Una de las sesiones del juicio por el caso Guateque

Una de las sesiones del juicio por el caso Guateque Efe

Tribunales

La Fiscalía recurrirá la sentencia del caso Guateque ante el Tribunal Supremo

Entiende que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva con la prueba de las grabaciones.

21 junio, 2017 13:55

La Fiscalía de Madrid ha anunciado que recurrirá ante el Tribunal Supremo la sentencia por el denominado caso Guateque al entender que la prueba de las grabaciones era "legítimamente valorable", en contra del criterio del tribunal que la consideró nula por obtenerse de forma "fraudulenta"

Fuentes de la Fiscalía han anunciado este miércoles la presentación de ese recurso, que aún no ha sido redactado y que se apoya en el argumento de que se ha vulnerado el derecho a la tutela judicial efectiva.

La Audiencia Provincial de Madrid decidió absolver a los 30 acusados del caso Guateque, diez años después de que estallara el escándalo, tras dar por nulas todas las pruebas practicadas durante la instrucción ya que la grabación que dio origen a la investigación se obtuvo sin cumplir con la legalidad vigente.

El Ministerio Público pedía entre seis meses y 31 años de prisión para los treinta acusados por delitos de cohecho, prevaricación ambiental, negociación prohibida a funcionarios, tráfico de influencias, infidelidad en la custodia de documentos, falsedad en documento oficial, contra patrimonio histórico y prevaricación urbanística.

Todos ellos formaban parte de la considerada como la mayor trama de corrupción en el Ayuntamiento de Madrid, durante el mandato de Alberto Ruiz-Gallardón, dedicada a la concesión de licencias municipales a locales de ocio a cambio de sobornos.

La lista la forman empresarios y 19 funcionarios de rango medio del consistorio, destinados en Juntas de Distrito, en la Gerencia de Urbanismo o en Medio Ambiente. No hay ningún político encausado.

Los magistrados les absuelven al considerar que en contra de la versión sostenida en el atestado de la Guardia Civil, varios agentes entregaron el 6 de marzo de 2007 al denunciante una grabadora y una cinta, en lugar de hacerlo él de motu propio. Ni una ni otra fueron entregadas en el juzgado de instrucción.

"Es inexplicable que no se haya aportado la cinta original al juzgado, ni que éste haya requerido su entrega o, al menos, realizara alguna indagación al respecto", afirma la sentencia.

Y añaden: "Resulta igualmente paradójico el silencio que sobre este extremo guardaron las acusaciones durante la instrucción, mutismo que se ha extendido al acto del juicio oral, en el que no ha prestado declaración ninguna persona que hubiera escuchado la grabación original".

La Sala indica que se vulneraron todos y cada uno de los requisitos jurídicos exigidos en la incorporación al proceso de la grabación que dio origen a la denuncia, ya que, "ésta no sólo no supera los controles de legalidad constitucional ni los de estricta legalidad ordinaria, sino que ni siquiera existe".

Por todo ello, sostienen que el auto que dio origen a la instrucción se asienta exclusivamente en el "relato falaz" del atestado de la Guardia Civil, a la que acusa de actuar de "mala fe".

Este hecho inicial tiene, en consecuencia, una "eficacia contaminante sobre el resto de las pruebas practicadas", también en relación con las de confesión efectuadas por varios acusados.

Pese a las duras críticas de la sentencia hacia la actuación de la Guardia Civil, el ministro del Interior, Juan Ignacio Zoido, ha salido en defensa de los agentes que investigaron la trama, ha recordado que este cuerpo siempre investigan "de la mano de jueces y fiscales" y ha precisado que "con sentencias de este tipo" no se puede "generalizar de manera crítica" su labor.

Mientras que la alcaldesa en funciones de Madrid, Marta Higueras, ha lamentado que por un defecto de forma se vaya "al traste" el procedimiento cuando "verdaderamente han pasado cosas", como también ha sostenido el PSOE de Madrid que ha dicho que hay "personas que han reconocido su culpabilidad" y, pese a ello, "se van a ir de rositas".