En una manifestación contra las armas en Estados Unidos, una joven sostiene un cartel que dice La libertad es libre de armas.

En una manifestación contra las armas en Estados Unidos, una joven sostiene un cartel que dice "La libertad es libre de armas". iStock

Historias

Armas sí, vibradores no: la loca ley de Texas que te llevará a la cárcel si tienes más de 6 'juguetes obscenos'

Mientras el estado cada vez es más permisivo en cuanto a tenencia de armas, mantiene la prohibición de poseer más de seis consoladores. 

3 junio, 2022 02:54

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La masacre de Texas del pasado 24 de mayo reavivó el debate sobre el control de las armas en Estados Unidos. Un joven de 18 años abrió fuego y acabó con la vida de 21 personas, 19 eran niños. Poco después, el tirador fue abatido por la Policía.

Según el Archivo de Violencia Armada, en lo que va de año ya se han repetido más de 212 tiroteos masivos por todo el país. Mientras tanto, Texas no sólo no introduce ninguna nueva restricción, sino que facilita la compra de armas. 

El pasado año, el Estado aprobó una ley que permite que cualquier persona mayor de 21 años porte un arma en público sin necesidad de un permiso o capacitación. Aunque sí excluyen a aquellos con antecedentes penales. Además, no existe límite sobre el número de armas que se puede poseer.

Mientras las armas no parecen un problema, sí lo son los juguetes sexuales. La estricta regulación permanece intacta de los años setenta. 

El estado de Texas mantiene la prohibición de poseer o promover el uso de seis o más juguetes sexuales. Esta prohibición se concreta en el Título 9 'Delitos contra el orden público y la decencia' de su Código Penal.

"Dispositivo obsceno"

La ley define un juguete sexual como un dispositivo obsceno. Por eso, considera delito que alguien posea "seis o más dispositivos obscenos o artículos obscenos idénticos o similares". 

Dispositivo obsceno es, en Texas, cualquiera que incluya un consolador o vagina artificial, diseñado o comercializado como útil principalmente para la "estimulación de los órganos genitales humanos".  

En 2008, un fallo de la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito de Estados Unidos dictaminó que la ley violaba el derecho a la privacidad (enmienda 14 de la Constitución). A pesar de ello, la norma sigue vigente, por lo que legalmente se pueden poseer más armas que juguetes sexuales en Texas.

De hecho, incumplir esta normativa puede acarrear hasta dos años de cárcel y una multa de hasta diez mil dólares

Santuario de armas

Mientras, el estado de Texas es considerado el mayor "santuario de armas de fuego" de Estados Unidos. El estado permite portarlas desde 1995 y, desde entonces, las condiciones relativas a la obtención de la licencia han ido reduciéndose. 

Hace un año, el gobernador Greg Abbot promulgó siete leyes que favorecen la tenencia de toda clase de armamento para mantener el territorio como "un bastión de libertad". Las nuevas normas entraron en vigor en septiembre del pasado año.

En concreto, permiten a los residentes mayores de 21 años portar armas cortas en público sin necesidad de licencia. Esta medida específica se recoge en la Ley de Portación de Armas de Fuego.

A día de hoy, según el Código de Gobierno de Texas S 411.172, los requisitos vigentes son:

  1. Llevar residiendo de forma legal al menos seis meses antes del inicio de la solicitud. 
  2. Tener al menos 21 años
  3. No haber sido condenado por un delito grave. 
  4. No estar acusado de haber cometido un delito.
  5. No ser fugitivo de la justicia. 
  6. No ser una persona químicamente dependiente
  7. No ser incapaz de ejercer un buen juicio respecto al uso y almacenamiento de un arma de fuego. 
  8. No haber sido condenado en los cinco años anteriores por un delito leve. 
  9. Estar completamente cualificado, conforme a las leyes federales y estatales aplicables, para comprar un arma de fuego. 
  10. No haber sido identificado como moroso en el pago de manutención infantil, administrada o recaudada por el fiscal general. 
  11. No estar en mora en el pago de un impuesto u otro dinero recaudado por el contratador, el recaudador de impuesto de una subdivisión política del estado o cualquier agencia o subdivisión estatal. 
  12. No estar restringido, bajo orden de protección de la Corte, o sujeto a una orden de restricción que afecte a la relación conyugal, que no sea una orden que afecte solo a los intereses de la propiedad. 
  13. No haber sido juzgado en los diez años anteriores a la fecha de la solicitud por haber incurrido en conducta delictiva que viole una ley penal del grado de delito grave. 
  14. No haber hecho ninguna tergiversación material o no haber revelado ningún hecho material, en una solicitud presentada de conformidad con la Secciíon 411.174.