La AN confirma el archivo de la querella contra los exministros y Florentino Pérez por Castor
- La querella se dirigió contra los exministros Joan Clos, Miguel Sebastián, Magdalena Álvarez, Elena Espinosa y contra el presidente de ACS, Florentino Pérez.
- Santander, Caixabank y Bankia reclaman al Estado 1.350 millones por el cierre de Castor.
La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha confirmado la decisión de la juez Carmen Lamela en la que desestimó y archivó la querella interpuesta contra los exministros Joan Clos, Miguel Sebastián, José Manuel Soria, Magdalena Álvarez y Elena Espinosa y contra empresarios como el presidente de ACS, Florentino Pérez, en relación con el proyecto Castor.
En la querella interpuesta por la entidad Xarxa de L´observatori del Deute en la Globalització, se denunciaba que los exministros y el empresario podrían haber incurrido en los delitos de malversación, prevaricación y fraude a la Administración Pública con la construcción del proyecto Castor: un almacén de submarino de gas con el que se buscaba la obtención de combustible mediante la inyección de agua a presión para fracturar la roca (proceso conocido como fracking).
La titular del Juzgado Central de Instrucción número 3 de la Audiencia Nacional, Carmen Lamela, decidió archivar dicha querella al no ver indicios de criminalidad en la actuación de los querellados. La entidad denunciante presentaron un recurso de apelación contra dicha decisión y ahora la Sección Tercera de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional confirma la decisión de Lamela.
Decisiones de distintos gobiernos
En un auto, los magistrados de la Sección Tercera rechazan el recurso presentado por Xarxa de L´observatori del Deute en la Globalització -impugnado por el Ministerio Fiscal- contra el auto de Lamela del pasado 21 de junio. La Sala analiza el recurso y los argumentos de la instructora y concluye que los hechos descritos "no revisten apariencia delictiva, resultando inviable una instrucción prospectiva, máxime cuando entre las diligencias propuestas no se desprende la revisión de las auditorías que sustentaron la indemnización".
El auto asegura que no cabe cuestionar la corrección de errores a un Real Decreto al ser una decisión administrativa firme sobre la que la jurisdicción penal no tiene competencia y apunta que no existen indicios de sobrecoste puesto que en la Memoria adjunta al Real Decreto-Ley se determinaba la existencia de auditoría indicando la existencia de costes pendientes de facturas y también se contaba con otra auditoría sobre la inversión después de una inicial aportada por ESCAL.
Para los magistrados, se excluye el "concierto criminal" en los hechos objeto de análisis puesto que la serie de resoluciones administrativas fueron adoptadas por Gobiernos sostenidos por formaciones políticas distintas.