Delgado reivindica sus facultades frente al TS y nombra a Esteban otra vez con 22 folios de motivos
"Las sentencias del Tribunal Supremo deben ser aplicadas e interpretadas para no alcanzar resultados no deseados para la institución", afirma.
1 junio, 2022 13:53Noticias relacionadas
La fiscal general, Dolores Delgado, ha vuelto nombrar fiscal de Sala coordinador de menores a Eduardo Esteban, cuya designación para el cargo -que además conllevaba su ascenso a la primera categoría de la carrera- fue anulado el pasado 19 de abril por el Tribunal Supremo.
La reiteración del nombramiento ha sido motivada por Delgado en un acuerdo de 22 folios conocido por EL ESPAÑOL.
El documento, de una extensión inusitada en comparación con cualquiera de las anteriores propuestas de nombramiento, incluye una comparación entre los méritos de Esteban y los del fiscal de Sala Juan José de la Rosa. Éste y la Asociación de Fiscales interpusieron los recursos que tumbaron el nombramiento del fiscal ahora reelegido.
El Tribunal Supremo anuló el nombramiento de Eduardo Esteban argumentando que no vale basar la designación en méritos que, por su generalidad, valdrían para cualquier cargo discrecional de la carrera fiscal, sino que la superioridad de méritos debe ir referida, de manera específica, a la plaza en juego cuando su desempeño exija conocimientos especializados.
Para el alto tribunal fue determinante constatar que la primera propuesta de Dolores Delgado a favor de Eduardo Esteban no contenía ni un solo mérito específico de éste en materia de menores. No ya en comparación con los méritos alegados por José Miguel de la Rosa sino tampoco en el propio currículo del elegido.
La Sala llegó, así, a la conclusión de que el nombramiento promovido por Delgado no satisfacía los requerimientos mínimos de motivación: no identificaba ningún mérito de Esteban ajustado a los fines asignados al puesto de coordinador de menores.
"Amplia discrecionalidad"
La nueva propuesta comienza reivindicando las potestades de la fiscal general para decidir, con "libertad" y "un amplio margen de discrecionalidad", los nombramientos de los altos cargos en función del modelo de Fiscalía que quiere implementar.
Tras subrayar que el Estatuto Organico del Ministerio Púiblico "no contiene precepto alguno que imponga que la elección de los fiscales de Sala coordinadores deba realizarse en atención a su especialización", Delgado indica que a ellos les corresponde "principalmente" desempeñar tareas de supervisión, coordinación y dirección.
"Resulta revelador del amplio margen discrecional que debe ofrecerse a la fiscal general que incluso puede asignar a ese fiscal de Sala coordinador nuevas y más amplias competencias que las que estatutariamente le reconoce el Estatuto".
Considera, por ello, que el juicio de idoneidad "no puede limitarse en exclusiva a tomar en consideración el caudal de conocimiento jurídico adquirido y/o alegado por los candidatos sobre una determinada especialidad", criterio en el que hacía hincapié el Tribunal Supremo.
"Para estos cargos de libre designación, los criterios de elección deben ser mixtos, pues debe valorarse la idoneidad de los candidatos para desarrollar todas y cada una de las funciones inherentes al cargo", sostiene la responsable del Ministerio Público.
En caso de menores, Delgado considera que el desempeño de las funciones asignadas al fiscal de Sala coordinador "no solo exige que el candidato posea conocimientos en la especialidad de menores, sino también en materia de investigación penal, gestión, coordinación, supervisión, estadística, representación institucional, dirección, etc.".
Por ello, estima que el perfil de Esteban "se acomoda en mayor medida" a ese conjunto de funciones, "cuando menos con arreglo al diseño de Ministerio Fiscal que esta fiscal general del Estado pretende implementar".
Méritos
Dolores Delgado argumenta que Esteban "acredita mayor experiencia en la gestión, coordinación y supervisión de plantillas, entre ellas la sección de menores cuantitativamente más importante de todo el territorio nacional, como consecuencia de haber desempeñado durante cinco años el cargo de fiscal jefe de la Fiscalía Provincial de Madrid", con una plantilla de 550 personas.
Resalta, además, que Esteban "acredita mayor conocimiento en Derecho constitucional, aspecto que considero sencillamente fundamental".
"Uno de los elementos —si no el principal— que singulariza la especialidad de menores radica en la especificidad en materia de tutela de los derechos fundamentales de los menores de edad", indica.
"La dilatada trayectoria de Eduardo Esteban como fiscal de la Fiscalía ante el Tribunal Constitucional permite que este candidato cuente con una visión privilegiada de esta materia. De ahí que se encuentre en disposición de aportar nuevos criterios inspirados en el paradigma constitucional al delimitar el concepto de superior interés del menor".
También acredita "mayor capacidad para el desarrollo de una actuación coordinada con las autoridades y órganos competentes de las distintas Administraciones" al haber sido fiscal jefe de Madrid.
En cuanto a De la Rosa, afirma que "no asume funciones investigadoras desde marzo de 2012 en que cesó como fiscal adscrito a la Unidad de Menores de la Fiscalía General del Estado —plaza a la que había accedido por designación directa de la entonces fiscal de Sala coordinadora de Menores, Consuelo Madrigal—, ocupando a partir de entonces diversas plazas en unidades o secciones huérfanas de competencia investigadora alguna".
También señala que "hace más de diez años que De la Rosa no desarrolla tarea alguna como fiscal de menores" y "más de veinte años que se encuentra integrado, de una u otra forma, en la Fiscalía General del Estado, sin desarrollar en consecuencia actividad jurisdiccional propiamente dicha".
Delgado añade que no puedo valorar "por no resultar acreditados por ningún medio" méritos destacados en la sentencia del Tribunal Supremo, como la redacción de las consultas, instrucciones o circulares de la Fiscalía General en materia de menores.
A este respecto, afirma que "no se aportan elementos que permitan, siquiera indiciariamente, atribuir al candidato su autoría o su intervención en su redacción, pues únicamente constituye un hecho notorio que los citados instrumentos que forman parte de la doctrina del Ministerio Fiscal son aprobados por el/la fiscal general del Estado tras audiencia, en su caso, de la Junta de Fiscales de Sala y/o del Consejo Fiscal".
Tampoco valora las publicaciones científicas referidas por De la Rosa ya que "la autoría de varias de las publicaciones no ha podido ser contrastada".
"Elijo también un modelo"
Además, sostiene que "algunos de los borradores de circulares, consultas o instrucciones en materia de menores que alega haber escrito" apuntalan que no sea elegido para el cargo, "pues no comparto su concepción del Derecho aplicable a los menores. No da, a mi juicio, una respuesta social, no avanza hacia un modelo social de responsabilidad en línea con las propuestas internacionales de justicia discriminalizadora".
"En la comparativa entre aspirantes no solo elijo a uno de los candidatos, también elijo un modelo", subraya.
Otro aspecto que la motivación menciona es el examen de los planes de actuación presentados por los candidatos, que "reflejan a la perfección su distinta concepción del Ministerio Fiscal".
El programa presentado por José Miguel de la Rosa "evidencian un modelo distinto y que no presta tanta atención, o no al menos de un modo tan protagonista, a la tutela de los derechos fundamentales", que es "el paradigma que se pretende impulsar en el ámbito de los y las menores de edad".
La fiscal general enfatiza que Eduardo Esteban tiene "una riqueza que va más allá del bagaje formativo" y afirma que , en lo que se refiere a "la motivación, la dirección de equipos, la organización, la puesta en marcha de proyectos, la asunción de responsabilidades directas, la capacidad de liderazgo, el compromiso no me cabe duda de que en esa comparativa la elección de Esteban no admite discusión alguna para quien suscribe".
Interpretar al TS
El escrito menciona, finalmente, otro factor: De la Rosa es fiscal de Sala del Tribunal Supremo desde hace más de siete años. En la actualidad es fiscal de Sala adscrito a la Sección Civil de la Fiscalía del Tribunal Supremo y tiene por delante casi quince años de vida profesional.
"No sería deseable, ni para él ni para el resto de la carrera fiscal, limitar en exclusiva los ascensos o los nombramientos al desempeño de una concreta especialidad, pues ello significaría que en los próximos quince años De la Rosa solamente podría desarrollar su carrera como fiscal de Sala en la especialidad de menores".
"Así lo debió entender también el postulante [el propio De la Rosa], puesto que concursó recientemente, sin apenas experiencia ni apoyo curricular, a la plaza de fiscal de Sala coordinador de la Unidad de Extranjería y a la de fiscal de Sala jefe de la Unidad de Apoyo de la Fiscalía General", precisa.
Para Delgado, "las sentencias dictadas por la Sala Tercera del Tribunal Supremo deben ser aplicadas e interpretadas dentro del marco constitucional, legal y estatutario para no alcanzar resultados o llegar a postulados no deseados para el futuro de la institución, sea quien sea la persona que se encuentre al frente de la misma".
"Si tuviéramos en cuenta los conocimientos sobre una materia específica como exclusivo meritoriaje para ocupar una plaza de coordinador de una Unidad especializada de la Fiscalía General del Estado", añade, "estaríamos limitando las facultades y las potestades de los fiscales generales venideros, pues no podrían, en ningún caso, sustituir o remover al fiscal de Sala especialista, ya que este, sin duda, será siempre el más especialista entre los especialistas en los futuros concursos discrecionales, de tal forma que así se estarían cercenando las facultades del fiscal general para definir sus líneas de actuación del Ministerio Fiscal".