El presidente del TC, González Rivas, y la vicepresidenta Roca, en una reunión del pleno./

El presidente del TC, González Rivas, y la vicepresidenta Roca, en una reunión del pleno./ Efe

Tribunales

El presidente del TC cambia de criterio y apoya admitir los recursos sobre el juramento de diputados

La vicepresidenta Roca y cinco magistrados propuestos por el PP tuvieron que firmar un escrito para que el asunto lo decidiera el pleno

9 septiembre, 2020 21:11

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El pleno del Tribunal Constitucional revisará la decisión de la presidenta del Congreso, Meritxell Batet, y del expresidente del Senado Manuel Cruz de admitir como válidas fórmulas de acatamiento de la Constitución utilizadas en la legislatura de 2019 por parlamentarios independentistas, que juraron el cargo "por la república catalana" o "por la libertad de los presos políticos", entre otras expresiones.

Después de un pulso interno mantenido desde el pasado junio, el TC ha acabado admitiendo a trámite -por una amplia mayoría de 8 votos a 4- los recursos promovidos por los grupos parlamentarios del PP y de Ciudadanos contra las fórmulas de juramento admitidas en las dos Cámaras el 21 de mayo de 2019, cuando comenzó la XIII legislatura.

El juramento de la Constitución: 1989 - 2019

Los recurrentes consideran vulnerado el artículo 23 de la Constitución (acceso a cargos públicos con los requisitos que señalen las leyes) porque la forma de prestar acatamiento a la Norma Fundamental utilizada por 29 parlamentarios no fue tal: ni habría respetado los Reglamentos del Congreso y del Senado ni la jurisprudencia constitucional.

Hubo diputados y senadores que prometieron el cargo utilizando lenguas cooficiales distintas al castellano. Lo que dijeron ni siquiera fue entendido por los taquígrafos y no pudo figurar en el acta de la sesión, por lo que los recurrentes consideran que no se debió dar por válida la fórmula que usaron ni puede considerarse una adecuada cumplimentación del requisito.

Otros parlamentarios optaron por fórmulas que, según los recursos, contenían “afirmaciones abiertamente incompatibles con el contenido de la Constitución”, como las referidas a la "república catalana", los "presos políticos" o "el mandato del 1 de octubre”.

Los recursos estuvieron a punto de ser inadmitidos por la Sala Primera del TC, presidida por Juan José González Rivas, presidente del tribunal. Aún vigente el estado de alarma, la vicepresidenta Encarna Roca y cinco magistrados (Antonio Narváez, Ricardo Enríquez, Andrés Ollero, Alfredo Montoya y Santiago Martínez Vares) se las arreglaron para poder firmar un escrito que forzó la avocación al pleno de los recursos de amparo con el fin de debatir sobre su admisión.

Aun así, González Rivas retrasó el debate al no incluir el asunto en los órdenes del día de los plenos celebrados antes de las vacaciones de agosto, lo que generó malestar.

Sumarse a la mayoría

La admisión a trámite se ha producido finalmente este miércoles y a ella se ha sumado, de forma sorprendente, el propio González Rivas, que hasta ahora había sostenido que los recursos debían ser rechazados por constituir un 'contra-amparo' (cuando el recurso no se vincula con la lesión de un derecho fundamental propio sino con la inexistencia de un derecho fundamental ajeno).

El cambio de criterio de Gonzalez Rivas era innecesario para lograr la admisión dtce las demandas del PP y C's, pero salva la desairada situación en la que hubiera quedado el presidente en el supuesto de haber quedado en minoría frente a los magistrados que le auparon el cargo y que han acabado ganando el pulso.

En la mayoría también ha estado Pedro González Trevijano, que no pudo firmar el escrito de avocación pero estaba de acuerdo.

En contra de la admisión se han pronunciado Juan Antonio Xiol, Cándido Conde-Pumpido, Fernando Valdés y María Luisa Balaguer.

El TC examinará, por tanto, si más allá de la fórmula "por imperativo legal" aceptada en 1991, las variadas expresiones ahora utilizadas vacían el sentido propio del juramento o promesa de acatar la Constitución, que es un requisito legal para acceder al cargo.

El tribunal decidirá si tiene que revisar o aclarar su doctrina, que, además, hasta el momento no se ha referido a la cuestión del uso de lenguas distintas del castellano.

La admisión se ha acabado imponiendo sobre la base de la especial trascendencia constitucional del asunto: la supuesta existencia de vicios en el acceso al cargo puede afectar a la composición de las Cámaras por la inadecuada inclusión de parlamentarios que no han cumplido los requisitos exigidos por la ley.