Los recursos interpuestos por los grupos parlamentarios del PP y de Vox contra la denominada Ley Celaá ya tienen ponentes en el Tribunal Constitucional. La controvertida ley de educación -aprobada por vía de urgencia, raspando la mayoría orgánica exigida, gracias al apoyo de ERC y PNV y en medio del clamor de la oposición reclamando '¡libertad, libertad!"- será examinada con lupa por Antonio Narváez y Ricardo Enríquez, dos puntales del sector conservador del TC, a los que corresponde la elaboración de los proyectos de sentencia.
Fuentes del TC indicaron que los recursos serán previsiblemente admitidos a trámite en el pleno del tribunal del próximo abril. A partir de ahí se dará traslado de las impugnaciones al Congreso y al Senado, así como al Gobierno, que podrán formular alegaciones.
La celebración de un único pleno al mes desde que estalló la pandemia de la Covid-19 está ralentizando el trabajo del TC, cuyo presidente, Juan José González Rivas, se niega a realizar reuniones telemáticas que al menos descarguen al tribunal de las decisiones de mero trámite o poco conflictivas.
Aun así, la idea es agilizar en todo lo posible el examen de la Ley Orgánica 3/2020 por la que se modifica la Ley Orgánica de Educación (LOMLOE), ya en vigor en cuanto a los cambios que afectan a la admisión de alumnos y que se aplicará plenamente en el curso escolar 21-22.
Las fuentes consultadas señalaron que se va a intentar despejar antes de fin de año la incógnita sobre la constitucionalidad de los preceptos impugnados teniendo en cuenta la especial trascendencia de una materia como la educativa y dada la inestabilidad que genera la implantación de modelos que se encuentran bajo sospecha de inconstitucionalidad.
Los recursos de Vox y PP coinciden en muchas de las tachas que oponen a la Ley Celaá, la octava ley de educación de la democracia y una auténtica contrarreforma a la Ley Wert (avalada en 2018 por el Constitucional).
El castellano
Como cesión a los independentistas catalanes, la norma elimina la mención al carácter del castellano como lengua vehicular de la enseñanza. La LOMLOE sustituye esa prescripción vigente hasta ahora por otra según la cual "las Administraciones educativas garantizarán el derecho de los alumnos y las alumnas a recibir enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales en sus respectivos territorios, de conformidad con la Constitución, los Estatutos de Autonomía y la normativa aplicable".
Se trata, a juicio del PP, de una "estéril, hueca y deliberadamente ambigua mención" que "no garantiza ni supone el carácter vehicular del español y de la correspondiente lengua cooficial en la enseñanza, pues la vehicularidad trasciende de la simple garantía de recibir enseñanzas en las correspondientes lenguas: implica que la lengua vehicular sea la lengua de uso normal y habitual".
A su juicio, "no se asegura la vehicularidad con la sola mención a la garantía de recibir enseñanzas en castellano y en las demás lenguas cooficiales".
Vox, el primero en llevar la Ley Celaá al TC, afirma en su recurso que "el Gobierno actual, con la finalidad de garantizarse el apoyo parlamentario de los partidos políticos nacionalistas, a través de una redacción artificiosamente hábil [de la norma], ignora su obligación constitucional de garantizar en la educación la posición que el artículo 3 de la Constitución atribuye al castellano".
"Después de más de 40 años de normalización del uso del catalán en Cataluña", señala, "el TC no puede dejar de contestar a la pregunta de cuánto tiempo más deben durar esas medidas compensatorias en favor de la lengua cooficial y en correlativo perjuicio de la lengua oficial y del derecho de los ciudadanos a recibir por igual la enseñanza en ambas lenguas. La realidad que debe afrontar el Tribunal es que durante tantos años de medidas compensatorias favorecedoras del conocimiento del catalán ha sido en la práctica imposible garantizar en esa Comunidad un mínimo de horas de enseñanza del castellano".
Religión y centros concertados
Ambos recursos consideran que la Ley Celaá "elimina por completo la asignatura de religión de la ordenación de las enseñanzas" y, paralelamente, acaba con el pluralismo educativo al suprimir la norma vigente hasta ahora que obligaba a que la programación de las plazas se hiciera tomando en consideración la oferta existente en los centros públicos y concertados y la demanda social. La nueva ley habla sólo de la obligación de las Administraciones de garantizar "una oferta suficiente de plazas públicas" y omite la referencia a la "demanda social".
Se busca, considera el PP, una educación "pública, única y monolítica" ignorando el derecho de los padres a elegir la educación que esté de acuerdo con sus convicciones y el derecho de las personas físicas y jurídicas a crear centros educativos y dotarles de un ideario o carácter propio.
En la misma línea, consideran inconstitucional la retirada de cualquier tipo de financiación pública a los centros en los que rija una educación diferenciada por sexos. Para el primer grupo de la oposición, ello "vulnera el derecho fundamental a la igualdad" y "el derecho fundamental a la educación que la Constitución reconoce a todos para el pleno desarrollo de su personalidad".
Educación especial
Consideran también inconstitucional el tratamiento que la Ley Celaá dispensa a los alumnos que precisan una educación especial por la vía de imponer su integración en centros ordinarios.
"Esa regulación vulnera el derecho de los alumnos con alguna discapacidad o necesidad especial a recibir una educación destinada al libre desarrollo de su personalidad, adecuada a sus condiciones y circunstancias; el derecho de los padres a la libre elección de centro y el mandato constitucional a los poderes públicos (...) de prestar a esos alumnos la atención especializada que requieran", afirma el recurso del PP.
Se refiere a la previsión de la LOMLOE de que, en el plazo de diez años, los centros ordinarios deberán contar "con los recursos necesarios para poder atender en las mejores condiciones al alumnado con discapacidad". "Las Administraciones educativas continuarán prestando el apoyo necesario a los centros de educación especial para que éstos, además de escolarizar a los alumnos y alumnas que requieran una atención muy especializada, desempeñen la función de centros de referencia y apoyo para los centros ordinarios”, dice la nueva norma.
Para el PP, se proyecta así el desmantelamiento “a plazos” de la educación especial, "un giro hacia un modelo único de educación en el que, so pretexto de una malentendida 'inclusión' y de una defensa del derecho de elección sólo de los padres que deseen la escolarización de sus hijos en centros de educación ordinarios, reduce los centros de educación especial a una categoría excepcional, sólo para escolarizar a alumnos y alumnas que requieran una atención 'muy especializada'".
Los recursos sostienen que con la Ley Celaá el Estado ha hecho dejación de sus competencias educativas básicas en beneficio de las comunidades autónomas, especialmente las que cuentan con lengua cooficial. La LOMLOE "pone patas arriba el modelo educativo abdicando de las competencias que al Estado impone la Constitución", afirma Vox.
Ambos recursos coinciden en denunciar la "limitación" de los derechos parlamentarios por el modo en el que se ha tramitado la ley: en pandemia, por trámite de urgencia, "abusando del derecho a las enmiendas" y sin informe del Consejo de Estado.
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