El 'sí es sí' baja un año la pena a un pederasta que hizo fotos y tocamientos a un niño en su caravana
El acusado también fue condenado por tomar imágenes de un segundo menor, del que se aprovechó cuando dormía en su domicilio.
27 octubre, 2023 14:15El Tribunal Superior de Justicia (TSJ) de Las Palmas de Gran Canaria ha rebajado un año la pena de prisión impuesta a un pederasta que hizo fotografías a dos niños desnudos y les practicó tocamientos en las zonas íntimas.
Así consta en un reciente auto del TSJ grancanario, que, gracias a la Ley del sólo sí es sí, reduce, de diez a nueve años, la condena a Antonio Manuel M. A., sentenciado en 2018 por dos delitos de abuso sexual. Por el primero de ellos, la Audiencia Provincial de Las Palmas le impuso tres años de cárcel. Por el segundo, una década. Ahora, estos diez años quedan en nueve.
Según el relato de hechos probados de aquella sentencia, el acusado, "guiado del ánimo de obtener una satisfacción sexual", efectuó tocamientos sobre un menor que tenía entonces entre siete y ocho años, aprovechando que éste se quedaba a dormir con él casi todos los fines de semana en su domicilio de Las Palmas de Gran Canaria o en su caravana, estacionada en un cámping en el sur de la isla. En ocasiones, realizaba excursiones a Lanzarote o Fuerteventura.
"Le tocó el pene y la zona genital, poniéndole la mano al menor en su propia zona genital para que se le acariciara. Además, le enseñaba películas pornográficas y se masturbaba delante de él", señala la resolución, que detalla que Antonio Manuel M. A. "sacaba fotos al menor cuando este estaba desnudo".
"Estos hechos ocurrían cada vez que el menor se quedaba a pernoctar con el procesado y hasta al menos el año 2005, año en que el menor cumplió los 11 años", señala.
La sentencia también recoge que el condenado, "guiado por el mismo ánimo", aprovechó que otro menor se quedó a dormir en su domicilio y "en numerosas ocasiones le ha tocado y chupado el pene, haciendo que el menor hiciera lo propio, haciendo también fotos cuando estaba desnudo".
Sin embargo, el condenado recurrió su condena ante la Audiencia Provincial, una vez entró en vigor la conocida como Ley del sólo sí es sí, que rebaja las penas a algunos delitos sexuales y funde el abuso y la agresión sexual en un único tipo penal.
Este tribunal, en sintonía con la Fiscalía, denegó una rebaja de la pena de diez años, por lo que el condenado recurrió esta decisión ante la instancia superior, el TSJ grancanario.
Ahora, este organismo indica que "habiéndose impuesto en su día la pena mínima con arreglo a la normativa anterior, umbral mínimo que en la actualidad, atendidas las características del hecho y la continuidad delictiva, está en los nueve años, procede estimar el recurso y rebajar la pena de prisión de diez a nueve años".
En su auto, los magistrados Juan Luis Lorenzo Bragado, Antonio Doreste Armas y Carla Bellini señalan que la Ley del sólo sí es sí —impulsada por la ministra de Igualdad, Irene Montero— no cuenta con disposiciones que eviten su aplicación retroactiva o veten sus efectos en ciertos casos.
Por ello, la Justicia debe aplicar el artículo 2.2 del Código Penal, que contempla el "efecto retroactivo" de "aquellas leyes penales que favorezcan al reo", aunque hayan sido condenados —como sucede en este caso— por sentencia firme.
Según el recuento que elabora el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), desde la entrada en vigor de la Ley 10/2022 —su nombre oficial—, ya se han beneficiado de ella más de 1.200 delincuentes sexuales, a quienes la norma ha rebajado sus penas. Al menos 121 de ellos han sido excarcelados de forma temprana.