La justicia europea condena a España por la desprotección de Doñana. El Tribunal de Justicia de Luxemburgo (TJUE) ha dictaminado este jueves que las autoridades españolas no han tomado las medidas adecuadas para proteger las masas de agua subterránea que alimentan el humedal ni tampoco han actuado para evitar el deterioro de los hábitats protegidos del Parque Nacional.
Con esta inacción, España ha incumplido las obligaciones que le incumben en virtud de la directiva marco sobre el agua y de la directiva sobre protección de hábitats naturales, dice el fallo.
El TJUE le da la razón a la Comisión Europea, que fue la que presentó la denuncia contra España en enero de 2019 tras años de negociaciones infructuosas para que se adoptaran medidas correctivas. De hecho, las primeras quejas por la desprotección de Doñana llegaron a Bruselas ya en 2009.
La sentencia concluye "la Comisión ha demostrado suficientemente la probabilidad de que las extracciones excesivas de agua para el abastecimiento urbano de la zona de Matalascañas hayan ocasionado alteraciones apreciables en los hábitats protegidos de la zona protegida Doñana, situada en las inmediaciones de dicho núcleo turístico".
"Por tanto, esta alteración de los hábitats protegidos debería haberse tenido en cuenta en el programa de medidas elaborado por España en el contexto del Plan Hidrológico del Guadalquivir 2015-2021 para poner fin al deterioro ya apreciado de los tipos de hábitats protegidos, como los estanques temporales mediterráneos", prosigue el TJUE.
Sin embargo, el programa de actuación invocado por España "no contiene medidas destinadas a poner fin al deterioro ya apreciado de los tipos de hábitats protegidos en la zona protegida situada en las inmediaciones de Matalascañas".
Las autoridades españolas tampoco han adoptado las medidas apropiadas para evitar las alteraciones apreciables de los tipos de hábitats protegidos situados en las zonas protegidas desde el 19 de julio de 2006 «Doñana», «Doñana Norte y Oeste» y «Dehesa del Estero y Montes de Moguer». Unas alteraciones que también están provocadas por las extracciones de agua subterránea del Espacio Natural protegido de Doñana a partir de esa fecha.
El Tribunal de Justicia destaca que de varios datos científicos se desprende que la sobreexplotación del acuífero de Doñana ha acarreado un descenso del nivel de las aguas subterráneas (nivel piezométrico), descenso que ocasiona una alteración constante de las zonas protegidas del Espacio Natural protegido de Doñana.
"Estos datos ponen de relieve, en particular, las repercusiones de las extracciones de agua para el abastecimiento urbano del núcleo turístico de Matalascañas en los ecosistemas de la zona protegida Doñana, sobre todo en los tipos de hábitats prioritarios, y en especial sobre los estanques temporales mediterráneos".
"Los mencionados datos confirman, por una parte, que el deterioro de estos hábitats continúa y que su estado seguirá empeorando debido al descenso del nivel piezométrico del referido acuífero y, por otra parte, que España no ha adoptado las medidas necesarias para poner fin a ese deterioro", concluye la sentencia.
Una vez que España ya ha sido condenada por la desprotección de Doñana, la siguiente fase del procedimiento será la petición de multas diarias si las autoridades competentes siguen sin tomar medidas adecuadas para combatir las extracciones ilegales de agua.