En una decisión adoptada por el pleno de los magistrados sin votos en contra, la Sala Civil del Supremo acaba de infligir a Bankia el varapalo más temido. El Alto Tribunal ha desestimado los dos primeros recursos de la entidad bancaria contra las sentencias que han dado la razón a los accionistas minoritarios, anulando la suscripción-adquisición de las acciones emitidas en el proceso de salida a Bolsa que lideró en julio de 2011 el otrora poderoso (hoy sometido a varios procesos penales) Rodrigo Rato.
El total del importe comprometido en las reclamaciones de los accionistas que ya están en los tribunales asciende a 819,2 millones. Hasta el momento, la entidad que dirige José Ignacio Goirigolzarri ha perdido en los Juzgados y Audiencias Provinciales el 93% de las demandas promovidas por los minoristas.
El Supremo no ha aceptado ninguno de los motivos alegados por Bankia para salvar la emisión de acciones, entre ellos el de que, dada la participación del Estado en la entidad, a la postre serán los contribuyentes los que acabarán asumiendo la devolución de las cantidades a los minoristas perjudicados, incluidos los intereses legales.
La Sala Civil ha confirmado que hubo error en el consentimiento prestado por los adquirentes debido a las "graves inexactitudes" del folleto que Bankia emitió para la oferta pública.
También ha rechazado el planteamiento de Bankia de que, antes de resolver las demandas civiles, debía esperarse al juicio que se celebrará en vía penal sobre la salida a Bolsa. La Sala Civil ha considerado que, al margen de que haya o no delito y así sea declarado por los tribunales penales, los ilícitos civiles pueden ser apreciados de forma autónoma.
Fuentes del tribunal señalaron que la Sala ha tenido en cuenta que el folleto de salida a Bolsa de Bankia anunciaba unos beneficios para 2011 de 309 millones de pesetas, cuando la realidad es que las cuentas finales de la entidad para ese mismo ejercicio, conocidas pocos meses después, reflejaron pérdidas por 3.030 millones que obligaron al Estado intervenir al entidad y a inyectar capital público. Los datos de la realidad fueron, así, radicalmente diferentes de lo informado o divulgado en el folleto poco tiempo antes, con perjuicio para el valor de las acciones adquiridas por los minoristas.
En esa situación, correspondía a Bankia acreditar que la información incluida en el folleto era correcta y real, lo que no ha hecho, consideran los magistrados.
El criterio del Supremo servirá para que los Juzgados y Audiencias resuelvan los procesos aún abiertos. Todavía hay miles de demandas pendientes de fallo firme (las preferentes atrajeron a 347.000 clientes minoristas). Bankia ya acumula 6.000 sentencias adversas en la primera o la segunda instancia que, por el momento, la obligan a pagar 60 millones de euros.