Excarcelación de los condenados por el proceso independentista unilateral en Cataluña.

Excarcelación de los condenados por el proceso independentista unilateral en Cataluña. Efe

Tribunales PROCÉS

El TS rechaza los recursos contra los indultos del 'procés' al no aceptarse la impugnación por partidos

La Sala, que ha resuelto por mayoría, se basa en una consolidada doctrina que niega a las formaciones políticas capacidad para recurrir.

14 septiembre, 2023 12:11

El Tribunal Supremo ha rechazado este jueves los recursos de Vox y de varios diputados de Ciudadanos contra los indultos concedidos a los líderes sociales del procés Jordi Sànchez y Jordi Cuixart.

La decisión, que permite adelantar el rechazo del resto de los recursos interpuestos contra los indultos concedidos a otros siete condenados, ha sido adoptada por tres votos frente a dos en una rápida deliberación celebrada esta mañana.

La Sección Quinta de la Sala de lo Contencioso-Administrativo, presidida por Pablo Lucas, presidente en funciones de la Sala, e integrada por Wenceslao Olea, Fernando Román, Ángeles Huet y Ángel Arozamena, había seleccionado inicialmente los recursos de Vox y de los antiguos catalanes de Ciudadanos Inés Arrimadas, Carlos Carrizosa y José María Espejo por ser los que incluían todas las cuestiones jurídicas a abordar.

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Pero el resto de los recursos, entre ellos el interpuesto por el PP, serán resueltos en fechas próximas en igual sentido desestimatorio.

Sin entrar en el fondo

El alto tribunal ha basado su decisión en la falta de legitimación de los partidos políticos que alegó la Abogacía del Estado, al estimar que solo pueden serlo quienes acrediten ser perjudicados directos por la puesta en libertad de los presos.

La Sala no ha entrado, pues, en el fondo del asunto, es decir, en la adecuación al ordenamiento jurídico de unos indultos que el Gobierno de Pedro Sánchez justificó por razones de "utilidad pública". 

En los decretos de indulto redactados por el entonces ministro de Justicia, Juan Carlos Campo (hoy magistrado del Tribunal Constitucional), el Ejecutivo reconoció que, respecto a cinco de los nueve beneficiados (los exconsejeros Joaquim Forn, Jordi Turull y Josep Rull; el expresidente de Asamblea Nacional Catalana Jordi Sànchez y el presidente de Òmnium Cultural, Jordi Cuixart) "se echan en falta gestos o declaraciones" que "hagan evidente la voluntad de conducir sus reivindicaciones políticas por las vías legalmente establecidas".

Fachada del Tribunal Supremo

Fachada del Tribunal Supremo Europa Press Europa Press

Pese a no tener evidencia de que van a actuar acatando la Constitución y las leyes, el Gobierno les indultó al valorar que existen "ineludibles y prioritarias razones de utilidad pública" que están por encima de la actitud de los propios condenados.

Respecto a los dos recursos presentados por Vox que hoy examinaba, la Sala los ha inadmitido por unanimidad. En el caso de la legitimación de la formación ultraconservadora existían dudas porque Vox actuó como acusación popular en el juicio del procés.

Todos los magistrados han concluido, sin embargo, que esa singularidad no confiere a Vox un interés legítimo para impugnar los indultos. Para llegar a esta conclusión ha sido determinante la actuación de la propia Sala Penal del Tribunal Supremo, que juzgó el procés y no incluyó a Vox como parte en el procedimiento de ejecución ni tampoco en el trámite de informe sobre las medidas de gracia.

En el caso del recurso presentado por los exparlamentarios catalanes de Ciudadanos, la Sala ha adoptado la decisión por mayoría. Aquí ha inclinado la balanza Pablo Lucas, que ha votado junto a Huet y Arozamena por mantener en sus estrictos términos la consolidada doctrina de la Sala según la cual no concurre la legitimación activa de los partidos políticos para impugnar cualquier actuación del Gobierno que consideren disconforme con el ordenamiento jurídico, salvo que afecte a la esfera de sus derechos e intereses legítimos.

Igual que al principio

La solución final del proceso ha sido, así, la misma que se tomó al principio, hace un año y medio.

El 20 enero 2022, la Sección Quinta decidió inadmitir los recursos por una ajustada mayoría de tres votos frente a dos. La ponente de la inadmisión fue la magistrada Ángeles Huet, cuyo criterio fue respaldado por Octavio Herrero y Segundo Menéndez.

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Los magistrados Wenceslao Olea y Fernando Román, que quedaron en minoría, advirtieron en un voto discrepante del "peligro" de que se creasen "parcelas de inmunidad" del poder político por la vía de negar anticipadamente la legitimación de los parlamentarios y de los partidos para recurrir los indultos del procés.

Olea y Román aludieron a las "especialísimas circunstancias" de esos indultos: desde la "gravedad verdaderamente excepcional de los delitos" cometidos ("no comparable con la que pudieran haber tenido los miles de delitos que han sido objeto de indulto en España") hasta su repercusión nacional e internacional, el hecho de que fueron cometidos por personas con responsabilidades institucionales y "no afectaron solo a una persona o a un grupo reducido de personas en el ámbito de Cataluña. Tuvieron como sujetos pasivos a todos y cada uno de los ciudadanos españoles".

Los recursos contra la inadmisión fueron decididos por la misma Sección Quinta pero con otra composición, ya que Segundo Menéndez se jubiló y Huet tuvo que cambiar de Sección. En su lugar se incorporó Inés Huerta, que compartió el criterio de Román y Olea.

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Los recursos de reposición fueron estimados y las impugnaciones de los indultos admitidas a trámite también por tres votos frente a dos, acordándose que la cuestión de la legitimación se resolvería en el momento de dictar sentencia.

A la postre, ha vuelto a ser la falta de legitimación de los recurrentes lo que ha impedido examinar la legalidad de una de las decisiones más polémicas del Gobierno de Sánchez.