Seis años y medio de cárcel por agredir sexualmente a punta de cuchillo a la novia de un amigo
El TSJM confirma una sentencia que considera probado que el acusado violó a la víctima tras engañarla para hacer que subiera a su domicilio.
7 junio, 2022 03:52Noticias relacionadas
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha confirmado la condena de seis años y medio de cárcel para un hombre por agredir sexualmente, a punta de cuchillo, a la novia de un amigo suyo durante la madrugada del 16 de junio de 2018.
Así consta en una sentencia, fechada el pasado 31 de mayo y a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL. En ella, los magistrados del TSJM rechazan el recurso de apelación presentado por el condenado, J. Z., y, en línea con el criterio de la Fiscalía, ratifican el relato de hechos probados dictado por los jueces de la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Madrid.
Según dicha resolución, aquella noche, el acusado, nacido en 1983 y de nacionalidad dominicana, coincidió en un bar de la capital con la víctima, a la que conocía "de vista" por ser la pareja sentimental de uno de sus amigos. Tras ello, la invitó a una fiesta en su domicilio, diciéndole que acudirían otras personas presentes en aquel local.
Sin embargo, al llegar a la vivienda, la mujer descubrió que el piso estaba vacío, se negó a mantener sexo y trató de huir. El condenado trató de impedirlo, llegando incluso a agarrarla fuertemente del brazo para evitar que escapara.
"Ya en el interior, doña [omitido] manifiesta que no quiere mantener relaciones con él (...), momento en que el procesado esgrime un cuchillo que coge de la cocina y se acerca con él hacia ella intentando ponérselo en el cuello, iniciándose un forcejeo durante el cual el procesado llega a cortarle levemente", narra la sentencia, ponencia del magistrado José Manuel Suárez Robledano.
Tras la pelea, la víctima deja de resistirse y el acusado la conduce hacia una de las habitaciones, donde la penetra vaginalmente.
Por todo ello, la Audiencia Provincial de Madrid, en la resolución ahora confirmada, le condenó a seis años y seis meses de cárcel, así como a indemnizar a la víctima con 10.000 euros y le prohibió acercarse a ella a menos de 500 metros. También le impuso el pago de las costas y ocho años de libertad vigilada.
El TSJM también descarta que J. Z. haya sufrido indefensión, tras inadmitirse una de las preguntas formuladas por su defensa hacia la víctima y por los problemas de audio de la grabación en vídeo de la vista oral.
Durante el proceso, la defensa del condenado aseguró que el motivo de la denuncia fue la "infidelidad" de la mujer "con uno de los mejores amigos de su novio". Por contra, la sentencia de la Audiencia Provincial concluyó que "no hay atisbo" de que el testimonio de la víctima, defendida por el despacho Ospina Abogados, se basase en "móviles de resentimiento, venganza o enemistad u otra intención espuria que pueda enturbiar su credibilidad".
"Las manifestaciones de la víctima son enteramente creíbles, persistentes en lo sustancial y no existe atisbo de la existencia de ánimo de perjudicar al procesado", fallaron los jueces en primera instancia.
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid también recuerda que, al ser examinada médicamente tras los hechos, la víctima tenía una marca en su brazo "compatible con presión de dedos y con las maniobras de sujeción por parte del procesado". También sufría una "escoriación lineal" —una irritación de la piel provocada por algún roce— "compatible con haberse producido con el cuchillo".
La sentencia de TSJM aún puede ser recurrida ante la Sala Segunda del Tribunal Supremo.