El humorista David Suárez ha sido absuelto por la Audiencia Provincial de Madrid de la acusación de un delito de odio por el que el fiscal pedía una pena de un año y 10 meses de prisión y una multa de 3.000 euros.
Suárez publicó el 18 de abril de 2019 un tuit con el contenido siguiente: "El otro día me hicieron la mejor mamada de mi vida. El secreto fue que la chica uso muchas babas. Alguna ventaja tenía que tener el síndrome de Down".
El tuit tuvo 10.000 comentarios, 4.778 retuits y 13.793 'me gusta'. La cuenta de Suárez en Twitter tenía en aquel momento cerca de 78.000 seguidores y el perfil es público.
Además de la Fiscalía, en el procedimiento ejerció la acusación la Organización de Entidades en favor de Personas con Discapacidad Intelectual de Madrid Plena Inclusión Madrid. Argumentó que las personas con síndrome de Down son seres vulnerables que no pueden defenderse por sí mismos y sostuvo que el tuit de Suárez era discriminatorio para cualquier mujer y más para aquellas con ese padecimiento, además de suponer un paso atrás en la lucha por la integración de estas personas.
Suárez defendió que ejerce un tipo de humor con el que no quiere mofarse, sino poner sobre la mesa temas polémicos. "Creo un personaje de ficción, que es la versión malvada de mí mismo", dijo.
El acusado sostuvo que no tiene ninguna animadversión hacia las personas con síndrome Down ni utiliza sus chistes para expresar desprecio hacia ellas, ya que tiene familiares con dicha enfermedad.
También recordó que, tras publicar el tuit -que aún está accesible en su cuenta-, difundió un comunicado para pedir disculpas, porque no era su intención hacer daño.
El tribunal, integrado por las magistradas Pilar Rasillo, Lourdes Casado y Begoña Cuadrado, descarta que el tuit de Suárez pueda considerarse un delito de odio.
Qué es un delito de odio
"Hay que aceptar que la simple intolerancia, el sentimiento sin acto o tendencia manifiesta a la acción deberían estar protegidos por la libertad de expresión", explica tras referirse a la doctrina del Tribunal Constitucional y del Tribunal Europeo de Derechos Humanos, que exige que, para que sea legítima una injerencia penal en la libertad de expresión, "debemos encontrarnos ante una conducta que incite a la comisión de delitos de manera tal que incremente realmente el riesgo de su comisión".
En este caso, además, el tuit "puede ser calificado como obra de ficción" y las creaciones artísticas "no pretenden reproducir ni reflejar la realidad, de ahí que no pueda ser juzgada con los mismos cánones que los textos y discursos de intervención en el debate público".
"Compartimos plenamente que el tuit en cuestión es dañino para personas especialmente vulnerables y que causa disgusto y ofende a las mismas. Se puede calificar con cualquier término que implique un rechazo evidente, pero el delito por el que se formula acusación requiere algo más que un sentimiento de rechazo", explica.
La Sala no aprecia incitación al odio o a la violencia. "Por muy desagradables, detestables, molestos, de mal gusto, incorrectos que nos parezcan los términos utilizados en el tuit que nos generan rechazo y entendemos que a las personas aludidas las ofenden y duelen, ello no implica que nos encontremos ante una infracción penal, que requiera una sanción del Derecho penal", señala.
"Hay que saber distinguir lo que es mal gusto de lo que es delito", añade el tribunal, que también considera que "no parece que el tuit fuera dirigido a producir un efecto dañino en un colectivo concreto porque no va dirigido a ningún grupo determinado, sus destinatarios serían todas aquellas personas con acceso al Twitter del humorista, por lo que pese a su gran difusión no parece que podamos establecer a un concreto colectivo como destinatario del tuit".
"Ha causado dolor, ha generado un daño gratuito" y Suárez "no se ha disculpado, pues no podemos considerar como tal el comunicado publicado en sus redes para justificar lo que denomina chiste 'de humor negro' ante los rechazos y opiniones negativas en su contra, que es más bien una explicación de su punto de vista tras los ataques recibidos", afirma la Audiencia, pero ello no convierte el tuit en delictivo.