Vicente Guilarte, este martes en el primer Pleno del CGPJ que ha dirigido como presidente suplente./

Vicente Guilarte, este martes en el primer Pleno del CGPJ que ha dirigido como presidente suplente./ CGPJ

Tribunales

Cinco vocales del CGPJ creen ilegal el cambio de la Comisión Permanente que presidirá Vicente Guilarte

Creen que la modificación "puede afectar a la validez de todos los acuerdos" de esa comisión y de la Disciplinaria.

27 julio, 2023 21:35

Cinco de los seis vocales del Consejo General del Poder Judicial que el pasado miércoles votaron en contra de modificar la composición de la Comisión Permanente afirman, en un voto discrepante, que el cambio acordado "es manifiestamente contrario a Derecho, lo que puede afectar a la validez de todos los acuerdos que en el futuro adopten tanto la Comisión Permanente como la Comisión Disciplinaria".

El escrito discrepante está suscrito por Álvaro Cuesta, Juan Manuel Fernández, Juan Martínez Moya, Nuria Díaz Abad y Clara Martínez de Careaga. Los cuatro primeros han formado parte hasta ahora de la Comisión Permanente (el único órgano del CGPJ cuyos miembros tienen dedicación exclusiva), mientras que la última se postuló, sin éxito, para entrar en ella.

No ha firmado el escrito la vocal Pilar Sepúlveda, que votó en contra del cambio de la Comisión Permanente pero aceptó seguir integrada en ella.

"Lejos de cuestionar la necesidad de la rotación de la Comisión Permanente que establece la Ley Orgánica del Poder Judicial", aclaran al inicio de su voto, los vocales consideran que el cambio acordado es contrario al Reglamento de funcionamiento del CGPJ porque ese asunto no figuraba "expresamente" en el orden del día del Pleno.

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La modificación de la composición de la Comisión Permanente, propuesta por el nuevo presidente en funciones del CGPJ, Vicente Guilarte, se aprobó dentro de un punto del orden del día sobre el "examen de la situación del Consejo General del Poder Judicial tras la jubilación del vocal que venía desempeñando la suplencia de su presidente y adopción de los acuerdos precisos para garantizar su correcto funcionamiento".

"Ni siquiera fuimos consultados previamente sobre nuestro parecer o preferencias, como se hizo en ocasiones anteriores", se quejan los consejeros discrepantes. "Es más, en el transcurso del Pleno hubo vocales que, no teniendo limitación legal para participar en otras comisiones, expresaron su deseo de que se les adscribiera a otra de las comisiones distinta de aquélla a la que habían sido asignados, sin que esta cuestión se sometiera a debate alguno, omitiendo todo diálogo e imponiendo la propuesta".

El voto discrepante también cuestiona la incorporación de vocales de la Comisión Disciplinaria a la Comisión Permanente y la considera "contraria a la ley".

El cambio de la Comisión Disciplinaria era obligado porque de ella formaba parte el nuevo presidente en funciones del Consejo, que a partir de ahora debe presidir la Comisión Permanente.

Además de Guilarte, han dejado de formar parte de la Disciplinaria y se han integrado en la Permanente las consejeras Roser Bach, Carmen Llombart y Ángeles Carmona, que llevan en el órgano disciplinario más de nueve años, desde la constitución del actual CGPJ.

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El escrito discrepante señala que, de acuerdo con la Ley Orgánica del Poder Judicial, "el Pleno elegirá a los vocales integrantes de la Comisión Disciplinaria, cuyo mandato, salvo las sustituciones que procedan, será de cinco años".

Los vocales discrepantes se fijan en la exposición de motivos de la reforma de la LOPJ que introdujo ese precepto y que "describe a la Comisión Disciplinaria como un 'tribunal' y por ello señala que la composición dicha Comisión 'debería estar servida por las mismas personas a lo largo de los cinco años de cada Consejo para profesionalizar el órgano'".

La misma exposición de motivos añade que "para permitir una mayor pluralidad en la composición de la Comisión Permanente se prevé su renovación anual, estableciendo de este modo la posibilidad de que todos los vocales, a excepción de los que integren
la Comisión Disciplinaria, puedan llegar a formar parte de la misma".

"Con la aprobación del acuerdo [del pasado martes] no sólo pasan a formar parte de la Comisión Permanente miembros de la Comisión Disciplinaria, sino que de los siete miembros de la Comisión Disciplinaria cambian cuatro", señala el voto particular, que advierte de que el Tribunal Europeo de Derechos Humanos "ha examinado las decisiones de las comisiones disciplinarias establecidas en los distintos países del Consejo de Europa desde la óptica del artículo 6.1 de la Convención Europea de Derechos Humanos, configurándolas como 'tribunales establecidos por la ley'".

"Así", añaden "en la sentencia de 22 de julio de 2012, Reczkowicz c. Polonia, el TEDH constató una irregularidad en el nombramiento de los miembros judiciales de dicha Comisión Disciplinaria que afectó a todo el procedimiento disciplinario y comprometió la legitimidad de dicha Comisión, lo que llevó al TEDH a declarar la violación del artículo 6.1 del Convenio".