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El final del escrutinio es el principio de una etapa de incertidumbre cuya dinámica está descrita en el artículo 99 de la Constitución. Rajoy sólo gobernará si el PSOE de Pedro Sánchez se abstiene en su investidura. Los nuevos partidos serán decisivos a la hora de marcar el rumbo del país. Así será el proceso de investidura del presidente del Gobierno: los plazos, los protagonistas y los escenarios más probables.
1. El prólogo.
El primer paso del proceso es la constitución de las dos cámaras de las Cortes Generales. La ley establece que esa sesión debe tener lugar como máximo 25 días después de las elecciones. Esta vez se celebrará el 13 de enero de 2016.
Ese día los parlamentarios electos jurarán sus cargos y elegirán a los órganos de gobierno de cada cámara: el presidente, los vicepresidentes y los secretarios. Los aspirantes a presidir el Congreso y el Senado requieren mayoría absoluta en la primera votación para ser elegidos. Si ninguno la logra, los dos con más votos se enfrentan en una segunda votación.
2. La propuesta del rey.
El siguiente eslabón del proceso es la investidura del presidente del Gobierno, cuyos detalles están regulados por el artículo 99 de la Constitución. Es el rey quien propone el candidato que se somete a la primera sesión de investidura después de consultar "con los representantes designados por los grupos políticos con representación parlamentaria".
Ni la Constitución ni el reglamento del Congreso establecen que el rey deba proponer al candidato de la lista más votada. Pero así ha sido en cada elección desde 1977 y esta vez el candidato más votado es Mariano Rajoy.
3. La primera votación.
El Rey hace su propuesta a través del presidente del Congreso, que convoca la sesión de investidura unos días después. Hasta ahora, la sesión siempre se ha celebrado unas dos semanas después de la constitución de las cámaras. Pero la ley no establece ningún plazo y esta vez podría demorarse por la negociación.
El candidato propuesto por el rey expone su programa político sin límite de tiempo y solicita la confianza del Congreso. El reglamento del Congreso establece que el candidato puede tomar la palabra siempre que lo solicite y que los representantes de los otros grupos políticos pueden intervenir durante 30 minutos. El candidato sólo es elegido si logra la mayoría absoluta de la cámara: es decir, si reúne 176 votos a favor.
La única opción de Rajoy es formar una gran coalición con el PSOE. Sin ese acuerdo, es imposible que el líder logre 176 votos a favor. Ni siquiera si los diputados de Ciudadanos, Coalición Canaria y PNV votaran a favor de su designación podría alcanzar esa mayoría absoluta necesaria.
4. La segunda votación.
Si el candidato propuesto por el rey no es elegido, se celebra una segunda votación 48 horas después. En ésta ya no es necesaria la mayoría absoluta para ser elegido presidente: basta con lograr más votos a favor que en contra.
Es casi imposible que Rajoy sea investido en esa segunda votación. Necesitaría los votos a favor de los diputados de Coalición Canaria y Ciudadanos y la abstención del PSOE, Podemos o alguno de los partidos nacionalistas.
5. Vuelta a empezar.
¿Qué ocurre si el candidato propuesto por el rey tampoco es elegido en esa segunda votación? Que el proceso vuelve a empezar. El artículo 99 de la Constitución establece que "se tramitarán sucesivas propuestas en la forma prevista en los apartados anteriores". Es decir, el rey celebrará una nueva ronda de consultas y hará una nueva propuesta.
Lo más probable es que el elegido por el rey sea Pedro Sánchez, el candidato del segundo partido más votado y el que tiene más posibilidades de formar Gobierno. Necesitaría mayoría simple: es decir, más votos a favor que en contra.
Sánchez tiene varias opciones para ser investido presidente. Las más probables están descritas en este gráfico de Kiko Llaneras.
6. La opción del tapado.
El rey no está obligado a proponer a un diputado como candidato a la presidencia del Gobierno. Tampoco a quienes han encabezado las listas del 20D. La ley sólo establece los siguientes requisitos para el aspirante a presidente: tener pasaporte español, ser mayor de edad y no estar inhabilitado para ejercer un cargo público por una sentencia judicial firme.
Susana Díaz o Soraya Sáenz de Santamaría cumplen esos requisitos. Hasta ahora el protagonista de la sesión de investidura siempre ha sido el líder de la lista más votada. Pero nunca se ha elegido un Congreso así.
7. ¿Votar de nuevo?
La Constitución establece un plazo para la investidura del presidente: dos meses después de la celebración de la primera votación. Si para entonces ningún candidato ha logrado la confianza del Congreso, el rey debe disolver las cámaras y convocar unas elecciones, que se celebrarían en la primavera de 2016.