El empresario Trinitario Casanova ha sido condenado a un año de cárcel por un delito contra el mercado por difundir una noticia falsa sobre una posible OPA de un grupo de inversores mexicanos al Banco Popular. El Juzgado de lo Penal número 29 ha dado de esta manera la razón a la Fiscalía Anticorrupción al considerar acreditado que el empresario vinculado al mercado inmobiliario no sólo lanzó una noticia falsa sino que hizo creer a la Comisión Nacional del Mercado de Valores que unos inversores iban a comprar un porcentaje de la entidad.
El único fin de Casanova era poder subir sus acciones en el Popular, que habían estado bajando, y poder vender el Grupo Hispania, al que pertenecían las acciones, por mayor valor. El empresario había comprado 527 millones de euros en las acciones y gran parte se compraron por un préstamo del Fortis Bank. "La situación de Casanova era crítica, requerimientos continuos del banco prestamista que le pedían hacer perder sus acciones y, momento clave en la negociación de la venta de su empresa, donde precisamente el precio de las mismas adquiría también una importancia relevante", recoge la sentencia a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL.
La resolución considera probado que después de la compra por parte de Casanova de las acciones del Popular, éstas bajaron a la mitad del precio respecto al de compra y Fortis comenzó a exigir a Casanova la constitución de doce depósitos de entre 17 a 65 millones de euros. Así que el empresario ideó un plan.
Tal y como mantenía Anticorrupción en su acusación, con el objetivo de que subiera el precio de las acciones, y paralizar así los requerimientos de Fortis, el acusado hizo circular durante el mes de junio de 2008 a través de la prensa económica "la noticia mendaz de que un grupo de inversores mexicanos estaba interesado en lanzar una Oferta Pública de Adquisición (OPA) de acciones sobre el Banco Popular a un precio muy ventajoso".
"El móvil resulta claro"
Según la magistrada Beatriz Prestel, "el móvil o la finalidad resulta claro, ese repunte del valor de la acción le permitía un respiro frente a los depósitos adicionales que no había conseguido frenar con el pagaré y también una mayor valoración de la empresa que pretendía vender incluso independientemente de si José Carabante tuviera o no verdadera intención de adquirir acciones del Banco Popular".
El fiscal manifestó en su informe definitivo las sospechas de la intención de Casanova de pretender que subieran las acciones del Popular para vender a Carabante su grupo empresarial, con el paquete de acciones incluido, y así el precio de la venta ascendería, la cual realmente se produjo en la fechas de los hechos, en julio de 2008. Este empresario declaró como testigo en el juicio y negó que la adquisición del Grupo Hispanía tuviera nada que ver con las acciones del Banco Popular. las cuales fueron precisamente vendidas días después de la operación.
"Es complejo afirmar con certeza la verdaderas intenciones de los empresarios en sus negociaciones, sin embargo los hechos hacen considerar a este tribunal lo contrario", a lo afirmado por el testigo. Recoge la magistrada, que Carabante no quería enemistarse con los consejeros del Banco Popular, no podía adquirir directamente las acciones de Casanova por estar pignoradas -por Fortis- pero a su vez estaba negociando la compra de una sociedad que ostentaba entre sus activos un 3,5% del Banco Popular, "encubriendo en parte esta adquisición".
Fabian Picardo, testigo clave
Lo que sí da por acreditado es que no existió ningún grupo de inversores mexicanos que pretendían comprar su paquete de acciones, junto con las acciones de otros minoritas, para conseguir un 20% de la entidad. Para llevar a cabo este engaño, Casanova se puso en contacto con el abogado y actualmente ministro principal de Gibraltar, Fabian Picardo, para que le montar una sociedad sin actividad a través de la cual se llevaría a cabo la compra de las acciones.
La magistrada da credibilidad a la versión e Picardo, quien aseguró que Casanova le engañó al decirle que existían unos empresarios mexicanos que iban a llevar a cabo esa operación del Popular. Casanova sería su enlace y le pagaría por ellos 500.000 dólares. Después de constituir la sociedad, Blueprime, y ante la imposibilidad de conocer a los inversores, comenzó a sospechar que la operación era mentira.
"El detallado testimonio del testigo se considera coherente, lógico y persistente en el tiempo. Cierto es que existen dos versiones contradictorias al respecto de todo lo relatado, la del propio acusado y la de Picardo, no obstante prevalece, a juicio de este tribual la aportada por el testigo, sustentada por otra parte con un extenso soporte documental".
Picardo entregó durante la instrucción todos los correos electrónicos cruzados con Casanova, donde quedaba patente cómo éste dijo ir en nombre del grupo inversor mexicano, versión desmentida por el acusado, quien manifestó que fue Picardo quien le ofreció la compra de sus acciones.
Ante la evidencia de los correos electrónicos, durante el juicio, Casanova optó por decir que todos esos correos son falsos y él no los había mandado. Sin embargo, el tribunal no da verosimilitud a su versión. "Ningún elemento probatorio hace dudar sobre su veracidad (de los correos) y realidad. El propio abogado de Casanova manifestó que la cuenta utilizada por el acusado era" la misma desde la que se cruzaron los correos con Picardo.
Difundió noticias falsas
Por otro lado, la magistrada hace hincapié en el hecho de que el medio de comunicación que publicó primero la noticia de que unos inversores pretendían lanzar una OPA al Popular fue el diario Negocio, que había sido propiedad del propio Trinitario Casanova.
"Se considera plenamente acreditado que se difundió una noticia falsa el día 12 de junio de 2008, seguida de otras tantas hasta el desmentido final de fecha 30 de junio de 2008, que éstas afectaron a la libre formación del precio de cotización de la acción del Banco Popular en el periodo de tiempo mencionado, y que además causó un beneficio/perjuicio a terceros superior a 300.000 euros con elementos probatorios de entidad suficiente para enervar la presunción de inocencia que asiste al acusados" recoge la sentencia.
Ante esta afirmación, entiende el tribunal que Casanova es responsable de un delito contra el mercado y los consumidores aunque rechaza aplicar un delito continuado, tal y como pedía la Fiscalía, y por lo que reclamaba dos años de cárcel. "A juicio de este tribunal, en la conducta de Casanova existió un único ato de voluntad encaminado a la realización de toda la dinámica delictiva, pues así se ha argumentado previamente, la finalidad o motivación para el acusado fue evitar la ejecución de la prenda sobre las acciones -que iba a llevar a cabo Fortis- e incrementar el valor de la empresa que estaba a punto de vender (...)".