Un correo electrónico escrito en medio de la madrugada a su expareja ha supuesto una sanción por falta grave para una jueza de la jurisdicción civil, multada por la Comisión Disciplinaria del Consejo General del Poder Judicial por la revelación indebida de datos conocidos con ocasión del ejercicio profesional.
"Hola Juan. Aunque me has dicho que no es necesario he decidido investigar a tu nueva conquista, y siento darte malas noticias", arrancaba el email de la magistrada a su ex, en el que le contó con todo detalle lo ocurrido unos meses antes durante la vista de medidas provisionales en el proceso de divorcio de la nueva novia de Juan, incluyendo comentarios despectivos sobre la impresión que le había causado la mujer.
La magistrada fue la encargada de dirigir la vista y dictar el auto de medidas provisionales. "Ella me pareció una sabandija total y absoluta, el crío de 15 años, cuya exploración realicé personalmente, totalmente manipulado y el ex, una víctima propiciatoria como tantos hombres en el divorcio", decía el mensaje.
A la jueza la posición del exmarido le pareció "bastante razonable". "Pero la actitud de la esposa era de no querer negociar en absoluto, iba a la yugular del tío. Se puso a llorar en sala argumentando que la empresa [en la que trabaja] estaba en los primeros años y que sólo daba pérdidas. Argumento que no me pareció nada convincente, especialmente cuando se me probó por la parte del esposo que la tía era funcionaria en excedencia, extremo este último que ella se había encargado torticeramente de ocultarme. Con un sueldo de 1.000 € mensuales. Yo entendí que al menos debía ganar eso en su actual trabajo porque no se entiende que, de otro modo, no se incorporase a su puesto de trabajo como funcionaria".
"Pretensiones de parásita"
"En fin", proseguía el correo, "el juicio fue bastante tenso y al final ella quedó muy descontenta porque yo la interrogué con bastante dureza. La verdad es que me dio mucha pena el hombre y ella me pareció una víbora y con pretensiones de parásita".
"Espero que no creas que te digo todo esto porque tengo interés en que no salgas con ella. De hecho lo lamento mucho porque te veía muy ilusionado y a mi la tipa me dio muy mala impresión, creo que con razones justificadas. Ten cuidado con ella, tengo dudas de que pueda tener un interés sincero en ti. Si le va mal económicamente en la empresa y no le sacó lo suficiente al marido, puede estar buscando nueva fuente de financiación", advertía a Juan (nombre supuesto).
La magistrada indicaba a su expareja que "no te mando el auto porque es muy delicado todo este tema". Le subrayó, en letras mayúsculas, que la información que le daba era "absolutamente confidencial". Pero Juan enseñó el mail a su novia y ésta presentó una querella contra la jueza.
El proceso penal no ha prosperado. El Tribunal Superior de Justicia que examinó la querella no vio en los hechos gravedad suficiente como para constituir un delito de revelación de secretos. Explicó que "la revelación de que se trata no tuvo más trascendencia que a una sola persona [la expareja de la magistrada] y lo que se considera grave perjuicio no sólo puede instalarse en la apreciación subjetiva de la afectada, sino en su dimensión pública y social que, en el momento de los hechos, no se produjo".
Cuantía mínima
El tribunal sí acordó comunicar los hechos al CGPJ, que inició un expediente disciplinario ahora concluido con la imposición de una multa de 501 euros a la magistrada.
La cuantía es la más baja de las correspondientes a las faltas graves, que pueden ser sancionadas con hasta 6.000 euros. También es sustancialmente inferior a la solicitada por el fiscal -1.500 euros-.
El Ministerio Público consideró acreditada la comisión de una falta tipificada en la Ley Orgánica del Poder Judicial consistente en "revelar el juez o magistrado y fuera de los cauces de información judicial establecidos, hechos o datos de los que conozcan en el ejercicio de su función o con ocasión de ésta cuando no constituya la falta muy grave".
El fiscal indicaba que la jueza "aprovechó el conocimiento de los datos personales adquirido mediante el procedimiento de divorcio" y los utilizó "con el deseo de interferir y dificultar en lo posible la relación sentimental iniciada por Juan", con el que ella había mantenido una relación "que había finalizado meses atrás por decisión unilateral de él".
No obstante, apreció que "no consta en el expediente dato objetivo alguno que permita afirmar que los hechos descritos hayan causado perjuicio alguno a la tramitación del proceso o a cualquier persona implicada en el mismo", por lo que la falta no podía ser considerada de carácter muy grave, sino grave.
La Comisión Disciplinaria ha compartido el criterio del fiscal. La sanción es recurrible.