Vista de hoy en el proceso que sigue el Tribunal de Cuentas por el desvío de fondos públicos al 'procés'./

Vista de hoy en el proceso que sigue el Tribunal de Cuentas por el desvío de fondos públicos al 'procés'./ Efe

Tribunales

El Tribunal de Cuentas cuestiona la amnistía del 'procés' ante Europa y paraliza su aplicación

La consejera Elena Hernáez presenta la primera cuestión prejudicial ante el Tribunal de la UE por la amnistía de la responsabilidad contable de, al menos, 3,4 millones destinados ilegalmente al 1-O y la propaganda del 'procés' en el extranjero.

29 julio, 2024 12:02

La consejera del Tribunal de Cuentas Elena Hernáez ha presentado este lunes la primera cuestión prejudicial dirigida a cuestionar la ley de amnistía ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).

En una extensa resolución conocida por EL ESPAÑOL, Hernáez formula al TJUE ocho preguntas para dilucidar si la amnistía del 'procés' -que incluye la responsabilidad contable sobre la que ella debe sentenciar- se opone a las normas comunitarias que obliga a los Estados miembros de una "lucha eficaz y disuasoria contra el fraude" y contra "toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión Europea”.

En la misma resolución, la consejera determina que, mientras el tribunal europeo no se pronuncie, no procede resolver las peticiones de los 35 afectados por el procedimiento -entre ellos los expresidentes catalanes Carles Puigdemont y Artur Mas y el exvicepresidente Oriol Junqueras- para que se les aplique la ley de amnistía.

Hernáez ha suspendido el procedimiento de responsabilidad contable hasta la decisión del TJUE y mantiene mientras tanto las medidas cautelares que se impusieron para afianzar las cantidades millonarias cuya devolución al erario público reclaman la Fiscalía y Sociedad Civil Catalana.

Esta última entidad reclama se declare un daño en el patrimonio público de la Generalitat de Cataluña por un importe total de 5.309.807,02 euros, mientras que el fiscal rebaja esa cifra a 3.429.342,43 euros.

De estos, 1.219.838,63 euros fueron gastos para la realización del referéndum ilegal sobre la independencia de Cataluña del 1 de octubre de 2017, mientas que 2.209.503,80 euros se destinaron a actos de propaganda del 'procés' en países extranjeros.

Intereses financieros de la UE

La cuestión prejudicial se refiere a la interpretación reiterada del TJUE el “principio de la lucha eficaz y disuasoria contra el fraude y toda actividad ilegal que afecte a los intereses financieros de la Unión Europea” establecidos en el Tratado Fundacional de la UE y en el Reglamento 2988/95, de 18 de diciembre, relativo a la protección de los intereses financieros de las Comunidades Europeas, así como al principio de "cooperación leal".

Explica que la ley de amnistía excluye de su ámbito de aplicación “los actos tipificados
como delitos que afectaran a los intereses financieros de la Unión Europea”, por lo que parece que la norma considera amnistiables actos que también afectarían a los intereses financieros de la Unión Europea, como son los que generan responsabilidad contable.

"La regulación contenida en la ley de amnistía podría ser incompatible con la jurisprudencia del TJUE, que de manera reiterada ha venido realizando una 'interpretación amplia' del concepto de 'protección de los intereses financieros de la Unión Europea'", señala la consejera.

Indica, a este respecto, que el Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha desarrollado la idea de que “el concepto de 'actividad ilegal' no puede interpretarse de manera restrictiva”, de tal manera que abarcaría, en sentido amplio, la lucha contra el
fraude y el combate de la corrupción.

"Esto es", interpreta, "debería entenderse incluida cualquier tipo de actuación ilegal que causara daño al patrimonio público (como sería tanto la responsabilidad contable como el delito de malversación de caudales públicos) y con independencia de cuál fuera el origen o destino de los fondos defraudados".

"Actuaciones de corrupción"

A su juicio, las posibles responsabilidades contables del 'procés' deberían incardinarse dentro de esa “interpretación amplia” de la protección de los intereses financieros de la UE, dado que "la declaración de dichas responsabilidades contables supondría que, durante los años 2011 a 2017 se habrían estado realizando actuaciones de corrupción (ilegales) con daño para el patrimonio público de la Generalitat de Cataluña" y "no podría excluirse que dichas actuaciones de corrupción hubieran generado un riesgo o perjuicio potencial en los intereses financieros de la UE".

"Se habrían desarrollado unas actuaciones de corrupción destinadas a procurar la
celebración de las consultas ilegales en Cataluña de los días 9 de noviembre de 2014 y 1 de octubre de 2017 y, en general, a promover la independencia de Cataluña -esto
es, la independencia de una parte de un Estado miembro de la UE, actuaciones que,
finalmente, culminaron con (...) la posterior declaración de independencia de Cataluña", recuerda.

Esas "actuaciones de corrupción" en el manejo del patrimonio público "habrían generado un riesgo o perjuicio potencial en el presupuesto de la UE por cuanto podrían haber afectado a la partida de los ingresos de dicho presupuesto, que se integra
parcialmente por las aportaciones de los Estados miembros", sostiene.