Marcha atrás del juzgado que permitía a los funcionarios de la Junta seguir teletrabajando
El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 de Toledo que la semana pasada impuso medidas cautelares a la decisión del Gobierno de Castilla-La Mancha por la cual los empleados públicos de la Administración regional volvían a ejercer sus funciones de manera telemática ha dictado un nuevo auto por el que declara su falta de jurisdicción al respecto, por lo que levanta las medidas cautelares y estos trabajadores tendrán que reincorporarse de nuevo a su puesto físico siempre y cuando lo ordene de nuevo la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas.
Este auto, recogido por Europa Press, recuerda que en este procedimiento y a instancias del sindicato STAS se dictó un auto el pasado 20 de mayo en el que se acordaba la medida cautelar consistente en que los trabajadores de la Administración regional que venían prestando servicios por teletrabajo a raíz de la declaración de estado de alarma pudieran continuar prestando servicios por dicho sistema, sin obligación de acudir presencialmente a su puesto.
La Dirección General de Función Pública de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas del Gobierno de Castilla-La Mancha tomó medidas inmediatas para dar cumplimiento a este auto y comunicó al personal público que podía afrontar su trabajo desde casa, al tiempo que paralizó el retorno de aquellos trabajadores que tenían previsto volver a su oficina en esa semana.
El nuevo auto parte de lo que realmente se impugna en este presente recurso, que es la Resolución de la Dirección General de la Función Pública sobre medidas organizativas y de prevención de riesgos laborales para la reincorporación presencial del personal de fecha 13 de mayo de 2020 en cuyo anexo se especifica el modo de reincorporación a los centros de trabajo.
"Teniendo en cuenta el acto recurrido, debemos estimar que este orden jurisdiccional contencioso-administrativo no es competente para conocer de la impugnación entablada, siendo competente el orden social", aclara para justificar esta nueva decisión. "En ningún caso estamos en materia de Salud Pública en general, como afirma el recurrente, dada la relación de las partes y de que el acto recurrido regula y su vocación es garantizar la seguridad del personal empleado público".
La Junta retoma sus planes de reincorporación
La Dirección General de la Función Pública de la Consejería de Hacienda y Administraciones Públicas del Gobierno de Castilla-La Mancha ha remitido a los empleados públicos de la Administración regional un oficio por el cual retoman los planes de reincorporación de la plantilla conforme a lo previsto en virtud de la Orden del pasado 10 de mayo que fue suspendida cautelarmente por un juzgado toledano que este mismo martes ha levantado dicha suspensión al considerarse incompetente.
Según la circular remitida desde la Consejería que dirige Juan Alfonso Ruiz Molina y recoge Europa Press, en cumplimiento del auto, esta Dirección General de Función Pública comunica que sigue vigente la Resolución de 10 de mayo de 2020, por lo que el proceso de reincorporación del personal empleado público debe realizarse conforme a lo establecido en la citada resolución.
De esta forma, según esa Orden, el personal que cuente con despacho individual se tendría que reincoporar al día siguiente de la entrada en vigor de la fase 1 del Plan para la transición hacia la nueva normalidad en la provincia donde presta servicios, por lo que en las cinco provincias afectaría este extremo a partir de mañana.
Esta orden decía además que el personal que comparta despachos o salas, excepto los de atención directa al público, se reincorporará la semana siguiente a la fecha indicada en el punto anterior.
El personal de atención directa al público se reincorporará cuando la autoridad sanitaria competente autorice el acceso de la población a los edificios, instalaciones y dependencias del sector público; el personal que tenga a su cargo menores de catorce años se podrá reincorporar conforme a lo dispuesto en el apartado segundo de la resolución y, en todo caso, al día siguiente de las fechas oficiales previstas para la finalización del curso escolar de cada una de las etapas educativas; y la parte de la plantilla que tenga a su cargo mayores dependientes afectados por el cierre de los Centros de Día, Servicios de Promoción de la Autonomía Personal y de análoga naturaleza de Castilla-La Mancha, Centros Ocupacionales, de Capacitación y de Atención Temprana a personas con discapacidad se podrá reincorporar conforme a lo dispuesto en el apartado segundo de la resolución y, en todo caso, cuando lo autoridad sanitaria autorice la apertura de dichos centros.