El Consejo catalán de Garantías ve inconstitucional incluir el referéndum en los presupuestos
El órgano consultivo de la Generalitat resuelve el recurso presentado por Cs, PSC y PPC. Por contra, sí ve legales los 5,8 millones previstos para 'procesos electorales' que podrían servir para convocar el referéndum.
3 marzo, 2017 12:31Noticias relacionadas
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El Consejo de Garantías Estatutarias ve por unanimidad contrario a la Constitución y al Estatuto de Autonomía de Cataluña la disposición de los Presupuestos de la Generalitat para 2017 dedicado al referéndum independentista, según consta en el dictamen registrado en el Parlament, al que ha tenido acceso Efe.
El órgano consultivo de la Generalitat ha resuelto así el recurso presentado por Ciudadanos, PSC y PPC, y ahora el Govern deberá decidir si modifica el proyecto de presupuestos, aunque los dictámenes de este órgano independiente de la Generalitat no son de obligado cumplimiento.
Sin embargo, el dictamen sí ve legales los 5,8 millones de euros que la Generalitat prevé en las cuentas para 'procesos electorales' este 2017 y que podrían servir para convocar el referéndum. El Consell manifiesta que estos 5,8 millones no pueden ser declarados inconstitucionales porque no se "concreta" para qué serán destinados, por lo que su legalidad no puede determinarse hasta que se precise su finalidad.
La portavoz de la Generalitat, la consellera Neus Munté, ha dicho solo conocer la noticia de que el Govern seguirá adelante con el "mandato" ciudadano de celebrar el referéndum en septiembre.
"Sin margen de actuación normativa o ejecutiva"
Según reza el dictamen de 34 páginas del Consejo de Garantías, "hemos de concluir que la disposición adicional trigésimo primera del Proyecto de ley de presupuestos de la Generalitat para el 2017 es contraria al artículo 149.1.32 de la Constitución Española, en relación con el orden de parto competencial, y al artículo 92 CE, en cuanto a su desarrollo orgánico".
"De la misma manera, tampoco tiene amparo en el artículo 122 del estatuto de Autonomía de Cataluña ni en sus artículos 211 y 212", añade el dictamen, en alusión a la partida prevista para celebrar el referéndum.
El Consejo de Garantías ha tomado esta decisión en base a que la regulación y autorización de un referéndum corresponde en exclusiva al Estado, "sin que la Generalitat disponga de margen de actuación normativa o ejecutiva más allá de la iniciativa de solicitud al Estado".
"La Generalitat no puede prever, ni que sea en forma condicional o potencial, disposiciones normativas en relación con competencias o facultades que no le son propias", añade el dictamen.
Por contra, las partidas presupuestarias destinadas a procesos electorales y consultas populares y de participación ciudadana, así como el fondo de contingencia del proyecto de ley de presupuestos, "no son contrarios a las Constitución" y tienen "amparo en el Estatut", una decisión que también ha sido adoptada por la unanimidad de los miembros del Consejo de Garantías, en un dictamen cuyo ponente ha sido Àlex Bas, que en su día fue propuesto por CiU.