La anulación de la privatización de la gestión del agua en Alcázar, ratificada por el Supremo
La sala tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) que anuló el acuerdo, de 24 de julio de 2014, del pleno del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real) que aprobó la privatización de la gestión del agua.
Según informa el TSJCM en nota de prensa, en el pleno se acordó por la vía de urgencia adjudicar y seleccionar al socio privado FCC Aqualia SA para concurrir conjuntamente con el Ayuntamiento para la ampliación de capital y trasformar la sociedad municipal Aguas de Alcázar en una sociedad de economía mixta, denominándose Aguas de Alcázar Sociedad Economía Mixta, para la gestión indirecta de los servicios vinculados al ciclo integral del agua en el municipio de alcazareño, Alameda de Cervera y Cinco Casas.
El Tribunal ha desestimado el recurso de FCC Aqualia SA contra la sentencia, de 20 de octubre de 2017, del tribunal castellanomanchego, que estimó el recurso de una exconcejal y anuló el citado acuerdo.
La sentencia argumentó que el sistema de mayoría que debió seguirse para incluir por la vía de urgencia el asunto en el orden del día de las sesiones del pleno era el de mayoría absoluta y no valía la mayoría simple.
La sala tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha confirmado la sentencia del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM) que anuló el acuerdo, de 24 de julio de 2014, del pleno del Ayuntamiento de Alcázar de San Juan (Ciudad Real) que aprobó la privatización de la gestión del agua.
Según informa el TSJCM en nota de prensa, en el pleno se acordó por la vía de urgencia adjudicar y seleccionar al socio privado FCC Aqualia SA para concurrir conjuntamente con el Ayuntamiento para la ampliación de capital y trasformar la sociedad municipal Aguas de Alcázar en una sociedad de economía mixta, denominándose Aguas de Alcázar Sociedad Economía Mixta, para la gestión indirecta de los servicios vinculados al ciclo integral del agua en el municipio de alcazareño, Alameda de Cervera y Cinco Casas.
El Tribunal ha desestimado el recurso de FCC Aqualia SA contra la sentencia, de 20 de octubre de 2017, del tribunal castellanomanchego, que estimó el recurso de una exconcejal y anuló el citado acuerdo.
La sentencia argumentó que el sistema de mayoría que debió seguirse para incluir por la vía de urgencia el asunto en el orden del día de las sesiones del pleno era el de mayoría absoluta y no valía la mayoría simple.