Condenan al Ayuntamiento de Toledo por cubrir "indebidamente" dos puestos de trabajo
CSIF ha denunciado que el equipo de Gobierno incorporó en 2021 a personal eventual "sin pasar por el más mínimo control de igualdad y capacidad".
9 julio, 2024 10:18La Central Sindical Independiente y de Funcionarios (CSIF) ha logrado una sentencia que reconoce que el Ayuntamiento de Toledo "actuó de manera contraria a derecho" en una modificación de puestos de trabajo de carácter estructural cubiertos "indebidamente" por personal eventual.
Según ha informado CSIF en nota de prensa, la Junta de Gobierno acordó la modificación de la plantilla municipal el 10 de marzo de 2021, que se aprobó en pleno, incrementando en dos puestos el personal eventual: un Técnico de Comunicaciones con una retribución anual de 39.241,86 euros y un Técnico de Relaciones Institucionales y/o Protocolo con una retribución anual de 32.668,30 euros.
Por este motivo, el sindicato presentó un recurso contencioso-administrativo contra el expediente y, ahora, tres años después, una sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº 2 de Toledo, a 28 de junio, reconoce que "se vulneraron las reglas sobre acceso a la función pública y, concretamente, los principios de igualdad, mérito y capacidad".
"No pasaron por ningún control de mérito"
Tal y como ha indicado CSIF, la sentencia subraya que "no consta en el expediente las funciones que competen a dichos puestos y es exigible a la Administración una motivación completa y exhaustiva que permita evidenciar, sin lugar a dudas, que no se está introduciendo en la estructura administrativa a personas que, sin pasar por el más mínimo control de mérito y capacidad, acaban ejerciendo funciones para las que se reclama la debida preparación, que atribuye la superación de pruebas selectivas y que adorna, por definición, a un funcionario de carrera".
Además, ha señalado que el Consistorio "también incurrió en una infracción del deber de negociación con los representantes de los trabajadores de la propuesta de modificación de la Relación de Puestos de Trabajo (RPT)".
De hecho, CSIF ya logró otra sentencia en el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo nº3 de Toledo, de 8 de septiembre de 2022, sobre el mismo acuerdo de 18 de marzo de 2021, ya que "la modificación de la RPT y su falta de negociación escondía realmente una forma de 'premiar' de manera arbitraria a determinados funcionarios por parte del equipo de Gobierno".