Después de años de batalla política, el PSOE logrará esta semana dar el impulso casi definitivo a la despenalización de los piquetes violentos. Justo en vísperas de una previsible conflictividad laboral y social -la que sin duda se atisba ante la crisis sanitaria y económica derivada de la covid-19- el Congreso dará luz verde este martes a la toma en consideración de la Proposición de Ley del Grupo Socialista que plantea la derogación del artículo 315.3 del Código Penal.
En él se contemplan penas de entre un año y nueve meses hasta tres años de cárcel para quienes, "actuando en grupo o individualmente, pero de acuerdo con otros, coaccionen a otras personas a iniciar o continuar una huelga".
Se trata de un artículo cuyo origen se remonta al Código Penal de 1995, aprobado durante el último Gobierno de Felipe González, pero que fue reformado en 2015 para rebajar la cuantía de las penas, en la horquilla baja, por debajo de los dos años, límite a partir del cual se establece el ingreso en prisión.
Nada que contente a los socialistas, a los grupos a su izquierda que con su voto permitirán aprobar la toma en consideración de la reforma y a los sindicatos, que desde hace un lustro solicitaban impulsar una reforma como la que ahora verá la luz.
Una demanda a la que siempre atendió el PSOE desde que Pedro Sánchez llegase por primera vez a liderar el partido en 2014. Los socialistas, acuciados ya entonces por la emergente competencia de Podemos, hacían bandera de la derogación de la Ley de Seguridad Ciudadana, la conocida peyorativamente como ley mordaza, y de las penas a los piquetes violentos.
Ahora, en la exposición de motivos para el cambio legal, los socialistas culpan al PP y a sus gobiernos desde 2012, en plena crisis económica, de haber llevado a cabo un "proceso constante y sistemático de desmantelamiento de las libertades y especialmente de aquellas que afectan a la manifestación pública del desacuerdo con las políticas económicas del Gobierno".
Piden que la eventual actuación coactiva o violenta de los piquetes informativos se dirima, en todo caso, a través del delito genérico de coacciones, que, según el texto que los socialistas llevarán el martes a la Cámara Baja,"ya protege de manera adecuada la libertad de no hacer huelga".
¿Penas o sanciones?
Uno de los debates abiertos con esta cuestión es el de si un caso de coacciones desde un piquete violento debería ser objeto del Derecho penal o simplemente quedarse en el ámbito de la sanción administrativa.
El catedrático de Derecho Penal de la Universidad de León Miguel Díaz y García Conlledo, en conversación con El ESPAÑOL, se muestra "extrañado" de que la reforma impulsada por el PSOE no lleve aparejada una modificación del delito genérico de coacciones.
Según el artículo 172.1 del Código Penal, las penas para esa conducta delicitiva, se produzca o no en el ámbito de una huelga, son entre seis meses y tres años de prisión, notablemente más bajas en la horquilla menor.
Pero, como advierte Díaz y García Conlledo, se da la circunstancia de que en el tipo genérico no se detalla, como sí en el tipo específico del 315 que la reforma deroga, que el delito lo tengan que cometer personas actuando conjuntamente o indivualmente pero en connivencia con otros. Es decir, que se podría proceder contra cualquier integrante de un piquete informativo que, por su cuenta y riesgo, decidiera adoptar una conducta coactiva contra uno o varios trabajadores.
La doctrina del Tribunal Constitucional (TC), por lo demás, protege a los piquetes informativos como parte del derecho constitucional a la huelga, un derecho de los considerados "fuertes" en la jerga jurídica.
La polémica estriba también en determinar cuándo la acción de un piquete determinado, en la calle o en un centro de trabajo, puede entenderse como coactiva para el trabajador o trabajadores que, libremente, no quieran sumarse a un paro convocado por los sindicatos.
Díaz y García Conlledo cree que "difícilmente si no hay violencia explícita se puede considerar coacción", dado el carácter de derecho fundamental de la huelga recogido en la Carta Magna.
El avance de la Ley en el pleno del Congreso, al que seguirá su tramitación, será celebrado por los sindicatos y los grupos que conforman la llamada mayoría de la investidura. Queda por saber si eso se traducirá en un mayor desamparo para quien decida no secundar una huelga o, en la otra cara de la moneda, en una mayor impunidad para los piquetes violentos.