Imagen de una persona con un calendario (Shutterstock).

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Región CALENDARIO LABORAL

Ya es oficial: estos son todos los días festivos que tendrá Castilla-La Mancha en 2025

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El Ministerio de Trabajo y Economía Social ha publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) la relación de fiestas laborales para el próximo año 2015 en las 17 comunidades autónomas, además de de Ceuta y Melilla.

En el caso de Castilla-La Mancha se confirma el calendario laboral del año 2025 aprobado el pasado mes de junio por el Consejo de Gobierno el pasado mes de julio, que vuelve a incluir como festivos autonómicos el Día de la Región y el Corpus Christi.

De esta forma, al margen de las fiestas locales, el calendario de festivos de 2025 en Castilla-La Mancha queda como sigue: 

  •  Miércoles 1 de enero (Año Nuevo)

  •  Lunes 6 de enero (Reyes Magos)

  •  Jueves 17 y viernes 18 de abril (Jueves y Viernes Santo)

  •  Jueves 1 de mayo (Día del Trabajador)

  •  Sábado 31 de mayo (Día de Castilla-La Mancha)

  •  Jueves 19 de junio (Corpus Christi)

  •  Viernes 15 de agosto (Asunción de la Virgen María)

  •  Sábado 1 de noviembre (Día de Todos los Santos)

  •  Sábado 6 de diciembre (Día de la Constitución)

  •  Lunes 8 de diciembre (Inmaculada Concepción)

  •  Jueves 25 de diciembre (Navidad)

Con esta disposición, se abre la opción a tres minipuentes a lo largo del año 2025, además de las tradicionales vacaciones de Semana Santa gracias a los festivos del Jueves y del Viernes Santo.

El primero de ellos aprovechando que el festivo del 6 de enero, Día de Reyes, caerá en lunes. El segundo sabiendo 15 de agosto que cae en viernes. Y el tercero al celebrarse el día de la Inmaculada (8 de diciembre) en lunes. Tres guiños del calendario que permitirán a muchos trabajadores alargar un día más el descanso del fin de semana.

En 2025, el Día de Castilla-La Mancha, que se conmemora cada 31 de mayo, caerá en sábado. Unas semanas más tarde llegará el Corpus, que siempre cae en jueves, y en esta ocasión se celebrará el 19 de junio.

Además de las doce fiestas aprobadas, el Ministerio de Trabajo establece que serán también inhábiles para el trabajo, retribuidos y no recuperables, hasta dos días de cada año natural con carácter de fiestas locales que por tradición sean propias en cada municipio.

Estas fechas se publicarán en el boletín oficial de la comunidad autónoma o, en su caso, en el boletín oficial de la provincia correspondiente.