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Sociedad TRIBUNALES

Un juzgado admite la demanda de paternidad del supuesto hijo de Julio Iglesias

21 diciembre, 2017 16:23

El Juzgado de Primera Instancia número 13 de Valencia ha admitido a trámite la demanda de paternidad interpuesta por Javier Sánchez Santos, el valenciano que reclama ser reconocido como hijo del cantante Julio Iglesias.

Así consta en la resolución, facilitada por el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), por la que se admite la demanda, que se sustanciará por los trámites de juicio verbal, y se da traslado a Fiscalía y a los demandados para que aleguen en el plazo de 20 días hábiles.

Sánchez, de 40 años y representado por el abogado Fernando Osuna, presentó una demanda de filiación contra Julio Iglesias el pasado mes de septiembre después de que una prueba de ADN particular --con restos extraídos de la basura-- le atribuyese al cantante la paternidad en un 99 por ciento.

Javier Sánchez fue reconocido en 1992 por un juzgado de Valencia como hijo del cantante. Sin embargo, posteriormente la Audiencia provincial, en una sentencia ratificada por el Supremo, revocó esa declaración al entender que el hecho de que Julio Iglesias no se hubiera sometido a la prueba de paternidad no era motivo suficiente para declarar esa paternidad.

Sobre este aspecto, el de 'cosa juzgada', el juez indica en su resolución que no ve adecuado proceder a entrar a resolver de oficio e inaudita parte sobre la concurrencia o no de la excepción de cosa juzgada, por lo que al estarse en presencia de un procedimiento verbal, en el que no existe la comparecencia previa, la decisión de esta cuestión "habrá de hacerse una vez celebrado y concluido el acto de la vista".

Base de la admisión

El juez admite la demanda en base a tres aspectos. El primero, porque el solo dato de haberse promovido anteriormente otros tres procedimientos sobre el mismo objeto, en los cuales la demanda resultó admitida a trámite y sin que, además, en ninguno de ellos se declarase fijado que el actor no fuese hijo del cantante, "sería suficiente para la admisibilidad, ya que ello demuestra que en aquellos procedimientos ya concurrió el principio de prueba", estima.

En segundo término, el magistrado indica que existe constancia de que en el mes de julio de 1975, nueve meses antes del nacimiento del demandante, la madre de éste y el cantante coincidieron actuando en una sala de fiestas de la localidad de San Feliu de Guixols, habiéndose publicado en un periodo francés diversas fotografías en las que aparecían juntos, solos o en compañía de otros, "lo que hace teóricamente factible que entonces hubiesen podido existir relaciones sexuales entre ambos".

Así mismo, el juez tiene en cuenta el informe biológico practicado con muestras obtenidas de un hijo del cantante que concluye con la probabilidad de hermandad entre éste y el demandante, el cual "presenta suficiente apariencia de seriedad como para permitir también la admisión a trámite de la demanda".

Tras presentar en septiembre la demanda en el juzgado, Sánchez lanzó un mensaje público, a través de los medios de comunicación, a su presunto padre: "No te guardo rencor. Soy una persona que tengo capacidad para perdonar y todavía hay tiempo para poder rectificar esta mentira".

Sánchez recordó que vivía una vida "bastante tranquila, humilde", residiendo en Valencia y viviendo con su mujer, "la persona que amo", puntualizó. "Tengo fuerzas, ánimo y cuento con una prueba irrefutable. En el futuro os daréis cuenta de tantas cosas que no son verdad y hay todavía muchas sorpresas por salir", avisó en ese momento.