El Tribunal de Justicia de la UE (TJUE) ha admitido a trámite la cuestión prejudicial planteada por el magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena para decidir si mantiene o retira la orden europea de detención del expresidente de Cataluña Carles Puigdemont y otros procesados por el 'procés' huidos.
Llarena planteó la cuestión horas después de saber que el Parlamento Europeo retiró la inmunidad a Puigdemont y después de que las autoridades judiciales belgas denegaran la entrega del exconceller Lluís Puig, otro de los procesados.
El Presidente del Tribunal de Justicia ha acordado no dar curso a la solicitud de que se tramite la cuestión por el procedimiento acelerado del artículo 105 del Reglamento de Procedimiento, aplicándose el procedimiento ordinario.
La tramitación diferirá así de la que se utilizó con ocasión de la Cuestión Prejudicial de Oriol Junqueras, presidente de ERC, quien se encontraba en prisión al tiempo de tramitarse la que le afectaba.
Las diferencias esenciales entre el Procedimiento Ordinario y el Procedimiento Acelerado consisten en que en este último, por razones de urgencia, se reducen los plazos de traducción a los distintos idiomas de la Unión, y el Presidente del TJUE puede invitar a los interesados a que limiten sus escritos de alegaciones o sus observaciones escritas a las cuestiones de Derecho esenciales suscitadas por la petición de decisión prejudicial.
Por último, el plazo para remitir las observaciones en el Procedimiento Acelerado, no pudiendo ser inferior a quince días, sí puede establecerse de una duración inferior a los dos meses que establece el procedimiento ordinario.