Castilla-La Mancha seguirá cerrada durante el estado de alarma salvo que mejore la situación
El Diario Oficial de Castilla-La Mancha (DOCM) ha publicado este sábado el nuevo decreto de medidas especiales para la contención del Covid-19 que ha entrado en vigor el 10 de abril a las 00:00 y quemantendrá su eficacia mientras esté declarado el estado de alarma,siendorevisablede forma constante en base a la situación epidemiológica. Por el momento,se aplicará durante diez díaspudiendo ser prorrogado. Entre las novedades, destaca el atraso del toque de queda a las 00:00 horas y la limitación de personas en espacios públicos y privados, que pasa de cuatro aseispersonas tanto en interiores como en exteriores. Además, se vuelven a permitir las visitasdomiciliarias, algo que quedó prohibido durante la Semana Santa.En cuanto al cierre perimetral, se mantiene en toda la región.
Las únicas localidades que quedan en nivel 3 sonAzuqueca de Henares, Cabanillas del Campo, Fontanar, Guadalajara, Noblejas, Pioz, Santa Cruz de la Zarza, Torrenueva, Valmojado y Yunquera de Henares. Alovera, Corral de Almaguer, Herencia, Horche, Las Ventas de Retamosa, Villanueva de la Torre, Santa Cruz de Mudela y Socuéllamos tienen medidas nivel 3 reforzado. En todos estos municipios se mantendrá el nivel de restricciones descrito en la resolución específica tanto en los plazos establecidos como en la intensidad de las medidas.
Hostelería, eventos y comercio
Además, se suprimeel servicio de barra en todos los establecimientos de hostelería y se reduce el aforo en locales cerrados al 50 % del máximo que tuvieran establecido previamente, con distancia de al menos 2 metros entre las sillas de diferentes mesas, manteniendo en todo momento el resto de medidas establecidas en la normativa en cuanto a distancias de seguridad y agrupación.En los espacios al aire libreel aforo no podrá superar el 75 %.
En el interior de establecimientos considerados como salas de bingo, casinos, salones recreativos y de juegos y locales específicos de apuestas se limita el aforo máximo al 50 % del establecido. Y loshogares de jubilados y centros colectivos de sociedades recreativas y culturales quedan cerrados.
Las celebraciones posteriores a eventos como bodas, comuniones, bautizos y otros de similares características en locales de hostelería y restauración tendrán limitado su aforo a 100 personas en espacio abierto y 50 en espacio cerrado. Si estas celebraciones posteriores se llevan a cabo en otro tipo de instalaciones, no se podrá superar el número máximo de 6 personas.
Los velatorios y comitivas fúnebres tendrán un máximo de 10 personas en espacio cerrado y 20 en espacio abierto.En eventos sociales tales como bodas y bautizos, se limita la permanencia de personas en lugares de culto en espacios cerrados mediante la fijación del 40% de aforo. Al aire libre deberá garantizar la distancia de seguridad interpersonal, no debiendo superar el número máximo de cien personas.
Los supermercados y centros comerciales limitarán su aforo al 50 %, manteniendo las mismas condiciones de higiene previstas para el pequeño comercio.
Los mercadillos y mercados al aire libre deberán limitar el número de puestos instalados al 75 % del previamente establecido. Se deberá asegurar una distancia de seguridad entre puestos de al menos 4 metros.
El cierre cautelar de parques y jardines se aplicará en el horario comprendido entre las 22.00 y las 8.00 horas.
Actividades de ocio
Se suspenden de actividades colectivas de ocio, tales como espectáculos, eventos culturales, deportivos, u otros que puedan suponer la concentración de personas y no estén reflejados en los otros supuestos contenidos en estas medidas.
Los espectáculos taurinos podrán celebrarse con un aforo de hasta el 75 % en espacios abiertos y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso y se deberá contar con butaca preasignada.
Las competiciones deportivas de ámbito federativo podrán celebrarse con un aforo máximo de un 50 % para espacios cerrados y un 75 % de aforo máximo en espacios abiertos.Se podrán celebrar otras competiciones deportivas no federadas siempre que no se supere el grupo máximo de seis personas.
En instalaciones deportivas de cualquier titularidad, el aforo máximo será del 30 % en espacios interiores y del 60 % en espacios exteriores.
Cines, teatros y auditorios limitarán su aforo al 50 % en espacios cerrados y al 75 % en espacios al aire libre, y conforme a los protocolos en vigencia en cada caso. Bibliotecas, Museos y Archivos limitarán su aforo al 50 %.
Los hoteles sólo podrán contratar el 75 % de su capacidad. El uso de sus zonas comunes se verá limitado en su aforo al 50 %.
Residencias
Están permitidas las entradas y salidas a las residencias, aunque con restricciones. En primer lugar, se tiene que haber completado el ciclo de vacunación y no deben existir positivos ni sospechosos dentro del recinto. Por cada visita solo podrá permitirse la entrada de dos personas, familiares o allegadas por residente siendo la duración máxima de la reunión de 60 minutos y mediante cita previa.La persona residente podrá tener dos visitas a la semana de estas características.
Si a la vuelta al centro el residente presenta algún síntoma será evaluado por el responsable sanitario y se le realizará la prueba diagnóstica oportuna si así se demanda por parte del sanitario. Si la prueba es negativa, no hace falta que el residente guarde cuarentena.