La Fiscalía Anticorrupción de Valencia ha mandado al juzgado de Instrucción 18 de Valencia, que lleva la causa por presunto blanqueo de dinero en el grupo popular municipal, el escrito en el que pide elevar al Tribunal Supremo la exposición razonada que abriría el camino a la posible imputación de la exalcaldesa, Rita Barberá, en esta pieza separada de la 'operación Taula'. El Ministerio Público entiende que “existen indicios suficientes de la participación” de la aforada en la comisión del delito de blanqueo de capitales por el que están investigadas 48 personas entre concejales, exconcejales, asesores y exaserores del PP del Ayuntamiento de Valencia, según han informado desde el Tribunal Superior de Justicia valenciano. El magistrado, por su parte, admite en un auto emitido este lunes, que “no tiene un criterio tan decidido” para elevar la citada exposición al considerar que la investigación todavía no puede considerarse agotada.
El magistrado, antes de decidir si lleva a Barberá ante el Supremo, ha acordado “ofrecer” a la exalcaldesa la posibilidad de declarar voluntariamente en el marco de esta investigación. Con este auto, el juez ha levantado el secreto de sumario sobre esta pieza separada y sostiene que ahora, al poder tener acceso al contenido de las actuaciones, pueda ser “oída voluntariamente” si lo desea y “sin que ello implique en modo alguno ni observancia de trámite necesario, ni proceder contra ellos (además de Barberá hay un diputado autonómico aforado ante el TSJ) por parte de este órgano judicial, sino sencillamente darles oportunidad para que puedan dar a conocer hechos y circunstancias de posible interés para la causa y manifestar lo conducente a su defensa en relación con la investigación, que aparentemente les implica, antes de decidir sobre la petición interesada del fiscal”. Se basa el juez en el artículo 18 de la Ley de Enjuiciamiento.
El magistrado ha respondido así al escrito presentado por la Fiscalía para que elevara sendas Exposiciones Razonadas (la de Barberá y un exalcalde y diputado autonómico del PP) ante la Sala de lo Penal del TS y ante la Sala de lo Civil y Penal del TSJCV. Entiende el Ministerio Público que “existen indicios suficientes de la participación” de los dos aforados en la comisión del delito de blanqueo de capitales. El juez instructor ha resuelto además imputar también al Partido Popular al amparo de los artículos 302.2 del Código Penal y 119 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal.
En un auto notificado hoy, el instructor explica que los escritos presentados por el fiscal “contienen indicios racionales que fundamentan jurídicamente dicha petición”, pero considera oportuno seguir la doctrina del Tribunal Supremo y agotar la investigación para que, llegado el momento, tanto el TS como el TSJ dispongan de la máxima información que les pueda ser de utilidad para “valorar la implicación indiciaria de las dos personas aforadas”.
NUEVOS INTERROGATORIOS
Por este motivo, el titular de Instrucción 18 ha decidido también interrogar de nuevo a cuatro investigados que en su día, estando la causa secreta, se acogieron a su derecho a no declarar. Se trata del concejal Alfonso Novo, la exedil María José Alcón, la exsecretaria del grupo municipal popular Mª Carmen García-Fuster y de la secretaria de ésta, María José Pi Palau, quienes, según el magistrado instructor, tenían, al menos indiciariamente, “mayor proximidad al dominio material sobre el dinero de supuesto origen ilícito”. Tendrán que declarar de nuevo ante el juez el día 8 de abril.
El juez les da así la oportunidad de declarar una vez que se ha levantado el secreto: “Cabe la posibilidad de que quisieran, ahora, declarar, es decir, suministrar información que podría ser valiosa o reveladora de hechos o circunstancias ignotos en este momento, y que podrían servir para aproximarnos a la verdad, que es el único interés y finalidad de toda instrucción judicial”. El objetivo, según recoge en el auto, es poder tener nuevas declaraciones que podrían ser “valiosas o reveladora” de los hechos y que podrían servir para “aproximarnos a la verdad”.
Según han explicado desde el TSJ, lo que hace el magistrado es seguir la doctrina del Tribunal Supremo (ATS 9884/2012), según la cual “deben depurarse en el Juzgado de Instrucción de origen cuantas diligencias sean precisas para completar la investigación de los hechos, al efecto no solo de acreditar los mismos sino también el grado de participación que en ellos hubiera podido tener la persona aforada, lo que pasará por recibirle declaración si voluntariamente se presta a ello”.
En dicho auto el Supremo establece que “debe agotarse la instrucción de la causa, a fin de permitirse una más fundada decisión no ya sobre la racionalidad de los indicios de existencia de infracción penal, sino de los que pueda haber de participación en ella del aforado”.
Si Barberá decide aceptar la declaración voluntaria deberán comparecer ante el juez y el fiscal, asistidos por abogado. Tiene un plazo de 20 días para hacerlo y, según ha indicado el TSJ, no serán interrogados. Además, de forma alternativa, también existe la posibilidad de que pueda presentar un escrito alegando “lo que consideren oportuno en relación a los hechos investigados y a su posible participación”.
IMPUTACIÓN AL PP
El magistrado que instruye la 'operación Taula' ha decido imputar al PP en la causa abierta sobre el presunto blanqueo de 50.000 euros en el grupo municipal popular. Así, el juez ha dictado una providencia en la que emplaza al Partido Popular para que designe a un representante procesal que habrá de prestar declaración en calidad de investigado (término que sustituye al de imputado) por un delito de blanqueo de capitales.
En esta resolución, el juez también solicita informe al representante del Ministerio Público para que se pronuncie sobre la oportunidad de declarar compleja la pieza separada del blanqueo y ampliar así de 6 a 18 meses el plazo para investigar.