Carles Puigdemont, junto a su abogado, Gonzalo Boye, durante un acto celebrado el pasado mes de febrero en el Parlamento europeo.

Carles Puigdemont, junto a su abogado, Gonzalo Boye, durante un acto celebrado el pasado mes de febrero en el Parlamento europeo. Europa Press

Tribunales

Puigdemont pide al CGPJ que sancione a Llarena por "entorpecer" la aplicación de la Ley de Amnistía

En una denuncia dirigida al Consejo General del Poder Judicial, asegura que el instructor "retrasa" su respuesta a dos recursos para "dilatar" la causa.

19 agosto, 2024 12:15

Carles Puigdemont ha reclamado al Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que sancione al magistrado del Tribunal Supremo Pablo Llarena por "entorpecer" de forma "intencional" la aplicación de la Ley de Amnistía en su favor.

En una denuncia dirigida al órgano de gobierno de los jueces, la defensa del expresident se queja de que Llarena estaría "retrasando" la resolución de los recursos con los que el político solicitaba beneficiarse de la amnistía.

Gonzalo Boye, abogado de Puigdemont, firma dicho escrito, presentado también en nombre del dirigente catalán Toni Comín. Y reprocha que el magistrado, instructor de la causa sobre el procés catalán, habría incumplido los plazos estipulados para responder a los recursos, "sin que parezca existir razón alguna que lo justifique".

La denuncia, a la que ha tenido acceso EL ESPAÑOL, critica también que Llarena interrumpiese sus vacaciones de verano debido a la visita de Puigdemont —prófugo de la Justicia— a Barcelona el pasado 8 de agosto mientras que las dos impugnaciones presentadas por la defensa de ambos políticos estén aún sin resolver por parte del instructor.

Se trata de los recursos con los que Boye se opuso a la decisión del juez de no aplicar la Ley de Amnistía sobre el delito de malversación agravada por el que fue procesado Puigdemont. Además, Llarena mantuvo vigente la orden de detención contra el expresident. Pese a ello, este último viajó a Barcelona y dio un discurso en un acto público frente al Arco del Triunfo de la Ciudad Condal el pasado 8 de agosto. Los Mossos, el Cuerpo policial encargado de practicar su detención, no logró arrestarle.

En su denuncia dirigida al CGPJ, Gonzalo Boye sostiene que Llarena "ha incumplido reiteradamente" el plazo que establece la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LECrim) para la resolución de los recursos de reforma, que son los que se presentan ante el propio juez que ha dictado la resolución que se impugna.

El letrado cita el artículo 222 de la LECrim, cuyo tercer párrafo establece un plazo concreto para dar respuesta a  los recursos de reforma por parte de un juez instructor. "Teniendo en cuenta las fechas en que se interpusieron y se trasladaron las correspondientes copias, (...) debieron haberse resuelto hace más de un mes, durante la primera mitad del mes de julio de 2024", sostiene el escrito, fechado este mismo lunes.

Por ello, el abogado de Puigdemont considera que "los hechos denunciados son indudablemente constitutivos de infracción disciplinaria", por lo que reclama al Consejo General del Poder Judicial que sancione a Llarena.

Según refiere la denuncia, el instructor tampoco habría resuelto los recursos de reforma interpuestos por otras partes de esta misma causa, como la Fiscalía y la Abogacía del Estado, "lo que (...) confirma la reiteración del proceder del excelentísimo magistrado instructor".

Finalmente, Boye se queja de la "intencionada pasividad" que atribuye al juez y llega, incluso, a deslizar que esta actitud pretende "dilatar el acceso" de Carles Puigdemont y de Comín a la Sala de lo Penal del Supremo y al Tribunal Constitucional, así como, en definitiva, "entorpecer" la aplicación de la Ley de Amnistía a ambos.

"Cabe insistir en que los denunciantes han presentado dos recordatorios de la pendencia de dichos recursos de reforma, (...) de modo que no cabe duda alguna de que el excelentísimo magistrado instructor ha tenido un conocimiento singularizado de las particulares circunstancias del asunto, habiéndosele dado cuenta específica de su retraso hasta dos veces, a pesar de lo cual ha continuado sin despacharlo", finaliza la denuncia.

Tal y como quedó finalmente redactada, la Ley de Amnistía excluye de su ámbito de aplicación las malversaciones en las que se haya tenido la intención de obtener un "beneficio personal de carácter patrimonial".

Ahora bien, a juicio tanto de Llarena como de la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, los implicados en la organización del procés, al disponer de fondos públicos para financiar el proceso soberanista y el referéndum del 1-O, tuvieron un claro propósito de obtener ese beneficio.