Cuatro años de prisión a un brigada encargado de compras en el Cuartel General que estafó 1,1 millones
El militar consiguió que varias empresas suministraran alimentos que luego revendía en su propio beneficio.
30 marzo, 2017 14:42La Sala Penal del Tribunal Supremo ha condenado a 4 años de prisión por un delito de estafa continuada a un brigada encargado de compras del Cuartel General del Ejército que estafó 1,1 millones de euros a varias empresas que le suministraron alimentos, productos que el militar vendió después en su propio beneficio.
La sentencia estima parcialmente el recurso de casación interpuesto por el condenado contra la sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid y le rebaja la pena –de 5 años y 9 meses de prisión a 4 años- porque considera que la circunstancia atenuante de dilaciones indebidas cualificada implica que se imponga la pena inferior en grado.
En la causa hay un segundo condenado, Juan Ramón S., que puso en contacto al militar, José Ignacio de C., y a las empresas. Para él se mantiene la pena de tres años de prisión y la reducción sólo afecta a la multa, que se fija en 4.320 euros.
De acuerdo con los hechos probados, en 2003 el brigada mantuvo un contacto inicial con el comercial de las empresas en la sede del Regimiento Inmemorial del Rey en el Cuartel General del Ejército, donde estaba destinado, para negociar el suministro de alimentos a unos precios asequibles para atender 1.500 comidas en esas dependencias militares.
A partir de ahí empezaron las entregas de productos cárnicos que, en un primer momento, entre el 15 de octubre de 2003 y el 7 de enero de 2005, sí fueron abonadas por el Ministerio mediante transferencias bancarias o mediante ingresos efectivos desde la cuenta del Regimiento.
Más tarde, el militar comunicó a las mercantiles que la capacidad de almacenamiento del Cuartel General era insuficiente por lo que era necesaria, para esa ocasión y las sucesivas, el uso de cámaras frigoríficas que el Ejército tenía en Mercamadrid, lugar en el que se debía entregar la mercancía.
Sin conocimiento de Defensa
Sin embargo, las facturas tenían que presentarse en el Regimiento Inmemorial del Rey, donde el militar, que les recibía en su despacho con el uniforme y acompañado de cabos auxiliares, les ponía el sello y las firmaba. También les dijo que tardarían nueve meses en cobrar desde las fechas de las facturas, haciéndoles creer que las mercancías eran para el Ejército y que se garantizaba el pago.
Convencidas de ello, las empresas realizaron importantes entregas en la sede del Cuartel y en Mercamadrid, sin conocimiento del Ministerio de Defensa y sin que éstas fueran pagadas, por un valor de 1.128.079 de euros.
Los representantes de las empresas proveedoras exigieron explicaciones al militar porque tuvieron noticias a través de mayoristas y distribuidores de que sus mercancías se vendían por las zonas de Andalucía y Levante a otros particulares a precios más bajos que al Ejército. Los acusados contestaron que tenían que gestionar los excesos de pedidos no consumidos entre otros cuarteles, vendiéndolos libremente en el mercado si no los consumían los soldados.
Su actuación ilícita, según los hechos probados, se produjo aprovechando la condición de militar ya que los hechos denunciados se cometieron cuando estaba “en el ejercicio de su cargo, y aprovechándose de los medios, instalaciones alquiladas y de su titularidad, uniformes, sellos y marcas”.
"Plan mendaz" para enriquecerse
Para el Tribunal Supremo, las pruebas no dejan duda alguna de la responsabilidad de ambos acusados, “quienes, de común acuerdo, diseñaron un plan mendaz para procurarse unas ganancias ilícitas”, aprovechándose del puesto que ocupaba el militar.
Se trata, añade la Sala, de un plan ideado por los dos acusados, en el que, por un lado, intervenía el brigada por el puesto que ocupaba y, por otro lado, el facilitador de las relaciones con proveedores, manteniendo ambos posteriormente el engaño, a lo largo de todo el desarrollo del entramado de relaciones comerciales.
En contra de lo que ha sostenido el militar, que ha negado el engaño, la Sala afirma que existió simulación bastante para engañar a los perjudicados, habiendo sido aplicados acertadamente los preceptos penales que regulan el delito de estafa por funcionario público.
El Supremo confirma que el delito es continuado al existir una diversidad de entregas de dinero, exigidas siguiendo el plan preconcebido y aprovechando idéntica ocasión, que infringen el mismo precepto penal y afectan a varias perjudicadas.
Los dos condenados tendrán que abonar conjunta y solidariamente a Cooperativas Orensanas SCG con 99.077 euros, a Gallega de Alimentación con 836.424 euros, a Novafrigsa con 56.034 euros y a Industrias Frigoríficas del Lauro con 36.542 euros. El Ministerio de Defensa ha sido declarado responsable civil subsidiario.