Arístegui a su salida este viernes de la Audiencia Nacional

Arístegui a su salida este viernes de la Audiencia Nacional Fernando Alvarado Efe

Tribunales

De la Mata procesa a Arístegui, de la Serna y otras 21 personas por corrupción en Argelia

El juez además ve delitos en las transacciones internacionales de cohecho, blanqueo de capitales, organización criminal. 

16 noviembre, 2020 16:17

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El juez de la Audiencia Nacional José de la Mata ha propuesto juzgar al exembajador Gustavo de Arístegui, al que fuera diputado del PP Pedro Gómez de la Serna y a otras 21 personas por constituir supuestamente una organización para conseguir contratos en países extranjeros, en este caso Argelia, mediante el pago de dádivas y comisiones a funcionarios de aquel país. 

En el auto de pase a procedimiento abreviado de esta pieza investigada, el magistrado entiende que los hechos son constitutivos de delitos de corrupción en las transacciones comerciales internacionales, cohecho, blanqueo de capitales y organización criminal o asociación ilícita. 

En su resolución, De la Mata explica que de la investigación se desprende “que la finalidad de la organización constituida, era doble: por un lado, conseguir contratos en países extranjeros (en este caso, en Argelia), mediante el pago de comisiones y dádivas a autoridades y funcionarios argelinos”.  

Por otro lado, continúa el instructor, en algunos casos, enriquecerse ilícitamente de forma sistemática con cargo a fondos del propio contrato, armando toda una estructura de sociedades ficticias y de facturación falsa, y simulando la prestación de servicios para la ejecución del contrato por parte de estas sociedades pantalla. A ello se añade que las prestaciones objeto de los contratos no fueron realizadas y eran meramente ficticias.  

“Todo ello de acuerdo con un plan preconcebido, proyectado en el tiempo con una visión de largo plazo, ordenado de acuerdo con las directrices emanadas de la cúspide de la organización”, dice el juez. 

Directivos

Justo por esta razón, agrega, el alcance subjetivo de la organización se extiende a los directivos de Elecnor que desarrollaron sus actividades criminales, no en relación con un único contrato, sino con relación a distintos bloques contractuales (SOUK TLETA y OURGLA): Junquera Palomares, López Lax, Asencio Alonso, De la rica Amezaga, Sánchez Velasco y Castellanos Ybarra.  

Junto a ello, y por la misma razón, forman parte de la organización los comisionistas e intermediarios que conforman el núcleo más próximo de relaciones entre las empresas contratistas españolas y las empresas públicas argelinas, y sus más próximos colaboradores: Gómez de la Serna Villacieros, de Arístegui San Román, Faya López, de Arístegui Arroyo, Gonzalez Noriega, José Luis Tomé Becerra, David Tome Miller, Suárez Lopetegui y Suárez hermoso de Mendoza.  

Todos ellos participaron en las dos operaciones mercantiles corruptas desarrolladas, tanto en Souk Tleta como Ourgla, lo que les atribuye estabilidad y permanencia en la organización así como persistencia en los objetivos criminales, que no limitaron a una única operación sino que se prolongó y reiteró en el tiempo.  

Líderes de la trama

El juez apunta que el liderazgo de la organización estaba integrado por Gómez de la Serna Villacieros y de Aristegui San Román y por Junquera Palomares y López Lax. Los restantes se ocupaban de implementar la estrategia acordada por los líderes, supervisar la gestión de las sociedades y distribuir los fondos ilícitos obtenidos.  

Algunos, apoyando y colaborando con Gomez de la Serna Villacieros y de Arístegui San Román, como es el caso de Faya López y de Arístegui Arroyo. Otros, colaborando con el fallecido Cristóbal Tomé Becerra y siguiendo sus instrucciones, como ocurre con Gonzalez Noriega, José Luis Tomé Becerra y David Tome Miller.  

Otros, por último, aportando sus estructuras fiduciarias y fungiendo como intermediarios para asegurar la opacidad de los pagos y servir de parapeto a los auténticos beneficiarios de las operaciones (Suárez Lopetegui y Suárez Hermoso de Mendoza). 

A partir de ahora, el Juzgado Central de Instrucción 5 da un plazo de 20 días a las partes para solicitar la apertura de juicio oral de esta investigación presentando escrito de acusación e bien solicitando el sobreseimiento de la causa.