Hace unos días supimos que la Comisión Europea había abierto un expediente sancionador a España y otros 16 Estados miembro debido al retraso en la transposición a sus legislaciones nacionales de la Directiva que exige a las grandes empresas reportar sobre su impacto ambiental.
La Directiva en cuestión, o CSRD, de diciembre de 2022, introduce nuevas reglas sobre informes de sostenibilidad y exige que las grandes empresas y las empresas que cotizan en bolsa que divulguen información sobre los riesgos sociales y medioambientales a los que se enfrentan, y sobre cómo sus actividades afectan a las personas y al entorno.
A finales de septiembre, los 17 países apercibidos aún no habían comunicado la completa incorporación de las disposiciones de la directiva a su legislación nacional dentro del plazo estipulado, que concluyó el 6 de julio de este año.
La advertencia llegaba con tres meses de preaviso: a partir del 1 de enero de 2025, las empresas afectadas deben comenzar a presentar estos informes. Por tanto, los países tienen un plazo de poco más de dos meses para responder y remediar las deficiencias señaladas por la Comisión. Si no proporcionan una respuesta satisfactoria, la Comisión puede optar por llevar a sus Gobiernos ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
La ley sobre informes de sostenibilidad se aplica a partir de los ejercicios financieros que comenzaron el pasado 1 de enero. Bruselas advierte de que, de no trasponer las nuevas normas, no será posible alcanzar el nivel necesario de armonización en la UE. En consecuencia, los inversores no estarán en una posición para tener en cuenta el desempeño de sostenibilidad de las empresas al tomar decisiones de inversión.
No es la primera norma que establece por ley la obligatoriedad de informar sobre el impacto de la actividad empresarial, ni la primera que se cumple solo a medias. La Ley 11/2018 de 28 de diciembre ya incluía el mandato de divulgar información no financiera para fomentar el impacto social positivo. El texto afirmaba literalmente que "la divulgación de información no financiera o relacionada con la responsabilidad social corporativa contribuye a medir, supervisar y gestionar el rendimiento de las empresas y su impacto en la sociedad".
Es más, echando la vista un poco más hacia atrás, el Parlamento y el Consejo establecieron en 2014 la obligación de las empresas de "identificar riesgos para mejorar la sostenibilidad y aumentar la confianza de los inversores, los consumidores y la sociedad en general y para ello incrementa la divulgación de información no financiera, como pueden ser los factores sociales y medioambientales".
La falta de transposición de la directiva implica que no se alcanzará el nivel de armonización necesario en la Unión Europea, lo que afectará no solo a la transparencia, sino también a la capacidad de los inversores para tomar decisiones basadas en los criterios ESG.
El cumplimiento de estas normativas no solo es un requisito legal, sino también una oportunidad estratégica para que las empresas mejoren su competitividad y refuercen su reputación en un entorno donde la sostenibilidad es cada vez más valorada.
Trasladado a la función de compras, hoy un área estratégica de cualquier organización, esto empezó a quedar patente en la segunda década del siglo XXI, cuando las empresas se percataron de su importancia real, más allá de que procuren ahorros económicos y de tiempos. Fueron sobre todo los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) y las nuevas directivas europeas los factores que hicieron reflexionar a las organizaciones sobre la huella que dejan en la sociedad.
En la actualidad, algunos de los mayores beneficios –y riesgos- en cuanto a impacto ambiental, social y de gobernanza se dan en todos los elementos que intervienen en la cadena de suministro. Y en particular, el departamento de compras es clave para la creación de valor, ya que la sostenibilidad y la digitalización influyen directamente en la cuenta de resultados de una organización. Es decir, no solo es 'cumplir', sino además obtener beneficios tangibles.
Cabe destacar que, en las empresas industriales, los departamentos de compras gestionan entre el 50 y el 70 por ciento de la facturación y, en momentos en los que hay que disminuir los costes, esta área desempeña un papel crítico para mantener los resultados de la organización.
A lo largo de todo el ciclo de compra, es esencial además que todos los actores de la cadena cumplan con las normas de sostenibilidad que la empresa se exige a sí misma. Según nuestro último Informe ESG, el 95% de los proveedores cuentan con políticas de diversidad, discriminación y salud y seguridad en el trabajo; el 91% han tomado medidas para reducir el consumo energético y la huella de carbono; y más de la mitad son signatarios del Pacto Mundial de las Naciones Unidas.
En estas casi dos décadas, las empresas que aplican tecnología en sus procesos, además de evitar gastos innecesarios y funciones redundantes, están contribuyendo a su propia eficiencia y a mejorar las condiciones de sus empleados, proveedores y clientes. Y también del entorno y de la comunidad a la que sirven. Podemos afirmar que las empresas que mejor cumplan con los criterios ESG son más atractivas para los inversores.
Por tanto, no hay que esperar a las advertencias o las sanciones: la sostenibilidad ya no es una opción o una ley más, sino que constituye un elemento más del ADN de una organización, y así tiene que demostrarlo para operar con clientes, empleados y proveedores.
***Carlos Tur es country manager de Jaggaer para España y Portugal