Cambian las reglas para el cuerpo de agentes medioambientales de Castilla-La Mancha
La Consejería de Agricultura, Medio Ambiente y Desarrollo Rural ha publicado el decreto que modifica tres artículos del reglamento del cuerpo de agentes medioambientales, entre ellos el que establece los requisitos para ser coordinador regional y la dependencia funcional de este cuerpo.
El decreto que modifica el reglamento de los agentes medioambientales (de febrero del año 2000) está publicado hoy en el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y entrará en vigor dentro de veinte días.
Por una parte, modifica el artículo 2 en cuanto a la adscripción de este cuerpo, que orgánicamente queda adscrito a la Secretaría General de la Consejería que tenga las competencias en materia de medio natural y dependerá, funcionalmente ,de las Direcciones Provinciales de la Consejería; no de la Dirección General, como hasta ahora.
La modificación del artículo 8 atañe al puesto de coordinador regional, que será cubierto por el sistema de concurso singularizado, para el que se exigirá una antigüedad mínima de siete años en destino definitivo como coordinador provincial o adjunto, cinco años como coordinador comarcal o bien doce años como agente.
El artículo 14, asimismo, actualiza la legislación en que se apoya la comisión asesora mixta.