José Luis Martínez-Almeida./

José Luis Martínez-Almeida./ Efe

Tribunales

El juez anula la comparecencia del alcalde Almeida en las diligencias abiertas por prevaricación

El instructor mantiene abierto el procedimiento aunque solo para oir al denunciante y recibir la documentación que pueda aportar. 

22 mayo, 2020 17:52

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El juez de instrucción número 41 de Madrid, Juan Carlos Peinado, ha dejado sin efecto la citación del alcalde, José Luis Martínez-Almeida, y del concejal delegado de Medio Ambiente, Borja Carabante, que estaba prevista para mañana sábado en el marco de unas diligencias abiertas por un presunto delito de prevaricación por tener cerrados los principales parques de la ciudad.

El instructor, no obstante, mantiene abiertas las diligencias, aunque a los solos efectos de que el denunciante, el abogado José Luis Mazón, aporte la documentación que considere procedente sobre el delito denunciado y "oír sus argumentos y justificaciones para continuar, en su caso, o sobreseer el procedimiento".

Según el denunciante, el cierre de los parques es contrario a la orden ministerial que determinó las condiciones en las que se puede realizar actividad física al aire libre.

El artículo 4 de esa disposición establece que “se podrá circular por cualquier vía o espacio de uso público, incluidos los espacios naturales y zonas verdes autorizadas, siempre que se respeten los límites establecidos en esta orden”. El denunciante afirma que esa previsión "está siendo vulnerada por un acuerdo irregular del Ayuntamiento cargado de abuso de poder en su intención de rechazar responsabilidades del gobierno".

La comparecencia que ha quedado sin efecto tenía como finalidad que Almeida y el concejal del área de medio ambiente justificaran por qué mantienen cerrados las grandes áreas verdes y parques de la capital, en orden a resolver la medida cautelar solicitada por el denunciante para que el juez acuerdase la reapertura inmediata de esas zonas.

Los letrados municipales, en nombre del alcalde y de Carabantes, presentaron un recurso contra la incoación de las diligencias en el que también pidieron que quedara sin efecto la citación de este sábado y solicitaron el archivo del procedimiento.

La Fiscalía apoya las pretensiones de los regidores. En un informe presentado el pasado jueves, el Ministerio Fiscal argumentaba que el Ayuntamiento tiene competencias para acordar el cierre de los parques y considera que no existen datos que permitan hablar de prevaricación.

A su parecer, no puede entenderse como arbitrario el hecho de cerrar ciertas zonas de la ciudad, en este caso determinados parques y jardines, “si se consideran lugares donde puedan existir aglomeraciones y, en consecuencia, posibles fuentes de contagio” del Covid-19.

El 'estigma'

Respecto a la anulación de la comparecencia del sábado, la resolución recuerda que ya cuando se abrieron las diligencias el juez anticipó que no apreciaba, a priori, la concurrencia de los requisitos necesarios para adoptar la medida cautelar. Pero realizó la convocatoria "para preservar el derecho a la tutela judicial efectiva" del denunciante.

Éste, sin embargo, "no ha aportado ni copia del acto administrativo supuestamente objeto de la hipotética prevaricación ni [a la vista del recurso del alcalde] alega o aporta nuevos elementos que justifiquen el mantenimiento de dicha comparecencia".

De otro lado, Peinado se pronuncia sobre la "pena gratuita de banquillo" alegada por Martínez-Almeida y reconoce que "el hecho de citar a la sede de un órgano judicial a cualquier ciudadano ya supone un inconveniente".

"En ciertos supuestos, debido a las peculiares características de alguno de los citados, por ser conocidos públicamente, por su actividad profesional, o condición de autoridad, o personaje público, puede comportar una estigmatización adicional el hecho de que aparezca en los medios de comunicación su imagen accediendo o saliendo de la sede judicial, lo que puede dar lugar per se a una desconsideración de su imagen".

Para el juez, lo anterior "debe ser objeto de cuidado por el órgano judicial y tener presente ese aspecto antes de citar caprichosamente a cualquier ciudadano, por lo que, en el presente supuesto, efectivamente, carece de sentido mantener la citación de los denunciados, y por tanto, suspender la comparecencia señalada".