La Audiencia Nacional ha vuelto a denegar a Vox la prórroga del denominado caso Dina y ha rechazado, otra vez, la pretensión del partido de citar como imputado al exvicepresidente del Gobierno, Pablo Iglesias, tachando tal solicitud de "absolutamente impertinente" en este proceso.
Así consta en un auto, fechado este viernes y al que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. El caso Dina toma el nombre de la exasesora del exlíder de Podemos, Dina Bousselham, ya que en él se indagó en el supuesto robo de su móvil y el acceso a su tarjeta SD. También, acerca de la publicación en prensa de información contenida en el teléfono y de la aparición de una copia de la misma en el domicilio del excomisario José Manuel Villarejo.
En esta resolución, los magistrados de la Sección Tercera de la Sala de lo Penal rechazan el recurso de Vox, a quien condenan, además, al pago de las costas del mismo. El pasado marzo, el juez instructor del caso, Manuel García-Castellón, también denegó las pretensiones de la formación, tildando de "sustentada en meras sospechas" la solicitud del partido, personado como acusación popular, de citar al exlíder de Podemos.
En su auto, los jueces Carlos Fraile, Alfonso Guevara y Carolina Rius recuerdan que un informe científico obrante en la causa constató que la tarjeta SD propiedad de Bousselham está inutilizada y no se puede acceder a su contenido ni conocer quién ni cuándo la dejó inactiva.
Asimismo, reiteran que este análisis pericial no pudo, por tanto, atribuir a Pablo Iglesias "la autoría de los daños" al dispositivo. "Independientemente de insistir —prosigue el escrito— en que el pretendido delito de daños quedaría extramuros del presente procedimiento".
No obstante, la Audiencia Nacional recuerda que Iglesias retuvo varios meses la SD de su exasesora. Sin embargo, los magistrados afirman que "el solo hecho de que Pablo Iglesias tuviera en su posesión una tarjeta, sin ningún otro elemento indiciario y sin poderse determinar la producción de daños, su etiología, tiempo y forma, (...) no sólo hace innecesaria la citación como investigado del señor Iglesias, sino que ello sería absolutamente impertinente en el marco del procedimiento".
Por otro lado, la Sala de lo Penal deniega a Iglesias y Dina la expulsión de Vox de la causa. "En manera alguna, la desestimación de las pretensiones de la acusación popular, aun cuando puedan calificarse como impertinentes, inadecuadas o procesalmente incorrectas, es la expulsión, ni siquiera cuando se hicieran de mala fe", recuerdan los magistrados.
Pieza 'Dina'
El juez abrió la llamada pieza Dina dentro del caso Tándem (o caso Villarejo) el 19 de marzo de 2019 ante los indicios de que la filtración de ciertos mensajes del móvil de Dina a la prensa habría sido hecha por el excomisario José Manuel Villarejo, en cuyo domicilio se encontró en 2017 una copia de los archivos almacenados en el dispositivo de Bousselham.
Había mensajes entre Iglesias y su asesora o con su equipo en los que el líder de Podemos comentaba, entre otros asuntos, que le hubiera gustado "azotar a [la presentadora] Mariló Montero hasta que sangrase".
En el curso de las investigaciones, se descubrió que Iglesias tuvo en su poder una copia de la tarjeta del teléfono de su asesora. La recibió en enero de 2016 del presidente del Grupo Zeta, Antonio Asensio.
Según indicó el juez durante la instrucción, Pablo Iglesias "comprobó que en el dispositivo se almacenaban archivos personales y de carácter muy íntimo de Bousselham" y, "pese a ello, se guardó la tarjeta en su poder" sin comunicárselo a su antigua asesora. Una vez Iglesias devolvió a Dina la tarjeta de memoria, ya no funcionaba ni se podía acceder a su contenido.
Dina, no obstante, cambió de versión a lo largo del proceso. En un primer momento, declaró que nunca fue capaz de acceder a la SD una vez el entonces líder de Podemos se la devuelve. Posteriormente, se desdice: sí pudo mirar los archivos una única ocasión y, luego, el aparato deja de funcionar. De esta forma, alejó a Iglesias del delito de daños informáticos. Tampoco le acusó nunca por revelación de secretos, que precisa de la denuncia del agraviado para ser perseguido.
E, incluso, en su última declaración ante el juez, Bousselham refirió a la "confianza" mutua que ambos se tenían para justificar que el expolítico accediese a la tarjeta.
Finalizada la instrucción, en su auto de pase a procedimiento abreviado, el juez García-Castellón decidió que el proceso continuase tan sólo contra Villarejo y contra dos periodistas de la extinta revista Interviú, perteneciente al Grupo Zeta, que tuvieron acceso a la tarjeta y cedieron una copia al excomisario. Ambos manifestaron que éste se la pidió y ellos creyeron que lo hacía en el marco de una operación policial.
El pasado 8 de marzo, García-Castellón también rechazó un recurso de Pablo Iglesias, quien pedía reabrir la investigación e indagar en la trama policial del caso, aludiendo a una supuesta operación, en la que habría participado Villarejo, ideada para boicotear a Podemos. Sin embargo, —repuso el juez— la solicitud de Iglesias se apoyaba en "hipótesis".