Un juez obliga a Interior a admitir a dos aspirantes a guardias civiles que rechazó por daltonismo
Dos sentencias del Tribunal Superior de Justicia de Madrid determinan que las leves alteraciones no condicionarán su trabajo.
28 julio, 2021 02:11Noticias relacionadas
El Ministerio del Interior acaba de sufrir un nuevo revés por sus pruebas de acceso a las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, cuestionadas de forma recurrente.
Dos recientes sentencias obligan a readmitir a las oposiciones a Guardia Civil a dos aspirantes que había sido excluidos, según los tribunales médicos, por padecer una supuesta discromatopsia, o "visión cromática anormal". Con este nombre se denomina a cualquier discapacidad o alteración en la visión de los colores. La afección es también conocida como daltonismo.
Ambos fallos, que ha podido consultar EL ESPAÑOL, fueron dictados la semana pasada por el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), y obligan a admitir a los dos aspirantes.
La primera sentencia data del 4 de julio. El aspirante optaba, en septiembre de 2019, a incorporarse a la Escala de Cabos y Guardias del Instituto Armado. Pasó todas las pruebas, excepto una, el reconocimiento médico. En esta última se le declaró como "no apto", según el Tribunal Medico de Revisión, por padecer discromatopsia.
El joven recurrió. En su caso, se trata de un daltonismo que no le limita, y que no le impide ni dificulta su labor como guardia civil. Para ello aportó distintas pruebas periciales que respaldaban y acreditaban que podía acceder sin problema alguno a esa escala superior en el cuerpo.
"Todos los informes aportados por el interesado", reza la sentencia, "concluyen que la situación del recurrente es de protoanomalía, en ningún caso grave. Se considera patología leve y de difícil incidencia en funciones policiales en general".
El tribunal no solo respalda la tesis del agente y de su defensa, sino que además afea a Interior la arbitrariedad en la decisión de declararle "no apto" en esa prueba trascendental".
La sentencia dice que contrastan notablemente "los informes aportados por el recurrente frente a la orfandad informativa por parte de la Administración". Los expertos de Interior se limitaron, prosigue el fallo, "a indicar que su visión cromática es anormal, sin más explicaciones".
Cuando el guardia recurrió la decisión para conocer por qué le habían calificado como no apto en el reconocimiento médico, supo que no había argumentación para sostener esa decisión. "No se recoge en el 'informe' qué pruebas se le han hecho al recurrente o que intensidad o grado supone esa anomalía", recalca la juez.
Por ello, a la vista de los informes aportados por el agente, el TSJM determina que "la incidencia real de la dolencia, que evidentemente padece, no puede considerarse relevante de manera evidente para impedir el adecuado cumplimiento de sus funciones en el Cuerpo de la Guardia Civil".
La segunda sentencia
La segunda sentencia, dictada solo un día después (15 de julio) también por el TSJM, discurre por la misma línea y presenta un caso muy similar en el que también se le da la razón a un aspirante a la Escala de Cabos y Guardias de la Benemérita. También a él se declaró no apto en el reconocimiento médico por la misma razón que al otro agente.
El aspirante recurrió y presentó cinco informes oftalmológicos diferentes que acreditaban que su daltonismo era en realidad "muy leve", y que se subsanaba con las lentes correctoras que ya habitualmente utiliza.
El TSJM valora, en su sentencia, que el tribunal médico no tuvo en cuenta la gravedad de la dolencia del futuro agente, en este caso mínima. "Las causas de exclusión han de considerarse en función de si, efectivamente, inhabilitan para el ejercicio de los cometidos propios", señala la sentencia, que pide que se tenga en cuenta "el principio de proporcionalidad, que ha de estar presente cuando de la aplicación de normas restrictivas se trata".
Para terminar, la sala califica de "exiguo" el informe presentado por la Abogacía del Estado para respaldar la decisión de Interior: "No efectúa una catalogación o diferenciación teórica de los tipos de discromatopsias por los colores a los que afecta, ni de los grupos en los que las mismas se catalogan según la mayor o menor gravedad de las limitaciones que generan, todo ello pese a que existen discromatopsias leves que no generan limitación a la actividad".
Consultado Antonio Suárez-Valdés, letrado de los dos recurrentes, asegura que ambas sentencias suponen "un tremendo varapalo judicial" para el Gobierno: "Interior viene desarrollando todo tipo de actuaciones tendentes a impedir que personas con pequeños problemas o discapacidades puedan formar parte de sus Cuerpos, que están siendo corregidos con dureza por los tribunales de Justicia".
Según el letrado, el Ministerio del Interior estaría implantando restricciones de acceso a la Policía y la Guardia Civil, "contrarias a la Constitución y a su propia normativa".