Un 68% de la población vasca no fuma y el consumo diario de alcohol se reduce a un 12% de la población. Son datos expuestos en el Parlamento Vasco por el consejero de Salud, Jon Darpón. Datos muy positivos, pensarán algunos. Y, sin embargo, no son suficientes. La Cámara autonómica aprobó la llamada Ley de Adicciones, que endurece aún más las restricciones ya existentes. Se trata de que la población crezca y se desarrolle en un entorno cuanto más saludable, mejor. Es posible.
El nuevo texto aprobado ahonda en el carácter prohibitivo de su antecesor. Más allá de los espacios cerrados o semicerrados (todas las zonas fuera de un local, con más del 50% de su superficie techada o rodeada por paredes) veta definitivamente fumar en lugares accesibles al público, independientemente de que sean de titularidad privada o pública. Es decir, por si a alguien le quedaba alguna esperanza de que volvieran ‘los viejos tiempos’, se acabó encender un cigarrillo, un puro o similar en un campo de fútbol o en una plaza de toros, por poner sendos ejemplos. Más aún: tampoco se podrá ‘vapear’, ya que la Ley establece por primera vez las mismas restricciones para los cigarrillos electrónicos y el tabaco.
Respaldo casi unánime
La Ley de Adiciones está a la espera de ser publicada por el Boletín Oficial del País Vasco tras ser aprobada este jueves 7 de abril en el Parlamento autonómico. Fue respaldada (en líneas generales, porque no se votó en bloque y hubo quien se desmarcó de alguna propuesta) por todos los partidos que conforman el arco parlamentario de la Cámara de Vitoria (PNV, EH Bildu, PSE-EE y PP), con la excepción de UPyD, que se abstuvo en la mayoría de puntos clave. La nueva regulación endurece las medidas para controlar el consumo de tabaco (y cigarrillos electrónicos), así como de alcohol y otras adicciones, como las que pueden suponer las apuestas o las relacionadas con las tecnologías. Abre la puerta, sin embargo, al consumo controlado y legal de cannabis en clubes especializados.
No obstante el aumento de las prohibiciones, los partidos se han cuidado muy mucho de meterse en dos berenjenales que, seguro, les habría restado apoyos de la ciudadanía en general: uno, en las sociedades gastronómicas y los txokos serán los propios socios los que decidan si se fuma o no (deben hacerlo por mayoría y tiene que quedar recogido en sus estatutos) –aunque se prohíbe siempre que haya un menor presente-. Y dos, no se elimina el consumo de alcohol en la vía pública, tal como proponía inicialmente el Gobierno. O sea, que se podrá seguir alternando en la calle.
La patata caliente del control de este consumo (que incluye los botellones) sigue de esta manera en manos de los ayuntamientos, que serán los responsables de su regulación. Eso sí, como medida de ayuda, la Ley prohíbe la venta de botellas por las noches, así como poner publicidad de bebidas alcohólicas alrededor de los centros escolares. Medidas que, evidentemente, no bastan por sí solas para rebajar esa alta tasa de juventud que los fines de semana se dedica a ‘saciar su sed’ de alcohol (que en el caso vasco se eleva hasta un preocupante 25%); pero todo ayuda.
Sin alcohol en el fútbol y el frontón
Lo que sí se acaba con esta Ley es la venta de alcohol en establecimientos deportivos, algo que ya estaba prohibido con anterioridad pero que muchos se saltaban a la torera. Por ejemplo, en las zonas VIP de los campos de fútbol. Por no hablar de los frontones, donde no sólo se bebía sino que se seguía fumando pese a ser recintos cerrados y la expresa prohibición existente (hasta la reciente apertura de un expediente por parte del Ejecutivo autonómico a un recinto de la capital vizcaína precisamente por la venta de alcohol).
La Ley –con la oposición del PP- recoge la figura de los clubes de cannabis, como estaba previsto, para que puedan constituirse legalmente, aunque no se desarrolla su reglamento. Cabe recordar que el País Vasco es una de las regiones europeas donde más se consume esta sustancia.
Las sanciones que establece la Ley van desde multas de 600 euros, hasta los 600.000 euros por infracciones muy graves, que pueden conllevar además el cierre temporal, total o parcial de la actividad del centro, local o empresa que incumpla la legislación por un periodo de dos a cinco años.