Juan Miguel Villar Mir, tras una comparecencia en la Audiencia Nacional./

Juan Miguel Villar Mir, tras una comparecencia en la Audiencia Nacional./ Efe

Tribunales

Villar Mir invoca la 'doctrina Monzón' para pedir a García-Castellón el archivo del caso Púnica

"Haber sido presidente de OHL no puede justificar, sin más, la permanencia de una persona como investigada", afirma la defensa.

20 mayo, 2020 06:00

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Juan Miguel Villar Mir, presidente del Grupo Villar Mir, matriz de OHL, ha pedido al juez de la Audiencia Nacional Manuel García-Castellón el archivo del caso Púnica en lo que a él se refiere alegando que no existen indicios en su contra y apelando al principio de igualdad en la aplicación de la ley.

El empresario alude con ello a la reciente exoneración del expresidente de Indra, Javier Monzón, actual presidente no ejecutivo del Grupo Prisa, acordada por el propio García-Castellón y ratificada por la Sala Penal de la Audiencia Nacional con el argumento de que "no es dable en Derecho atribuir una presunta actividad penal por el simple hecho de ostentar la representación de un organismo o una entidad" y sin que existan datos de la "concreta participación" del directivo en los hechos que se investigan. 

En un escrito al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, la defensa de Villar Mir destaca que espera desde octubre del pasado año a que García-Castellón conteste un escrito en el que le pedía que precisara "qué concretos hechos se le atribuyen" en las dos piezas del caso Púnica en las que el empresario está siendo investigado: la número 8, relativa a las actuaciones de Francisco Granados como consejero de Transportes, y la número 9, sobre la presunta financiación ilegal del PP.

No obstante, la defensa considera que las resoluciones sobre Monzón han hecho que esa solicitud de información, articulada hace más de seis meses, "quede superada por el criterio jurídico sentado" por la Sala Penal de la Audiencia Nacional ya que con Villar Mir también sucede que "la condición de investigado en la causa le fue atribuida por ostentar la presidencia de OHL en los años a que se circunscriben los hechos objeto de investigación".

La pieza 8

El fundador del Grupo Villar Mir fue incluido como investigado en la pieza 8 del caso Púnica en febrero de 2018 en relación con la venta de Grabitum S.L., filial de OHL, a una empresa de David Marjaliza (Obrum, Urbanismo y Construcciones) por 2,96 millones de euros y la posterior subrogación de Grabitum en la posición que tenía Elsan, también filial de OHL, en la unión temporal de empresas que resultó adjudicataria del contrato para la construcción del metro ligero a Boadilla del Monte (Madrid).

Desde entonces "ni en los oficios policiales ni en las resoluciones judiciales se describe acción u omisión de Villar Mir susceptible de reproche penal y personalmente atribuible", indica el escrito presentado ayer martes.

"Han transcurrido ya más de dos años desde que fuese imputado en esta causa sin que a día de hoy se haya acreditado, siquiera indiciariamente, una conducta personal, penalmente reprochable y a él atribuible que pueda servir de justificación para su permanencia como investigado en las actuaciones", afirma la defensa.

A su juicio, "haber sido presidente de una sociedad no puede justificar, sin más, la permanencia de una persona como investigada, por ser tal proceder contrario al principio de culpabilidad y a la presunción de inocencia".

Subraya que a lo largo de la instrucción "ninguna declaración o cualquier otra diligencia" le han atribuido "conocimiento ni intervención" en la compraventa de Grabitum. Ni en los archivos de OHL ni en los documentos del consejo de administración de la constructora se refleja que esa operación fuera elevada al conocimiento o consideración del órgano de gobierno de la compañía.

A diferencia de Monzón, que era presidente ejecutivo de Indra, en la fecha de la compraventa de Grabitum (2004) Villar Mir era presidente no ejecutivo de OHL. De otro lado, desde 1999, cuando se aprobó el primer reglamento del consejo de OHL, las operaciones de la competencia de este órgano son las que superan los 10.000 millones de pesetas (60 millones de euros). Y desde 2003 el órgano de control interno de la compañía es la comisión de auditoría y cumplimiento.

"Haber ostentado el cargo de presidente del consejo de administración del Grupo OHL no es, en sí mismo, expresión de ninguna acción criminal, ni por sí solo describe acción u omisión calificable de participación en supuestas acciones típicas", señala el escrito. "En el Derecho Penal español moderno (y en el de cualquier país civilizado), no se castiga a nadie por ser quien es, ni por ser lo que es o lo que ha sido. Se castiga sólo por 'lo que se hace' o por 'lo que se omite' en el ámbito de un comportamiento concreto, que debe ser precisado".

La financiación del PP

La investigación a Villar Mir en la pieza 9 se justificó por el juez instructor por la conveniencia de tomarle declaración al aparecer OHL como donante del Partido Popular de Madrid en una agenda intervenida a Granados. También la imputación de Monzón estaba relacionada con la financiación del PP madrileño, al sospecharse que Indra aceptó atender gastos de las campañas del partido entre 2008 y 2013 abonando facturas presentadas por proveedores electorales bajo "conceptos irreales".

Según la defensa, ni las resoluciones del instructor ni las actuaciones practicadas permiten saber "qué comportamiento personal" habría realizado Villar Mir en relación con esas presuntas donaciones, que él niega haber efectuado o autorizado.

Además de la "ausencia de indicios de conocimiento o participación en los hechos investigados", la petición de archivo se basa en que "no existe acto o norma en OHL que determine un deber de supervisión o control por el presidente de la mercantil respecto del personal de aquélla y no puede atribuírsele la creación de un riesgo jurídicamente desaprobado".

Señala, a este respecto, que OHL es una compañía de gran tamaño que cotiza en el mercado bursátil y tiene un elevado volumen de negocio (las ventas en 2019 alcanzaron los 2.959,9 millones de euros), así como 18.000 empleados.

Su cartera total a 31 de diciembre de 2019 ascendía a 5.457,9 millones, con una contratación en ese año de 2.667,7 millones de euros.

"Ello determina la necesaria delegación y atribución de funciones entre distintos departamentos de la mercantil que, con carácter básico, entroncan en sus disposiciones estatutarias", expone la defensa, que añade que "es contrario a nuestro ordenamiento jurídico penal el principio de culpabilidad del presidente de la empresa por los delitos en su caso cometidos en el seno de la sociedad por los trabajadores de aquélla".

"No hay en la causa nada que pueda decirse de Villar Mir, pues nada ha hecho y en nada ha participado. No aparece que haya pactado, ni convenido, ni que se haya concertado, ni inducido, ni resuelto, ni alterado, ni ordenado, ni recibido, ni tampoco transmitido", concluye.

Derecho de defensa

El escrito finaliza recordando que la causa puede estar afectada, además, por una vulneración del derecho de defensa. Se refiere a que García-Castellón autorizó la intervención de los teléfonos de Juan Miguel Villar Mir en otro procedimiento que instruye el mismo juez (el caso Lezo) y accedió así a conversaciones del empresario con su abogado en las que debatieron la estrategia de defensa a seguir en el caso Púnica.

Las conversaciones entre el letrado y su defendido fueron grabadas y analizadas por los guardias civiles que investigan tanto Lezo como Púnica y el juez "tiene acceso directo a las mismas a través de una 'pieza de derecho de defensa' que guarda en un cajón.

"Esta práctica seguida por el instructor -no avalada ni respaldada por la Sala Penal del Tribunal Supremo (auto de 14.06.2019)- está siendo escrutada por los Tribunales desde la perspectiva de la responsabilidad personal en que se haya podido incurrir", dice la defensa en referencia a la querella que interpuso contra García-Castellón, no admitida a trámite por el Supremo.

"Sin perjuicio de que la última palabra judicial al respecto aún no ha sido emitida (pero va a ser recabada), es lo cierto que el acceso y conocimiento -improcedente- por parte del juez del contenido reservado de las conversaciones letrado-cliente, comprensivas de la estrategia de defensa en la presente causa, cercena el derecho de defensa de mi mandante y las garantías más elementales del proceso penal", señala.