Miquel Iceta, durante una rueda de prensa en el Parlament.

Miquel Iceta, durante una rueda de prensa en el Parlament. EFE

Tribunales

Iceta pierde el tren del Senado: el TC admite a trámite su recurso con la Cámara ya constituida

El Constitucional descarta medidas cautelares que paralicen la constitución de la Cámara Alta o la elección de la Mesa, pero se inclina por admitir el recurso.

21 mayo, 2019 12:52

El Tribunal Constitucional ha admitido a trámite el recurso de amparo de Miquel Iceta tras su no elección como senador. Lo ha resuelto así cuando ya se había constituido la Cámara. Los magistrados no han acordado ninguna medida cautelar que paralizase la constitución este martes del Senado ni la elección de la Mesa de la Cámara, en contra de lo solicitado por los diputados del PSC en el Parlamento de Cataluña.

Iceta era el elegido por el líder del PSOE, Pedro Sánchez, para presidir el Senado. Los diputados del PdCat y ERC en el Parlamento catalán frustraron el pasado jueves su designación como senador y, de esta forma, dieron al traste con su candidatura a la presidencia de la Cámara.

El recurso de amparo presentado de inmediato en el Tribunal Constitucional sostiene que la mayoría independentista impuso en la Mesa del Parlament un sistema de votación -electrónica y secreta- que permitió el voto contrario a Iceta, en vez de una votación por papeletas en la que cabía bien el voto favorable a la propuesta del grupo socialista, bien la abstención o bien, en su caso, el voto nulo, pero no el voto en contra.

La elección del procedimiento de votación fue, así, un subterfugio predeterminado a vulnerar los derechos de la minoría parlamentaria, de acuerdo con el recurso. La demanda de amparo sostiene que la normativa obligaba a que el sustituto en la Cámara Alta de José Montilla, que renunció al cargo de senador autonómico el pasado 8 de mayo, fuera otro diputado del PSC.

El artículo 174.4 del Reglamento del Parlament dispone que, “si debe sustituirse a alguno de los senadores a los que se refieren los apartados 1 y 3 [senadores que han de representar a la Generalitat en el Senado], la persona sustituta ha de ser propuesta por el mismo grupo parlamentario que había propuesto a su antecesor o antecesora”.

El mismo Reglamento establece que corresponde a la Mesa del Parlamento catalán, de acuerdo con la Junta de Portavoces, fijar el número de senadores que corresponde "proporcionalmente" a cada grupo parlamentario. Tras las elecciones catalanas de diciembre de 2017, la Junta de Portavoces y la Mesa acordaron que el grupo del PSC designara a uno de los senadores autonómicos.

Los recurrentes han pedido al TC la "suspensión de los efectos" del acuerdo de la Mesa del Parlament "y cualesquiera otras medidas cautelares que estime pertinentes" teniendo en cuenta que "la cuestión suscitada afecta, porque la altera, la composición de la Cámara Alta al faltar en ella uno de los senadores de designación autonómica que deben representar a Cataluña".

El pleno del Constitucional empezó este lunes a examinar la demanda de amparo tras su avocación por la Sala Segunda. Aunque el debate ha proseguido este martes, tanto el ponente, Juan Antonio Xiol, como los magistrados que intervinieron se mostraron contrarios a la adopción de medidas cautelares. "El TC no tiene competencia para suspender la constitución de las Cortes", explicaron fuentes del tribunal.

Se esfumó, así, la posibilidad de que Iceta mantenga sus opciones a la presidencia del Senado, cargo para el que ha sido nombrado otro senador catalán, Manuel Cruz

El informe del letrado del TC que examinó el recurso fue contrario a la admisión a trámite, pero ese dictamen no es vinculante y el debate del pleno fue evolucionando hacia posiciones favorables a la admisión, que es el criterio que normalmente se aplica, por su relevancia, con las demandas que afectan a los derechos de los parlamentarios.