españolas que cuenta con más monumentos declarados bienes de interés cultural, con dos ciudades que gozan de la calificación de Patrimonio de la Humanidad: Toledo y Cuenca, y que figura entre los primeros lugares de España por su importancia para el turismo cultural El presidente se muestra sensible, pues, no sólo a la protección y conservación de los monumentos y el patrimonio, según lo dispuesto sobre competencias exclusivas en el artículo 31.16 del Estatuto de Autonomía, sino a la protección expresa del paisaje, de las vistas y el entorno. Por lo tanto, es evidente que esta declaración no podrá despertar mayor entusiasmo por parte de la ciudadanía de la región y de sus actores económicos, al ver asegurados los valores del paisaje, en su doble vertiente naturales e históricos, y no sólo como elemento fundamental del patrimonio y de identidad colectiva, sino como oportunidad para el crecimiento económico.
Realmente, los amantes del patrimonio y quienes se dedican al estudio y difusión de sus valores, no se pueden sentir más satisfechos con este pronunciamiento del presidente regional en favor del paisaje. Y más cuando este compromiso de “proteger el paisaje por ley” tiene fácil recorrido para potenciarse legalmente y en la práctica, teniendo en cuenta lo ya hecho. La propia Ley de Patrimonio Cultural de Castilla la Mancha de 2013 recoge en su preámbulo el concepto de paisaje y su valor patrimonial, dando forma al objetivo del Estatuto de Autonomía, en su artículo 4,g) “la protección y realce del paisaje y del patrimonio histórico y artístico”. Y más adelante, en el mismo preámbulo de la Ley de Patrimonio Cultural de la CCLM se dice: “los paisajes culturales, dada su relación con el medio ambiente, deberán ser objeto de una Ley que contemple conjuntamente los aspectos culturales y naturales merecedores de protección”.
Parece, pues, que la declaración del presidente refleja la voluntad de hacer efectivo aquellos compromisos, bien mediante una ley específica del paisaje, como la Comunidad Valenciana tiene desde 2004, Cataluña desde 2005 o Galicia desde 2008, o bien incorporando el concepto de paisaje cultural a la propia ley de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha, como lo hizo la Comunidad de Madrid con su Ley de Patrimonio Cultural de 2013 o el Gobierno Vasco en su ley también de Patrimonio Cultural de 2019, Para esto último solo haría falta una modificación y actualización de la Ley de Patrimonio Cultural de nuestra región.
Por otra parte, las palabras del presidente satisfacen a todos los comprometidos con la cultura y el patrimonio, señalando la importancia de la protección de “las vistas” de los sitios y conjuntos monumentales y, en ese mismo sentido, la necesidad de proteger su “entorno”. En palabras suyas «hay que proteger los entornos de las ciudades y monumentos históricos en la legislación regional». Desde la plataforma ‘Toledo, Sociedad, Patrimonio y Cultura’, no se puede estar más de acuerdo con esa afirmación, pues precisamente fueron los planes municipales de edificación en la Vega Baja y en la Peraleda lo que llevaron a formalizar denuncia por expoliación ante el Ministerio de Cultura y luego ante el Parlamento Europeo, en dos espacios junto al río, que constituyen una magnífica muestra de lo que es un ‘Paisaje Cultural’ conforme a su definición por la Convención del Patrimonio Mundial Cultural y Natural de la UNESCO de 1992: “El paisaje cultural es el resultado de la interacción en el tiempo de las personas y el medio natural, cuya expresión es un territorio percibido y valorado por sus cualidades culturales, producto de un proceso y soporte de la identidad de una comunidad”.
El compromiso con la “protección de los entornos y los monumentos históricos” como parte de la protección de ‘los paisajes culturales’ mediante una modificación de la actual Ley de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha de 2013 o con una Ley específica de paisaje también tienen fácil encaje, pues basta partir de lo ya contenido en la legislación regional, nacional e internacional sobre conservación y protección de los monumentos. No hay que ir más que al artículo 14,d) ‘Sobre Instrucciones de procedimiento de la Ley de Patrimonio Cultural vigente de Castilla-La Mancha’ para ver reconocida expresamente en ella la figura del ‘entorno de protección’, como también lo está en la Ley de Patrimonio Histórico Español de 1985. Por cierto, que la definición del ‘entorno de protección’ es una disposición de obligado cumplimiento que no siempre se aplica, como ocurre en la ampliación del yacimiento arqueológico Vega Baja.
En Toledo, la zona de protección de paisaje ha condicionado su desarrollo urbanístico, como bien señala el presidente Page. En este caso, esa zona fue creada por el Estado a partir de su declaración como Monumento Histórico Artístico en 1940, consolidada por la UNESCO en 1986 y respetada por el Ayuntamiento a través de su Plan Especial del Casco Histórico de 1997 y los conos de protección visual.
A su vez, la protección de paisaje impidió la aprobación de la modificación 29 del PGMOU de 1986 por la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que preveía un nuevo barrio de más de 3.000 viviendas en la Peraleda, en pleno cono visual de protección y de valor ambiental, lo que no dudamos que será tenido en cuenta por el futuro POM y por el Plan Municipal de Infraestructura Verde y Azul en elaboración por encargo del Ayuntamiento de Toledo. Las actuales palabras del presidente regional en favor del paisaje y del entorno tranquilizan la inquietud ciudadana y de los amantes de la cultura ante proyectos incompatibles con los valores del paisaje y el patrimonio, como el PERIM de La Cava, con un hotel de 5 alturas próximo al río, la construcción de viviendas sobre las Tenerías y Baños Árabes, un espacio con incoación de expediente como BIC iniciado en 2008 por la Dirección General de Cultura de la Junta de Comunidades de Castilla-La Mancha, que sigue sin resolverse y sin dar respuesta a las tres solicitudes de reactivación de ese expediente formuladas por la plataforma ‘Toledo, Sociedad, Patrimonio y Cultura’. En el mismo sentido, entendemos que las declaraciones del presidente regional servirán para recordar al ayuntamiento que la posible Ciudad del Cine en Toledo no es compatible con su aludida ubicación en Polvorines, sí en otro lugar fuera de los ámbitos de protección.
Indudablemente, la protección expresa del patrimonio paisajístico por ley nos equiparará a otras comunidades autónomas y facilitará la aplicación de Fondos Europeos y del Ministerio de Cultura en la competencia de Toledo con otras 5 ciudades para alcanzar la capitalidad de la cultura de Europa en 2031, pues si algo da fuerza y originalidad a nuestra candidatura, aparte de la historia y monumentos, son sus paisajes: la espectacularidad del torno del Tajo, sus vegas, los contrates de relieve, vegetación y usos del suelo entre la orilla derecha e izquierda del río. Esa singularidad de los paisajes toledanos es lo que ha atraído y atrae a maestros universales de la pintura: EL Greco, Pérez Villaamil, Beruete, Sorolla, Zuloaga, Diego Rivera, Benjamín Palencia y un largo etc. Toledo es conocida en el mundo por sus monumentos, sí por su catedral, sí por los legados de diferentes culturas que la han convertido en portadora de valores universales, pero también y de manera muy prioritaria por sus paisajes, que son soporte de identidad de todos los toledanos, además de patrimonio y cultura.
Sin lugar a dudas, la aprobación de una ley de paisaje, de la que ya existe borrador desde 2018, o de una modificación de la Ley de Patrimonio Cultural de Castilla-La Mancha de 2013 para incorporar expresamente en ella los valores del paisaje, no puede ser más que bienvenida por los ciudadanos y estamos seguros de que también por el conjunto de actores sociales, políticos y económicos de la región, pues hay otros muchos paisajes regionales a la espera de su puesta en valor. Hoy, la conservación y gestión del paisaje es una realidad reconocida por la legislación internacional y de todos los países, el Convenio Europeo del Paisaje de 2000 es la referencia de obligado cumplimiento.
El paisaje es un mundo de oportunidades para el desarrollo sostenible, es una exigencia para la calidad de vida a través de espacios históricos, tramas azules y verdes, es soporte de identidad y elemento imprescindible para la conservación de la naturaleza y el cumplimiento de los objetivos medioambientales de la UE para 2050. Por todo eso, nuestro más sincero apoyo a las declaraciones del presidente regional y a todas las administraciones comprometidas con los valores del patrimonio, la cultura y el medioambiente, que todo eso es paisaje. Y en ese mismo contexto, manifestamos la confianza de la plataforma ‘Toledo, Sociedad, Patrimonio y Cultura’ en las administraciones para impedir las amenazas reales al paisaje y el medioambiente en la Cava, Polvorines y Tenerías, en este último caso, con desaparición de un iniciado BIC en 2008, en zona de influencia del río y en el entorno de la muralla visigoda, catalogada como monumento en 1921. Como dice el presidente regional «tenemos obligación de dejar a generaciones venideras las cosas mejor de lo que las hemos encontrado» y no dudamos de que la Consejería de Cultura sabrá llevar a la práctica esa sensibilidad del presidente, que es la de todos, lo que, por otro lado, no es sino de obligado cumplimiento por todas las administraciones.