La inconsistente excusa dada para rechazar la OEDE del juez Llarena refleja la escasa, por no decir nula, voluntad real de cooperar de la Justicia belga. Pero, incluso así, hay que cursar una nueva orden de entrega.
El último episodio del drama en el que se están convirtiendo las euroórdenes cursadas por España para conseguir que Puigdemont y los exconsejeros prófugos se sienten en el banquillo -qué menos- y respondan de una de las acusaciones más graves que existen en el Código Penal es la historia de una deslealtad.
La decisión de la Fiscalía de Bruselas de considerar "irregular" la orden europea de detención y entrega (OEDE) emitida por el juez Llarena el 23 de marzo no sólo pone en evidencia el escaso peso político e institucional de España y lo mucho que queda por recorrer para que sea realidad el llamado tercer pilar de la Unión Europea. Refleja también que, como bastantes se temían, hay pocos motivos para confiar en unos fiscales que han cambiado de criterio respecto a lo que venían transmitiendo y lo han hecho esgrimiendo una interpretación jurídica peregrina, cargando sobre el juez del Tribunal Supremo un defecto formal inexistente. Para rematar, ocultaron a sus interlocutores españoles la posición definitiva que habían decidido sostener ante el tribunal belga en la vista del pasado miércoles. Enhorabuena a los letrados de la defensa, favorecidos con un argumento que ni ellos mismos habían planteado y que, a diferencia del trato dado a Llarena, conocían de antemano porque ellos sí fueron informados por la Fiscalía belga.
La exótica tesis de que la petición de entrega de los exconsejeros Comin, Serret y Puig debe decaer porque "no existe una orden de detención nacional subyacente que se corresponda con la OEDE" cursada por el juez del Supremo implica que el fiscal regional belga no se ha enterado de las explicaciones que se le han proporcionado sobre el sistema procesal español (seguramente tampoco tiene ninguna voluntad de enterarse, porque muy complejo no era) y ha optado por tal entendimiento de la Decisión Marco sobre la euroorden que, en el fondo, pervierte su finalidad de articular un sistema potente y rápido de cooperación basado en la confianza judicial mutua. Se trata de beneficiar la acción de la Justicia, no de poner palos en las ruedas.
Es erróneo que la OEDE cursada por Pablo Llarena no cumpla los requisitos formales del articulo 8.1 de la Decisión Marco, que requiere "la indicación de la existencia de una sentencia firme, de una orden de detención o de cualquier otra resolución judicial ejecutiva que tenga la misma fuerza".
Hay que tener muy mala idea para no considerar que el procesamiento acordado el 21 de marzo es una "resolución judicial ejecutiva", cuando en el mismo auto de procesamiento Llarena decide de forma expresa mantener la medida cautelar de prisión inicialmente acordada por la jueza de la Audiencia Nacional Carmen Lamela respecto a todos los exconsejeros, pero ahora por los hechos y presuntos delitos señalados en el procesamiento. Ésta fue la base de la OEDE cursada a Bélgica dos días después.
En el sistema procesal español, cuando una causa pasa de un juez a otro por razones de competencia las resoluciones dictadas conservan su validez salvo que el nuevo juez las modifique o se deje sin efecto. Éste no es el caso: Llarena ratificó en el auto de procesamiento las medidas cautelares acordadas por Lamela. Esto ha sido aquí tan pacífico que las defensas de los exconsejeros que optaron por recurrir la prisión confirmada por Llarena lo han hecho combatiendo el relato y los argumentos del auto de procesamiento, no los hechos consignados en noviembre por la instructora de la Audiencia Nacional.
El fiscal de Bruselas se ha liado (se ha querido liar) con esa orden de detención y prisión que dictó Lamela el 3 de noviembre por hechos que, en aquel momento inicial de la investigación, necesariamente tenían que ser distintos a los que el juez del Supremo ha reflejado en el auto de procesamiento, cuando la instrucción está a punto de concluir. Pero eso no debilita la petición de entrega sino que la fortalece.
En contra de lo que le está diciendo el Tribunal Supremo de España -que igual interpreta cuál es la naturaleza y la fuerza ejecutiva que tienen las resoluciones en el ordenamiento procesal español con un poquito más de autoridad y conocimiento que la Fiscalía de Bruselas-, el fiscal belga tiene la osadía de afirmar que "en realidad, no existe una orden de detención nacional subyacente que se corresponda en esencia con la orden de detención europea que se ha transferido". Por favor, que Comín, Serret y Puig vuelvan a España ya mismo y comprueben si el fiscal de Bruselas tiene razón.
La frase anteriormente entrecomillada figura en un escrito del fiscal de Bruselas fechado el 26 de abril pasado. El documento concluía "Solicita [la Fiscalía]: que el tribunal declare irregular la orden de detención europea de 23 de marzo de 2018 por la falta de un título subyacente correspondiente y que, por lo tanto, el procedimiento de entrega se declare sin objeto". Es decir, 20 días antes de la vista ante el Tribunal belga el fiscal ya sabía que iba a frustrar la tramitación del procedimiento, pero -oh, sorpresa- no informó de ello ni a Llarena ni al representante español en Eurojust que ha sido el interlocutor de Bélgica en este asunto. En cambio, sí adelantó cuál iba a ser su posición a las defensas, a las que remitió el mismo 26 de abril el escrito que iba a defender en el tribunal.
Durante todo ese tiempo y ante las preguntas del miembro español de Eurojust sobre la marcha del procedimiento, los belgas o han dado la callada por respuesta o han manifestado que no tenían noticias o han dado a entender que iban a esperar al proceso de entrega de Puigdemont en Alemania. El comportamiento es aún más ladino si se tiene en cuenta que, debido a la regulación de la Decisión Marco, la Fiscalía belga era nuestra voz ante el Tribunal de Bruselas, en el que España no actúa directamente.
Es verdad que se podían haber hecho las cosas mejor. Llarena pudo haber dictado órdenes de detención y prisión específicas con los hechos del auto de procesamiento. También pudo haberse mosqueado a la vista del escrito que el fiscal belga le remitió el 12 de abril planteando la cuestión de la orden de detención nacional conectada a la OEDE. Aunque esa comunicación se movía en términos de duda y de petición de aclaraciones y no avisaba de las drásticas consecuencias que se avecinaban, sí contenía expresiones ("suscita importantes preguntas", "nos produce una gran preocupación") que hubieran podido alertar al juez del Supremo y a la representación española en Eurojust y llevarles a moverse con mayor determinación. Equivocadamente, ambos confiaron en que las explicaciones dadas habían disipado las objeciones, sobre todo cuando no volvieron a recibir ningún otro mensaje ni señal de alarma y cuando partían del hecho objetivo de que en la primera audiencia celebrada ante el Tribunal de Bruselas el fiscal defendió la entrega de los exconsejeros.
Pese a todo, creo que Llarena debería atender la petición de los fiscales del Supremo en el sentido de cursar una nueva OEDE -sería ya la tercera, tras la de noviembre de Lamela y la de marzo del instructor del Supremo - previo dictado de nuevos autos de prisión. Ésta es también la posición de la Fiscalía de Cooperación Internacional, que de esto sabe, y de Eurojust-España. Pero es, sobre todo, lo que indica la ley. El ordenamiento legal no soportaría que un juez que ha procesado a unos presuntos delincuentes por hechos gravísimos y sabe dónde se encuentran huidos no intente por todas las vías a su alcance que se sometan al proceso. Hay que intentarlo mientras exista alguna posibilidad legal, incluso si, como muchos pronostican, los belgas recrean nuevas objeciones.
Pase lo que pase, habrá que tomar nota. La representante de Bélgica en Eurojust ha escrito a sus colegas españoles para manifestarles que espera que este último incidente con los exconsejeros catalanes no afecte a la colaboración entre ambos países. Yo, en cambio, espero que sí.