Los Juzgados de lo Social 2, 14 y 15 de Valencia han emitido las tres primeras sentencias contra la Generalitat Valenciana por utilizar sus becas de comunicación como “un medio fraudulento de contratación”. En los tres casos declaran el fin de la beca como un despido improcedente y obligan a indemnizar a los demandantes.
Los fallos llegan tras 60 denuncias presentadas por CCOO-PV ante las irregularidades detectadas en 32 becas de Presidencia (donde Ximo Puig disponía de un gran equipo de comunicación repleto de becarios), 15 de Vicepresidencia Primera e Igualdad (el área de Mónica Oltra), 12 de Sanidad y 1 de Educación. Se trata de un sistema de organización heredado del PP que PSPV y Compromís decidieron mantener.
El sindicato actuó contra el Gobierno valenciano al considerar que no estaba formando a quienes habían obtenido estas becas, sino que estaba “utilizado a las personas jóvenes, becadas, como trabajadores y trabajadoras de la Generalitat Valenciana”. Fruto de sus denuncias intervino Inspección de Trabajo, que dictó “resoluciones de declaración de fraude en la contratación” en todos los casos. También en otras 8 becas de la Diputación de Valencia.
La sentencia del Juzgado de lo Social 2, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, hace suyo el criterio de Inspección de Trabajo. “Se estima que la beca es un medio fraudulento de contratación al darse las notas de ajenidad, dependencia y retribución que debe ser calificada de indefinida no fija”, concluye.
El fallo considera que la relación de la Generalitat con la demandante, una becaria de Sanidad, “debe calificarse como laboral”. “A pesar de haber sido seleccionada para cubrir una beca, las actividades desarrolladas, aunque guarden relación con la actividad formativa de la actora, eran de contornos muy próximos al resto de empleados, no existiendo una real tutorización, supervisión o plan formativo reglado”, subraya.
“El rasgo diferencial de la beca como percepción es facilitar el estudio y formación del becario y no la de incorporar los resultados o frutos de su trabajo o estudio realizado al patrimonio de la empresa que otorga la beca”, argumenta el juzgado en su sentencia.
Despido improcedente
El juzgado, en consecuencia, declara el fin de esta beca como despido improcedente y reconoce el derecho de la demandante a la correspondiente indemnización. Los juzgados 14 y 15 se han pronunciado en el mismo sentido, según subraya al respecto CCOO-PV.
El sindicato recuerda que sus denuncias ante la Inspección de Trabajo “conllevaron la resolución de declaración de personal laboral en fraude y la consecuente reclamación de cotizaciones a la Seguridad Social de personal inicialmente becado”.
“Estas resoluciones generan la posibilidad de demandar las diferencias salariales y el resto de derechos laborales como estas demandas por despido”, subrayan. Al respecto, agregan que, “por otra parte, la Tesorería General de la Seguridad Social reclama a la Administración la diferencia en las cotizaciones a la Seguridad Social correspondientes como personal trabajador de la Administración y no como persona becaria”.
Del total de 60, más de 40 jóvenes afectados por las denuncias de CCOO-PV y las resoluciones favorables de la Inspección de Trabajo presentaron una demanda a través de los servicios jurídicos del sindicato para reclamar el despido improcedente en el momento expiró su beca. El resto lo hizo por su cuenta, renunció a hacerlo o no pudo al abandonar la beca antes de que esta concluyera.
La Federación de Servicios a la Ciudadanía de CCOO, tras conocer las sentencias, alertó de nuevo al Gobierno valenciano de que “la normativa vigente en la Generalitat Valenciana no está asegurando una buena gestión de las becas”.
“Es lamentable que, a pesar de que todos los indicios dan la razón al sindicato respecto a la mala praxis preponderante en la gestión de las becas, y la cantidad de demandas presentadas, la Generalitat Valenciana siga sin querer actuar y sentarse a valorar seriamente cómo evitar estos abusos respecto a las becas ofertadas a las personas jóvenes”, afeó la organización sindical.