El Sescam devolverá el dinero de los medicamentos a los menores con discapacidad superior al 33% desde el 11 de octubre
El Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) procederá al reintegro de gastos por adquisición de medicamentos y efectos y accesorios correspondientes a tratamientos sujetos a financiación pública como prestación farmacéutica ambulatoria, que hayan sido prescritos por personal médico a pacientes menores de edad, con grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33% a partir del 11 de octubre.
Así consta en la Resolución del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha, que publica este lunes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, que regula las condiciones para reembolsar los gastos derivados de la adquisición de medicamentos que resulten precisos para el tratamiento de las enfermedades de pacientes menores de edad especialmente vulnerables por su discapacidad y renta familiar, con exclusión de los gastos derivados de la adquisición de absorbentes de incontinencia de orina, que se entregarán a través del programa de suministro directo de estos productos gestionado en el ámbito de la Atención Primaria.
Los beneficiarios tendrán que disponer de tarjeta sanitaria del Servicio de Salud de Castilla-La Mancha (Sescam) y tener asignado el régimen de aportación farmacéutica TSI 003, o bien un TSI 002 como beneficiaros de un titular con una renta anual inferior a 18.000 euros.
La Dirección General de Asistencia Sanitaria mantendrá actualizada la información correspondiente de las aportaciones satisfechas por todos los menores que tengan reconocida la discapacidad igual o superior al 33 % en oficinas de farmacia de Castilla-La Mancha. Esta información servirá para validar la cuantía del reintegro. La solicitud de reintegro del gasto correspondiente a cada semestre natural, se presentará dentro de los tres meses siguientes a la fecha de vencimiento de cada período.
Una vez presentada la solicitud, los reintegros se harán efectivos por las Gerencias en un plazo de tres meses, a contar desde el día siguiente a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. No obstante, respecto al gasto correspondiente al período comprendido entre el 11 de octubre y el 31 de diciembre de 2018, las solicitudes de reintegro se presentarán durante el primer trimestre del año 2019.