El jurado declara culpable al acusado de matar a su mujer enferma en la localidad toledana de Mora
Los nueve integrantes del tribunal del jurado que desde este viernes y durante toda la jornada del sábado han deliberado sobre la culpabilidad o no culpabilidad del acusado de asesinar a su mujer, Cristina Martín, aquejada de la enfermedad de Menier, en febrero de 2017 en Mora (Toledo), le han considerado culpable por unanimidad.
El tribunal del jurado popular ha declarado a J.R.G.S., por unanimidad, culpable de matar a su mujer en la localidad toledana de Mora en febrero de 2017, según el veredicto dictado en la madrugada de este domingo tras la repetición del juicio por segunda vez.
Los miembros del jurado han considerado probado que el acusado el día de los hechos se dirigió a la cocina, donde cogió un cuchillo de cocina de 28,5 centímetros y "con el propósito de acabar con su vida" le asestó dos cuchilladas que le causaron la muerte "casi inmediata" por afectarles al pulmón izquierdo y el corazón.
Entre otras cuestiones, también han señalado como hecho probado en su veredicto, por unanimidad, que la víctima no pudo defenderse por las dolencias que padecía -enfermedad de Menier-.
Igualmente, el jurado, en base a las declaraciones de los psiquiatras, ven probado, por unanimidad, que el acusado estaba afectado por un depresión que le afectó y que le producía "situaciones de irritabilidad que no podría controlar" y que llevaba tiempo sin tomarse la medicación.
No ha quedado probado por unanimidad, según el jurado, que no existiera un ánimo de conducta machista en la actuación del acusado, aunque sí destacan, de forma unánime, que colaboró en su propia detención. Igualmente, se han mostrado contrarios al indulto.
Las partes
El Ministerio Público, tras oír al jurado, se ha ratificado en calificar los hechos como un delito de asesinato con alevosía de género y la agravante de parentesco y ha incidido en una pena de prisión permanente revisable, considerando que la pena de prisión provisional, en caso de dictarse sentencia condenatoria siguiendo el veredicto del jurado, tendría una duración de 15 años.
Una de las acusaciones particulares ha considerado el veredicto "favorable" a la narración de hechos manifestada en sus conclusiones, excepto al hecho de que el menor hubiera presenciado el delito. En cualquier caso, se ha ratificado en la solicitud de pena de prisión permanente revisable, con todas las agravantes, excepto la relativa al menor. La segunda acusación particular ha solicitado también la prisión permanente revisable y la acusación popular se ha adherido a lo expuesto por el Fiscal.
La defensa del acusado, de su lado, cree que el veredicto del jurado iría en la línea de un delito de homicidio con el agravante de persona vulnerable, por el que la pena a imponer sería de 16 años de prisión al no existir la alevosía convivencial, mostrándose contrario a la prisión permanente revisable.
En cuanto a la privación de la patria potestad considera esta parte que no concurre esa pena, ya que el menor no estaba presente en el lugar de los hechos. El acusado no ha hecho uso de su última palabra y el juicio ha quedado visto para sentencia en base al veredicto de culpabilidad del tribunal del jurado.
Dos actas devueltas
Antes del veredicto definitivo, que se ha acabado de leer pasada la medianoche, el juez del caso que se ha celebrado durante toda la semana en la Audiencia Provincial de Toledo, ha devuelto este sábado al jurado popular hasta en dos ocasiones -sobre las 18.30 y sobre las 23.15 horas- sendas actas del veredicto, al considerar que había respuestas a determinadas cuestiones que no estaban suficientemente fundamentadas.
El juicio comenzó el pasado lunes y se celebra por segunda vez, después de que la sentencia dictada en el primer juicio de esta causa, en mayo de 2019, y que lo condenaba a prisión permanente revisable, fuera declarada nula por la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Castilla-La Mancha (TSJCM).
J.R.G.S., acusado de matar a su mujer, C.M.T.C. en Mora (Toledo) en el año 2017 vuelve así ahora a enfrentarse a la pena de prisión permanente revisable -solicitada por el Fiscal- tras la repetición del juicio por estos hechos.
La nulidad de la sentencia anterior se produjo después de que el alto tribunal castellano-manchego estimara el recurso interpuesto por la defensa del condenado y ordenase devolver la causa a la Audiencia Provincial de Toledo para la celebración de un nuevo juicio con presidente y jurado diferente.
El fallo de la Audiencia Provincial de Toledo coincidió entonces con el veredicto del jurado popular que juzgó a J.R.G.S., al que declaró culpable de un delito de asesinato. El condenado impugnó entonces la sentencia alegando un total trece motivos, entre ellos, el quebrantamiento de normas y garantías procesales que causaron "indefensión" al condenado y la alegación de que el veredicto del jurado carecía de la motivación necesaria y exigible.
En el inicio de este segundo juicio, J.R.G.S. se declaró culpable de los hechos y reconoció que apuñaló a su esposa, limitándose a responder a las preguntas de su abogado defensor.
A las preguntas del juez de si se declaraba culpable, el acusado contestó de forma afirmativa. Asimismo, mostró su disconformidad por las cuantías que se le piden en concepto de indemnizaciones a la familia de la víctima, añadiendo que no disponía de ese dinero.