El aristócrata Luis Medina, investigado en el caso Mascarillas, ofrece al Juzgado su parte de la herencia de su abuela para completar la fianza que le reclama el juez y niega que sea insolvente.
Así consta en un escrito, al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, con el que la defensa de Medina recurre el auto con el que el magistrado Adolfo Carretero le imputó el delito de alzamiento de bienes.
El juez tomó esta decisión el pasado 20 de abril tras haber comprobado el vaciado de las cuentas bancarias del aristócrata. Sólo tenía en ellas un total de 247,26 euros. No había rastro de los dos bonos bancarios que habría adquirido tras cobrar más de 900.000 euros por intermediar en un contrato de mascarillas con la funeraria municipal de Madrid. Carretero únicamente pudo embargarle el velero de más de 300.000 que compró tras embolsarse su comisión.
"La situación de insolvencia no existe, ya que (...), en el mes de diciembre del año 2021, mi mandante obtuvo sentencia a su favor en el Juzgado de Primera Instancia número 12 de Sevilla como heredero de la fallecida doña María Eugenia Fernández de Córdoba, donde la cantidad a percibir excede con creces el importe embargado, por lo que sus derechos hereditarios cubrirían la meritada fianza", expone el abogado de Luis Medina, antes de ponerlos a disposición del juez Carretero para que pueda retenerlos. Sin embargo, según confirman fuentes jurídicas, la sentencia aún no es firme al haber sido recurrida.
Tal y como informó este diario, el PSOE, personado en el caso Mascarillas como acusación popular, solicitó al Juzgado de Instrucción número 47 de Madrid que embargase al aristócrata "los derechos que puedan corresponderle" de los títulos y propiedades de su abuela, la célebre duquesa de Medinacelli, grande de España y fallecida en 2013.
Además de por alzamiento de bienes, Luis Medina está imputado por estafa agravada, blanqueo de capitales y falsedad documental tras haber intermediado en tres contratos sanitarios firmados en abril de 2020 con la empresa funeraria municipal de Madrid.
El proceso judicial se inició con una querella de la Fiscalía Anticorrupción. El Ministerio Público acusó a Medina y a su socio en esta operación, Alberto Luceño, de "inflar" el precio de tres contratos —para guantes, test contra la Covid y mascarillas— "de común acuerdo y con ánimo de obtener un exagerado e injustificado beneficio económico". Ambos entregaron al consistorio una parte de material defectuoso o que no cumplía lo acordado.
"Falta total de motivación"
En su recurso, la defensa de Luis Medina aduce una "falta total" y "palmaria" de motivación en el auto del juez, de quien dice que no especificó "por qué esos movimientos [bancarios en las cuentas] pueden ser considerados" como alzamiento de bienes. "Imputa a mi representado de esa extraña manera; lo único que consigue es provocar confusión", añade su letrado.
"El embargo sobre los bienes [de Medina] ha sido decretado por autos de fecha 8 y 11 de abril de 2022, y es a partir de dichas resoluciones cuando nace la obligación de no disponer de ellos; pero no antes, ya que hasta la fecha no se había procedido al embargo y prohibición de disponer sobre los mismos", resume el escrito.
"La palabra alzar se refiere a la frustración de un pago real (no a una medida cautelar), que se debe cumplir, pero no a supuestas expectativas, por lo que es absolutamente necesario que esa deuda nazca y sea exigible para hablar de un posible alzamiento por hacer ineficaz el embargo", reitera el abogado.
Este tipo penal —culmina la defensa de Luis Medina— "no puede aplicarse a un mero embargo preventivo (...), en un proceso donde no hay una sentencia condenatoria que fije responsabilidad patrimonial alguna achacable a mi mandante". "En este momento procesal, no hay obligación de pago alguna", subraya el letrado, por lo que piden al juez Adolfo Carretero que "deje sin efecto su auto y dicte otro", en el que descarte imputar al aristócrata por alzamiento de bienes.