El Supremo rechaza las medidas cautelares acerca del trasvase del Tajo por caudales ecológicos
El Gobierno murciano y la Diputación de Alicante presentaron un recurso contra el decreto el pasado mes enero.
27 julio, 2023 13:45La sala tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha rechazado la medida cautelar planteada por la comunidad autónoma de Murcia y la Diputación de Alicante el pasado 24 de enero contra el Real Decreto 35/2023. En él, se aprobó la supervisión y examinación de los planes hidrológicos de diferentes demarcaciones hidrográficas.
El Gobierno murciano y la diputación alicantina presentaron un recurso contra el decreto del Consejo de Ministros que reducía las cantidades máximas de agua que se podían trasvasar del río Tajo al Segura. Ambas instituciones solicitaron medidas cautelares para suspender su aplicación hasta deliberar sobre su legalidad.
"La no implantación del régimen de caudales o la eventual suspensión de su aplicación hasta determinado momento implicaría evitar el logro de unas condiciones hidromorfológicas adecuadas para las masas de agua superficial presentes en el eje del Tajo y, en consecuencia, poner en riesgo alcanzar el buen estado ecológico en las mismas antes de la finalización de 2027, de acuerdo con los plazos reflejados por la DMA", explica la sentencia.
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Además, se añade que se iría en contra de "la conservación o recuperación del medio natural, manteniendo la vida piscícola que, de manera natural, habita o pudiera habitar en el río, así como la vegetación de ribera".
Para ser más específicos, las dos instituciones, solicitaban la revisión de los caudales mínimos en la infraestructura del trasvase Tajo-Segura. Sin embargo, el Supremo ha rechazado la medida cautelar.
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